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Tópico: ayuda en calculo de ispt de finiquitos laborales
JHiguera

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 11, 2004 Asunto:
[color=blue:03bf131be0]Primeramente debes especificar si el cálculo de la liquidación es por despido injustificado, despido justificado o retiro voluntario, ya que en cada caso debes de considerar algunos aspectos para efectos de la liquidación. Además, es importante conocer la antigüedad del trabajador que vas a liquidar, así como el importe del último sueldo que le pagaste al trabajador.[/color:03bf131be0]
Tópico: dividendo ficto
JHiguera

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 10, 2004 Asunto:
[color=blue:7ce642903f]De acuerdo con el comentario de lpgh2000[/color:7ce642903f]
Tópico: HORAS EXTRAS
JHiguera

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 10, 2004 Asunto:
[quote:34fea27019="arty"]:o NO SE MUCHO SOBRE LFT Y ESPERO ME PUEDAN AYUDAR. EN LA EMPRESA LABORA UN VIGILANTE, DE LUNES A DOMINGO, PERO EL DOMINGO TRABAJA LAS 24 HRS CORRIDAS, COMO SE LE TIENE QUEPAGAR A ESTE TRABAJADOR ESE DIA LABORADO. SALUDOS ARTY[/quote:34fea27019] [color=blue:34fea27019]De entrada creo que tienes un problema laboral, ya que según la LFT, las horas extras que debe de trabajar un empleado como máximo, son tres horas diarias y hasta tres días a la semana. Debes de cuidar que tu trabajador no exceda las 9 horas extras a la semana; ahora bien el pago que deberás de hacer a el vigilante, debes de cuidar otros muchos aspectos, ya que según comentas trabaja todos los días de la semana, y el día de descanso que?, cuando se lo consideras?, ya que si el día de descanso obligatorio, es el domingo, entonces, deberás pagarle inclusive triple cada una de las 24 horas trabajadas, además de la prima dominical. verifica que no tengas un verdadero problema, ponte en contacto con un asesor en custión laboral para que te señale que es lo que realmente debes hacer, ya que como lo señalas sin mayores datos, te puede resultar un problema grande.[/color:34fea27019]
Tópico: Medicamentos
JHiguera

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 10, 2004 Asunto:
[color=blue:46322fdeb2]Si la erogación por concepto de medicamentos, se encuentra en la clasificación de estrictamente indispensables, entonces debes de considerarlo como un gasto totalmente deducible[/color:46322fdeb2]
Tópico: Clave de HSBC
JHiguera

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 10, 2004 Asunto:
[color=blue:2d08126dba]Debes considerar la clave que tenía BITAL o sea la No. 17[/color:2d08126dba]
Tópico: incapacidades
JHiguera

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 10, 2004 Asunto:
[color=blue:90d80bdd4f]Si tu incapacidad en subsecuente, entonces el IMSS deberá pagarte el subsidio correspondiente[/color:90d80bdd4f]
Tópico: Bonos despensa y Transporte
JHiguera

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 10, 2004 Asunto:
[color=blue:56bde18211]Efectivamente, el entregar los vales de despensa y el bono de transporte en efectivo, es una forma muy agresiva de hacerlo, por lo que estoy de acuerdo con lo que comenta [b:56bde18211]ALUCARD[/b:56bde18211], de que si es defendible, pero que tambien es muy desgastante[/color:56bde18211]
Tópico: Conflicto de obligaciones
JHiguera

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 10, 2004 Asunto:
[color=blue:26cb327a73]Creo que no se trata de hecharse la bolita, si no que deben de trabajar en equipo, ya que van en el mismo barco, y la responsable al final de cuentas es la administración de la compañía, por lo que considero que deben de ponerse de acuerdo y sacar el trabajo bien y a tiempo.[/color:26cb327a73]
Tópico: depreciacion mensual para pago ISR persona fisica
JHiguera

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 10, 2004 Asunto:
[quote:3b8c398fd1="acilegnarg"]duda: las deducciones mayores de 2,000 que no se pague con cheque, son deducibles para efectos fiscales, personas fiscas (honorarios) 2002 oscarjlm@yahoo.com[/quote:3b8c398fd1] [color=blue:3b8c398fd1]El 27 de mayo del 2004, el colega [b:3b8c398fd1]josehumberto[/b:3b8c398fd1] presentó al foro la misma duda, pf buscalo con el tópico de [b:3b8c398fd1]esesoria[/b:3b8c398fd1][/color:3b8c398fd1]
Tópico: Cheques no cobrados P.F. 2003
JHiguera

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 09, 2004 Asunto:
[color=blue:a2f8eee5d4]Si tus cheques 2003 no cobrados los consideraste como partidas no deducibles para efectos fiscales en ese ejercicio, y en 2004 al tener 8 meses en circulación los vas a cancelar, considero que el importe de los gastos no deducibles del ejercicio anterior, los debes cancelar contra otros ingresos no acumulables en el 2004[/color:a2f8eee5d4]

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