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Autor | Mensaje |
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Tópico: ¿Coeficiente de utilidad muy Alto? | |
rdelacruz Mensajes: 20 |
Foro: Fiscal Enviado: Julio 09, 2014 11:47:20 Asunto: Re: ¿Coeficiente de utilidad muy Alto? |
Cpallares Para efectos del coeficiente no se considera el inventario acumulable. A la utilidad que te resulte le resta el importe del inventario acumulable y esa sera tu utilidad EXCLUSIVAMENTE para la determinación del C.U., y tus ingresos nominales serán los acumulables menos el inventario acumulable menos el ajuste anual por inflación, probablemente ahí esta el problema de porque te da mayor a 1 el C.U. De acuerdo a los números que puso, su C.U. seria CERO 1. Utilidad Fiscal $ 80,000 (106,000 - 26,000 ) 2. Ingresos Nominales $ 0 ( 116,000 - 90,000 - 26,000 ) 3. C.U. 0% (Utilidad fiscal de 80,000 entre Ingresos nominales de 0) Saludos | |
Tópico: ¿Coeficiente de utilidad muy Alto? | |
rdelacruz Mensajes: 20 |
Foro: Fiscal Enviado: Julio 09, 2014 11:36:56 Asunto: Re: ¿Coeficiente de utilidad muy Alto? |
Buenos días [quote]Solo para comentar dos cosas: 1.- Las deudas si pueden influir en el C.U., ya que las mismas generan un ajuste anual por inflación acumulable, que a su vez aumenta tanto los ingresos como la utilidad fiscal. [/quote] Vag, en donde influye el Ajuste Anual? Ya que el articulo 14, claramente me dice INGRESOS NOMINALES Articulo 14 Fracción I. [b]Se calculará el coeficiente de utilidad[/b] correspondiente al último ejercicio de doce meses por el que se hubiera o debió haberse presentado declaración. Para este efecto, [b]la utilidad fiscal del ejercicio[/b] por el que se calcule el coeficiente, se dividirá entre[color=red] los ingresos nominales[/color] del mismo ejercicio. [b]Los ingresos nominales [/b]a que se refiere este artículo [b]serán los ingresos acumulables[/b], [color=red]excepto el ajuste anual por inflación acumulable.[/color] | |
Tópico: ¿Modificación de salario, duda en Mixta o Variable? | |
rdelacruz Mensajes: 8 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 08, 2014 19:10:54 Asunto: Re: ¿Modificación de salario, duda en Mixta o Variable? |
Buenas tardes El salario fijo, es aquel de cuantía previamente conocida, ejemplo Cuota Fija, Aguinaldo y Prima Vacacional El salario Variable son aquellas cuantías que NO son previamente conocidas, ejemplo comisiones, bonos, El salario Mixto, es aquel que se integra con elementos fijos y variables | |
Tópico: CFDI | |
rdelacruz Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Julio 08, 2014 19:01:36 Asunto: Re: CFDI |
Buenas tardes No, solo la ENTREGA del CDFI la podrás hacer semestral, el timbrado deberá ser cada que pagues la nomina | |
Tópico: ¿Coeficiente de utilidad muy Alto? | |
rdelacruz Mensajes: 20 |
Foro: Fiscal Enviado: Julio 08, 2014 18:53:22 Asunto: Re: ¿Coeficiente de utilidad muy Alto? |
Buenas tardes [quote] y me dicen qué fue porque como esta empresa se puede decir que quebró se lleno de deudas y no se pudo dar de baja y salió ese resultado. [/quote] Yo pregunto, que tiene que ver las deudas con el C.U.? Verifique los datos de su anual, posiblemente hayan determinado mal el C.U. Podría poner números de su utilidad fiscal y de sus ingresos nominales Saludos | |
Tópico: DUDA CON LA REMUNERACION DE HABITACION, PARA LOS TRABAJADORES | |
rdelacruz Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Julio 04, 2014 15:35:37 Asunto: Re: DUDA CON LA REMUNERACION DE HABITACION, PARA LOS TRABAJADORES |
Buenas tardes Les das una ayuda en efectivo dentro de su sueldo? o les proporcionas una casa? a todos los trabajadores o solo a unos? saludos | |
Tópico: DEDUCIBILIDAD DE FACTURAS EXTRANJERAS | |
rdelacruz Mensajes: 2 |
Foro: Fiscal Enviado: Julio 04, 2014 14:48:12 Asunto: Re: DEDUCIBILIDAD DE FACTURAS EXTRANJERAS |
Para los efectos de los artículos 29, antepenúltimo párrafo y 29-A último párrafo del CFF, los contribuyentes que pretendan deducir o acreditar fiscalmente con base en comprobantes emitidos por residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México, podrán utilizar dichos comprobantes siempre que contengan los siguientes requisitos: I. Nombre, denominación o razón social; domicilio y, en su caso, número de identificación fiscal, o su equivalente, de quien lo expide. II. Lugar y fecha de expedición. III. Clave en el RFC de la persona a favor de quien se expida o, en su defecto, nombre, denominación o razón social de dicha persona. IV. Los requisitos establecidos en el artículo 29-A, fracción V, primer párrafo del CFF. V. Valor unitario consignado en número e importe total consignado en número o letra. VI. Tratándose de la enajenación de bienes o del otorgamiento de su uso o goce temporal, el monto de los impuestos retenidos, así como de los impuestos trasladados, desglosando cada una de las tasas del impuesto correspondiente. Lo dispuesto en la presente regla, tratándose de la enajenación de bienes o del otorgamiento de su uso o goce temporal, sólo será aplicable cuando dichos actos o actividades sean efectuados en territorio nacional de conformidad con la Ley del IVA. Fundamento: I.2.7.1.16 de la RMF 2014 Saludos | |
Tópico: Facturas Publico en Genral | |
rdelacruz Mensajes: 8 |
Foro: Fiscal Enviado: Julio 04, 2014 13:43:07 Asunto: Re: Facturas Publico en Genral |
Buenas tardes El fundamento de desglosar el impuesto es el articulo 29-A fracción VII del CFF saludos | |
Tópico: Ingresos de ONG | |
rdelacruz Mensajes: 4 |
Foro: Fiscal Enviado: Julio 04, 2014 13:35:55 Asunto: Re: Ingresos de ONG |
Buenas tardes Creo que esta confundido, o es honorarios o es asimilado (si es asimilado bajo que fracción esta) si es asimilado se le da el tratamiento de salarios y tendría que declararlo cada mes, a mas tardar el día 17, ya que la ONG no esta obligada a retener el ISR por ubicarse en el ultimo párrafo de esta ley, si expides una factura de servicios pro ser honorarios, lo declararías hasta la anual saludos | |
Tópico: FACTURA GLOBAL BIMESTRAL RIF NO REALIZADAS | |
rdelacruz Mensajes: 19 |
Foro: Fiscal Enviado: Julio 03, 2014 18:43:10 Asunto: Re: FACTURA GLOBAL BIMESTRAL RIF NO REALIZADAS |
Buenas tardes Cuando realizas la venta que les expides como comprobante a tus clientes? Saludos |
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