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Autor | Mensaje |
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Tópico: RELACION IMSS | |
edgaruribe Mensajes: 3 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 29, 2005 Asunto: |
Existe un libro publicado por el IMCP que si mal no recuerdo se llama "Guía del Dictamen para efectos de contribuciones al Seguro Social" Saludos Edgar | |
Tópico: vacaciones de comisionista | |
edgaruribe Mensajes: 5 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 29, 2005 Asunto: |
Revisa el art. 289 de la Ley Federal del Trabajo, ahí encontrarás tu respuesta. Saludos Edgar | |
Tópico: RT varios patrones | |
edgaruribe Mensajes: 13 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 29, 2005 Asunto: |
El seguro de RT protege a los trabajadores en caso de accidentes y enfermedades profesionales, al efecto el trabajador se hace acreedor a prestaciones en dinero y especie, y si cotiza con mas de un salario, las prestaciones en dinero deben ser con base en esos salarios que esta cotizando. (Ve además del art, 33 que mencionaste el art. 58 fracción I de la LSS) Saludos Edgar[size=9:2e47cd0c83][/size:2e47cd0c83][size=7:2e47cd0c83][/size:2e47cd0c83] | |
Tópico: Pago de diferencias | |
edgaruribe Mensajes: 13 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 29, 2005 Asunto: |
Esta bien lo de que cuanto antes hagas el pago, y sí efectivamente no pagaste nada, entonces hazlo directamente generando en el SUA el pago extemporáneo, no necesitas generar pago de diferencias puesto que no pagaste nada. Por lo que se refiere a lo de la multa, no estoy de acuerdo en que te cruces de manos y decidas pagarla (si es que ya te la notificaron) ya que dependiendo del caso podrás interponer algun medio de defensa, pero no nos adelantemos. Saludos Edgar | |
Tópico: SUA CUOTA OBRERA | |
edgaruribe Mensajes: 9 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 29, 2005 Asunto: |
Por medio del SUA no podrás pagar solo cuotas obreras, lo que te sugiero es que acudas a la subdelegación que te corresponda y hagas el trámite de la prorroga y en el área de convenios pide que por medio de una orden de ingreso te acepten el pago de las cuotas obreras al 100%. Este tipo de tramites se hacen normalmente sobretodo cuando hay dictamen y el patrón pide hacer el pago de las cuotas en parcialidades ya que al aceptarle cubrir así las cuotas te obligan a que solo pages al 100% las cuotas obreras, es decir, estas cuotas obreras no entran jamás en convenio. pd, esta solicitud es por escrito y lleva tus calculos de COP, no te puedo dar un formato del escrito ya que de acuerdo a cada delegación e incluso subdelegación cambian sus criterios (ya ves como es esto del IMSS). Saludos Edgar | |
Tópico: Requisitos para subcontratos construccion | |
edgaruribe Mensajes: 4 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 29, 2005 Asunto: |
[quote:e75da5ea4c="monylu3007"]HOLA: COINCIDO CON EDGAR, Y COMPLEMENTO, EL TRAMITE ANTE EL IMSS ES ALTA PATRONAL CON AFIL-01, CLEM-01, AFIL-15, AVISO DE INSCRIPCION DE TRABAJADORES(DISPMAG), CONTRATO, PLANOS, A VECES TE PIDEN CROQUIS DE UBICACION DE LA OBRA. TE ASIGNAN OTRO NUMERO DE REG. PATRONAL, SI ES QUE YA TENIAS OTRO, YA SEA POR OTRA OBRA O BIEN DE LA OFICINA. SALUDOS[/quote:e75da5ea4c] No hice mención del afil-01 ni de la inscripción al seguro de riesgos de trabajo (clem) por que como preguntaron concretamente de un subcontrato de obra, yo asumí que los tramites ordinarios patronales ya debieron haberlos efectuado, ya que los avisos de obra o parte de una obra se van haciendo conforme se den los supuestos, además de que hoy en día desde julio 1997, la industria de la construcción prácticamente esta en el régimen ordinario. Saludos Edgar | |
Tópico: en cuanto a la integración del salario. | |
edgaruribe Mensajes: 21 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 29, 2005 Asunto: |
Para mi el estimado sería de cero, pero si quieren pueden integrar al SBC lo que ustedes quieran de todas formas en el siguiente bimestre integraras lo real con que iniciaste y de esta forma habras pagado mas cuotas al IMSS por las variables iniciales (estimadas) que hayas integrado. Saludos Edgar | |
Tópico: REQUISITOS PARA PRESTACIONES IMSS??? | |
edgaruribe Mensajes: 14 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 29, 2005 Asunto: Re: REQUISITOS PARA PRESTACIONES IMSS??? |
[quote:19eafe9812="enrique_garay"]Enterado Edgar. Cual es el tope que marca el IMSS para que no integren los vales de despensa?[/quote:19eafe9812] Ya lo comentaron aqui, es el 40% del salario mínimo del DF, segun el art. 27 de la LSS Saludos Edgar | |
Tópico: Retención de Cuotas del Trabajador, deducibles para la empre | |
edgaruribe Mensajes: 4 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 28, 2005 Asunto: |
Tengo una duda, ya que tu comentas que las cuotas no se las retienes a tus trabajadores, entonces por que haces lo siguiente: Nomina: (Cargo) Sueldo 100 (abono) Ret. imss 20 (abono) Banco 80 En mi opinión, si efectivamente no retienes nada, entonces tu registro de nomina no debe incluir esa retención y con ello todo el gasto en aportaciones de seguridad social lo registras como de la empresa. Saludos Edgar | |
Tópico: DIFERENCIAS | |
edgaruribe Mensajes: 5 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 28, 2005 Asunto: |
Estoy de acuerdo en que esperes ya que si tu tienes la razón y se complican las cosas, esta complicación será, pero para el IMSS. Saludos Edgar |