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Tópico: incapacidad por maternidad
edgaruribe

Mensajes: 26
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 18, 2005 Asunto:
Bettsy, A mi me surge la duda de cual fue la causa por la que el patrón le incremento el salario si estaba en un periodo de incapacidad en el cual se supone que la trabajadora no labora. Solo que se tratara de modificación de salario por concepto de variables del bimestre anterior. Espero me puedas aclarar esta duda
Tópico: APOYO LABORAL
edgaruribe

Mensajes: 12
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 18, 2005 Asunto:
.... claro que aplica también de manera supletoria la Ley Federal del Trabajo ya que la Ley Federal del los Trabajadores al Servicio del Estado así lo establece en su artículo 11 y si revisan esta ley solo tiene 165 artículos contra 1010 de la Ley Federal del Trabajo y por ende muchas de las disposiciones si se aplicarán supletoriamente. Saludos Edgar Uribe
Tópico: APOYO LABORAL
edgaruribe

Mensajes: 12
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 17, 2005 Asunto:
Por lo que entendí el trabajador es de gobiero, entonces yo recomendaría revisar la docuemntación que al respecto pueda tener el organnismo de gobierno a que te refieres, ya que puede haber "condiciones generales de trabajo" ue en una organización privada hace las veces de "reglamento interior de trabajo" e incluso verificar en su caso lo establecido por el sindicato, es decir, te recomiendo que revises perfectamente las bases jurídicas del caso para saber como proceder. Saludos Edgar
Tópico: IMPUESTO SOBRE NOMINAS
edgaruribe

Mensajes: 163
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 17, 2005 Asunto:
Yo estoy dispuesto a colaborar en esta compilación por lo que se refiere a Hidalgo. Que les parece si por medio de este topico nos avisamos cuando ya cada quien tenga el resumen del impuesto sobre nomias de su Estado. Saludos Edgar Uribe
Tópico: Escrito al IMSS
edgaruribe

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 17, 2005 Asunto:
Solo una acotación, las sanciones e infracciones no estan en el art. 304, están el en 304 A y 304 B de la Ley del Seguro Social. Saludos Edgar Uribe
Tópico: problema pago de imss
edgaruribe

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 17, 2005 Asunto:
Efectivamente lo mejor no creo que sea editar el SUA ya que si revisas el art. 304 A y B existen sanciones contempladas por alterar el programa informatico, lo correcto es hacer frente al problema y resolverlo, incluso si leí bien tu caso dices que el banco no tenia sistema, entonces plantea este problema con el gerente de la sucursal bancaria y que en su caso también el banco te responda por esa situación. Saludos Edgar Uribe
Tópico: Credito infonavit, saben si se puede usar para...
edgaruribe

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 15, 2005 Asunto:
Yo no creo que tengan problemas con este tipo de transacción, he sabido de muchos casos en donde ya se ha hecho eso (compra-venta entre familiares) asi que no se preocupen y mejor ocupense en los tramites ya que estoy de acuerdo en que es una mejor opción en lugar de adquirir una pichonera. Saludos Edgar
Tópico: Caso de Visita específica, que opinan
edgaruribe

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 13, 2005 Asunto:
Gracias a todos por sus comentarios, despues les platico como quedan estos casos ya que tengo hasta ahora tres y el lunes comenzamos a entregar información al IMSS. Ya que hemos decidido que vamos a permitirles la revisión y con base en los resultados veremos que hacer. Saludos Edgar
Tópico: diferencias centavos
edgaruribe

Mensajes: 13
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 12, 2005 Asunto:
Yo considero que son dos supestos diferentes: Si un patrón se autodetecta diferencias pues lo mejor sería que las pague independientemente del monto, para efectivamente no tener problemas futuros. Pero si un patrón decidio invertir en un dictamen, es responsabilidad del dictaminador aplicar tanto la normatividad legal como las normas de auditoria, y finalmente al emitir su opinión podrá establecer si las diferencias detectadas son o no de importancia relativa y con ello tambien decidir se el patrón cumplió razonablemente con la LSS. En la practica yo he visto distintas opiniones y no solo de nosotros como dictaminadores sino también de la autoridad, a que me refiero, normalmente nosotros hemos tomado la política de hacer revisiones al 120% ya que no solo se revisa el ejercicio respectivo sino que tambien las variables del 6to bimestre anterior e incluso deben dejarse las bases del 1er bimestre siguiente. Finalmente de los resultados arrojados se decide si las diferencias son importantes (en cuanto al monto) independientemente de emitir un reporte de observaciones y sugerencias para en su caso corregir situaciones encontradas. Por otra parte la autoridad tiene diversos criterios tambien para determinar la importancia o no. Tuvimos un caso de una empresa de mas de 1000 empleados en donde la diferencia determinada fue por el promedio de días (redondeo mínimo) para efectos del tope en la despensa y se obtuvo un resultado global de cuotas por pagar de menos de cinco mil pesos, y desde el punto de vista de importancia relativa no era viable pagar ya que las cuotas pagadas eran de mas de 12 millones de pesos pero el patrón decidio pagar e incluso la autoridad tenia el criterio de que no era necesario pagar esa diferencia.... Asi como esto podriamos encontrar muchos mas casos, pero reitero nosotros en materia de dictamen somos del criterio de hacer revisiones completas y al final se decide... Saludos Edgar Uribe
Tópico: HOJA FIRMADA EN BLANCO
edgaruribe

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 12, 2005 Asunto:
Efectivamente los empresarios han hecho de esto ya una práctica común e incluso como política de contratación a fin de tratar de protegerse ante un futuro problema laboral... Lo que incluso yo he visto (y desgraciadamente creo que es muy buena idea) es que se solicita no la firma en una hoja en blanco sino que la firma en una renuncia ya escrita al momento de la contratación (sin fecha) pero al final cuando el trabajador decide irse también con su finiquito se le vuelve a solicitar que firme una nueva renuncia ya con la fecha de este nuevo momento y con ello la empresa ya tiene su renucia actual sin problema. Incluso en la práctica nos hemos dado cuenta que un trabajador conflictivo es aquel que se va a negar a firmar ese documento independientemente de que sea o no una práctica ilegal. Saludos

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