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Tópico: REPECOS aviso de suspension de actividades
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 31, 2012 11:59:50 Asunto: Re: REPECOS aviso de suspension de actividades
Buenas al respecto el numeral 26 del citado reglamento establece: IV. Los avisos de suspensión y reanudación de actividades se presentarán en los siguientes supuestos: a) [b]De suspensión[/b], cuando el contribuyente persona física interrumpa todas sus actividades económicas que den lugar a la presentación de declaraciones periódicas, [b]siempre que no deba cumplir con otras obligaciones fiscales periódicas de pago[/b], por sí mismo o por cuenta de terceros....................... La presentación del aviso a que se refiere este inciso libera al contribuyente de la obligación de presentar declaraciones periódicas durante la suspensión de actividades, [b]excepto tratándose de [/b]las del ejercicio en que interrumpa sus actividades y cuando se trate [b]de contribuciones causadas aún no cubiertas o de declaraciones correspondientes a periodos anteriores a la fecha de inicio [/b]de la suspensión de actividades. Por lo que a mi punto de vista, tendrias que pagar el 1er bimestre, o en otro escenario aplicar con fecha retroactiva al 31 de diciembre haber si te lo aceptan. Saludos
Tópico: Como facturar a una empresa en el extranjero.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 31, 2012 11:47:10 Asunto: Re: Como facturar a una empresa en el extranjero.
Si es correcto, el fundamento es el numeral 29 de la LIVA y lo gravarias al 0% Saludos
Tópico: DECLARACION INFORMATIVA DE SUELDOS Y SALARIOS
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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Enero 31, 2012 11:41:41 Asunto: Re: DECLARACION INFORMATIVA DE SUELDOS Y SALARIOS
EN UN PROGRAMA QUE PUBLICA EL SAT EL FAMOSO DIM, VALIDAS LAS OPERACIONES Y GENERAS EL PAQUETE DE ENVIO Y TE METES A TU PORTAL Y LA ENVIAS POR MEDIO DE INTERNET TE DEJO EL SIGUIENTE LINK DONDE PUEDES LEER MAS [url] http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/orientacion_oe/declaracion_informativa/69_21927.html[/url]
Tópico: carta invitacion isr 2009
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 27, 2012 15:19:22 Asunto: Re: carta invitacion isr 2009
Buenas tardes A manera de complemento a la puesto por la companera PATSY, es correcto su procedimiento de aclarar mediante la pagina del SAT, mismo que te dara un acuse, y en caso de que no fuese suficiente con esto, el SAT posteriormente te requerira papeles de trabajo o estados de cuenta, lo que comenta MARILU0086 no procede ( al menos en mi caso acudi en la semana a relizar una aclaracion y me dijeron que no tenian un procedimiento para este tipo de casos, ya que lo maneja la central), por lo que solo queda esperar y en su caso reunir la documentacion para desvirtuar tal invitacion. Saludos y suerte
Tópico: CAMBIO DE REGIMEN (DE INTERMEDIO A ACT. EMPRESARIAL Y PROF.)
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 27, 2012 14:57:06 Asunto: Re: CAMBIO DE REGIMEN (DE INTERMEDIO A ACT. EMPRESARIAL Y PROF.)
JMAU Buenas tardes Cuanto tiempo tienes tributando en regimen intermedio? Lo comento por lo siguiente; Articulo 139 Fraccion II, Parrafo 3.- Cuando los contribuyentes dejen de pagar el impuesto conforme a esta Sección, en ningún caso podrán volver a tributar en los términos de la misma. [b]Tampoco podrán pagar el impuesto conforme a esta Sección, los contribuyentes que hubieran tributado en los términos de las Secciones I o II de este Capítulo[/b], [b]salvo que hubieran tributado en las mencionadas Secciones [u]hasta por los dos ejercicios inmediatos anteriores, siempre que éstos hubieran comprendido el ejercicio de inicio de actividades y el siguiente[/u] y que sus ingresos en cada uno de dichos ejercicios no hubiesen excedido de la cantidad señalada en el primero y segundo párrafos del artículo 137 de esta Ley.[/b] Te lo comento porque tuve un caso similar, donde el contribuyente dio de baja el regimen intermedio, y dio de alta el REPECO, y en la pagina del SAT le aceptaron el cambio, en el Estado no hubo problema, pero al momento de querer actualizar su situacion fiscal, le llega un escrito por parte del SAT diciendo que no procedia su cambio de regimen, por lo que se tuvo que dar de alta nuevamente el regimen intermedio con fecha retroactiva Saludos y espero te ayude mi experiencia
Tópico: duda por multa comprobantes simplificados
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 20, 2012 16:45:27 Asunto: Re: duda por multa comprobantes simplificados
Buenas tardes Una precision en tu comentario, el articulo 29 no establece requisitos, establece obligaciones en materia de comprobantes para el contribuyente que los expide..... El articulo 83 establece en su fraccion VII, que es infraccion no expedir, no entregar o no enviar los comprobantes fiscales de su actividad..... Ahora el 29 V, establece que es una obligacion entregar o enviar a sus clientes el comprobante fiscal digital a mas tardar en los 3 dias siguientes, En tratandose de comprobantes simplificados a que hace referencia el 29-C, cuando realizas la operacion con tu cliente, generalmente, al momento le entregas el comprobante, o me equivoco? Por lo que estarias cumpliendo con la obligacion del 29 V.....
Tópico: Decreto por el que se establece un estimulo fiscal a la importancio o enajenacion de jugos, nectares y otras bebidas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 14, 2012 00:46:05 Asunto: Re: Decreto por el que se establece un estimulo fiscal a la importancio o enajenacion de jugos, nectares y otras bebidas
Buenas noches Respondiendo a tu pregunta, si aun sigue vigente el decreto del 19 de Julio... No hay disposición que señale lo contrario Saludos
Tópico: F3241 Problemas Fecha 2012
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 12, 2012 11:50:41 Asunto: Re: F3241 Problemas Fecha 2012
Buenos dias Y si le cambia la fecha a su equipo?
Tópico: facturas sin el req nuevo 'regimen fiscal'
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 11, 2012 18:55:44 Asunto: Re: facturas sin el req nuevo 'regimen fiscal'
Checa esto tambien I.2.7.1.12.- Para los efectos del artículo 29-A, fracción VII, inciso c) del CFF, [u]cuando no sea posible identificar la forma en que se realizará el pago al momento de la expedición del comprobante[/u] y, en consecuencia, no se tenga el dato de los últimos cuatro dígitos del número de cuenta o tarjeta de crédito, de débito, de servicio o de los llamados monederos electrónicos que autorice el SAT, los contribuyentes podrán cumplir con dicho requisito señalando en los apartados del comprobante fiscal designados para tal efecto, [b]la expresión ''No identificado''.[/b] Saludos
Tópico: ACTIVIDADES EXENTAS Y GRAVADAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 11, 2012 18:35:30 Asunto: Re: ACTIVIDADES EXENTAS Y GRAVADAS
Buenas tardes Asi es el IVA seria 100% acreditable en el mes en que se pague Saludos

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