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17/Ago/05 14:28
APOYO LABORAL

TENGO UN PEQUEÑO PROBLEMA CON UN TRABAJADOR Y QUIERO LEVANTARLE UN ACTA ADMINISTRATIVA, POR AMENAZAS E INJURIAS FUERA DEL SITIO Y HORARIO DE TRABAJO

¿ME PODRIAN FACILITAR UN FORMATO PARA ELLO?

ES TABAJADOR DE GOBIERNO


AGRADEZCO SU INVALUABLE APOYO
 
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LUISEDUARDOVARGASDANIEL
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17/Ago/05 14:44

Lo mejor en estos casos es la separación del trabajador, ya que no es conveniente tener este tipo de conflictos que después se pueden traducir a lo laboral.... Un buen arreglo sería lo mejor, es mi opinión.
 
Joel.
 
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JOELMORA
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17/Ago/05 17:31
Re: APOYO LABORAL

En mi humilde opinion, en parte estoy de acuerdo con JOELMORA, en llegar a la separación del trabajador en buenos terminos, pero tambien hay q dejar documentado el hecho de la separación y lo mas conveniente seria levantar un acta administrativa, para evitar q en tiempo futuro el trabajador quiera demandar por despido injustificado u otro tipo de argumentos q le favorezcan a el trabajador, asi que en mi opinion seria mejor levantar el acta administrativa respectiva y dejar todo documentado porque bien dicen las palabras se las lleva el viento. En lo personal no tengo ninguna acta administrativa por ese motivo. Si no con todo gusto te la proporcionaba.
 
Vive el presente, sin recordar el pasado, al fin ya paso; y sin pensar tanto en el futuro, porque este es incierto.
 
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robertocarlos133
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17/Ago/05 17:32
Re: APOYO LABORAL

En mi humilde opinion, en parte estoy de acuerdo con JOELMORA, en llegar a la separación del trabajador en buenos terminos, pero tambien hay q dejar documentado el hecho de la separación y lo mas conveniente seria levantar un acta administrativa, para evitar q en tiempo futuro el trabajador quiera demandar por despido injustificado u otro tipo de argumentos q le favorezcan a el trabajador, asi que en mi opinion seria mejor levantar el acta administrativa respectiva y dejar todo documentado porque bien dicen las palabras se las lleva el viento. En lo personal no tengo ninguna acta administrativa por ese motivo. Si no con todo gusto te la proporcionaba.
 
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robertocarlos133
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17/Ago/05 17:38
Re: APOYO LABORAL

[quote:bc0975ce79="LUISEDUARDOVARGASDANIEL"]TENGO UN PEQUEÑO PROBLEMA CON UN TRABAJADOR Y QUIERO LEVANTARLE UN ACTA ADMINISTRATIVA, [u:bc0975ce79]POR AMENAZAS E INJURIAS FUERA DEL SITIO Y HORARIO DE TRABAJO[/u:bc0975ce79]

¿ME PODRIAN FACILITAR UN FORMATO PARA ELLO?

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AGRADEZCO SU INVALUABLE APOYO[/quote:bc0975ce79]

Si estuvo fuera del horario y de las labores no se adecua a la hipotesis prevista en el Art. 47 en su fracc. II, por lo que para tal situación debes acudir al MP a levantar una denuncia.
 
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla' http://groups.msn.com/AportacionesFiscales/home.htm SALUDOS
 
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jjfarias
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17/Ago/05 19:15

Por lo que entendí el trabajador es de gobiero, entonces yo recomendaría revisar la docuemntación que al respecto pueda tener el organnismo de gobierno a que te refieres, ya que puede haber "condiciones generales de trabajo" ue en una organización privada hace las veces de "reglamento interior de trabajo" e incluso verificar en su caso lo establecido por el sindicato, es decir, te recomiendo que revises perfectamente las bases jurídicas del caso para saber como proceder.

Saludos

Edgar
 
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edgaruribe
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17/Ago/05 20:23
Re: APOYO LABORAL

[quote:0675065321="jjfarias"]...Si estuvo fuera del horario y de las labores no se adecua a la hipotesis prevista en el Art. 47 en su fracc. II, por lo que para tal situación debes acudir al MP a levantar una denuncia.[/quote:0675065321]
8O Buenas noches. Y como es trabajador de gobierno no se aplica la LFT... Aplica el apartado "B" del 123 de nuestra CPEUM...

El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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18/Ago/05 9:13
Re: APOYO LABORAL

[quote:3f68e6d7fa="pepesoto"][quote:3f68e6d7fa="jjfarias"]...Si estuvo fuera del horario y de las labores no se adecua a la hipotesis prevista en el Art. 47 en su fracc. II, por lo que para tal situación debes acudir al MP a levantar una denuncia.[/quote:3f68e6d7fa]
8O Buenas noches. Y como es trabajador de gobierno no se aplica la LFT... Aplica el apartado "B" del 123 de nuestra CPEUM...

El Lic.[/quote:3f68e6d7fa]

Tienes razón pepesoto, efectivamente aplica el Apartado "B" de 123 de la CPEUM, definitivamente no lei bien el comentario incial.

Gracias por la correción.
 
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jjfarias
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18/Ago/05 14:14

.... claro que aplica también de manera supletoria la Ley Federal del Trabajo ya que la Ley Federal del los Trabajadores al Servicio del Estado así lo establece en su artículo 11 y si revisan esta ley solo tiene 165 artículos contra 1010 de la Ley Federal del Trabajo y por ende muchas de las disposiciones si se aplicarán supletoriamente.

Saludos

Edgar Uribe
 
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edgaruribe
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18/Ago/05 19:53
Re: APOYO LABORAL

:idea: Buenas noches. Amigo Farias, ahora yo le doy las gracias a Edgar x abrirme los ojos. Admito que en mi vida he hojeado (con hache) la ley que él nos menciona...

El Lic.
 
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pepesoto
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