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Tópico: Las clases en la facultad de medicina gravan para iva?
JHiguera

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 31, 2005 Asunto: Re: Las clases en la facultad de medicina gravan para iva?
[quote:e8bbed178b="MADELCARMENMULIA"] ME HACEN EL PAGO VIA HONORARIOS ASIMILABLES ME RETIENEN IMPUESTO Y AL FINAL DE AÑO ME EXPIDEN CONSTANCIA POR LOS INGRESOS Y LA RETENCION. ESPERO TE SIRVA MI OPINION GRACIAS[/quote:e8bbed178b] [color=blue:e8bbed178b] Para evitar que los honorarios del profesional de la medicina, sean gravados por el IVA por el concepto de honorarios por la impartición de clases en la Universidad, lo más recomendables, es que se le pague como comenta [b:e8bbed178b]MADELCARMENMULIA[/b:e8bbed178b], vía honorarios asimilables.[/color:e8bbed178b]
Tópico: Manejo de los ingresos
JHiguera

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 31, 2005 Asunto:
[b:be9a87b023][color=red:be9a87b023]TOPICO REPETIDO; CON UNA VEZ QUE SE PONGAN ES SUFICIENTE.[/color:be9a87b023][/b:be9a87b023]
Tópico: Manejo de los ingresos
JHiguera

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 31, 2005 Asunto:
[color=blue:5e8105ba1a]Checa el tópico denominado RETIROS, te va a yudar; se encuentra en la siguiente liga:[/color:5e8105ba1a] http://www.fiscalia.com/postlite8514-retiros.html
Tópico: DEVOLUCION DE IVA'S...........
JHiguera

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 30, 2005 Asunto:
[color=blue:122e441a30]Date una vuelta por la siguiente liga y busca el formato 32, ahí vienen los requisitos que debes acompañar para que le den trámite a tu solicitud.[/color:122e441a30] http://www.sat.gob.mx/nuevo.html
Tópico: CAS Y ISPT!!
JHiguera

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 30, 2005 Asunto:
[color=blue:5782d83812]Aparte del sueldo, se necesita saber que proporción de subsidio acreditable se está utilizando para el cálculo de las retenciones de ISR.[/color:5782d83812]
Tópico: Donde ecuentro el tipo de cambio de dollar de enero-fecha
JHiguera

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 30, 2005 Asunto:
[color=blue:d019cc4923]También puedes consultar en la siguiente liga:[/color:d019cc4923] http://www.banxico.org.mx/eInfoFinanciera/InfOportunaMercadosFin/MercadoCambios/TiposCambioDolar/TiposCambioPesoDolar.html
Tópico: son deducibles los pagos en casetas de caminos y puentes fed
JHiguera

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 30, 2005 Asunto:
[color=blue:e9b07f625c]Por ser la primera vez que incursionas en estos foros, te comento que si utilizas el buscador, encontrarás algunos tópicos relacionados, ya que es un tema que se a tratado de manera amplia en algunas ocasiones, si después de hacerlo te quedan dudas, exponlas al foro y no tengas dudas que se te ayudará con ellas.[/color:e9b07f625c]
Tópico: AYUDA INFONAVIT
JHiguera

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 29, 2005 Asunto:
[quote:05ce232eed="ByPaco"][quote:05ce232eed="JHiguera"][quote:05ce232eed="MMartinezC"]Correccion: El cálculo es 17.75 x 46.80 x 2 = 1661.40 ya que es cuota fija mensual.[/quote:05ce232eed] [color=blue:05ce232eed] Verifica tus cálculos, ya que dice que son 17.75 veces el salario mínimo mensual, no quincenal.[/color:05ce232eed][/quote:05ce232eed] MMartinezC da el el cálculo Bimestral, esta bien[/quote:05ce232eed] [color=blue:05ce232eed]De acuerdo ByPaco, y sin ánimo de estar fregando pero si la pregunta es[/color:05ce232eed] ESTE DESCUENTO SE HACE POR EL BIMESTRE O COMO. Y COMO SE LO DESCONTARIA EN NOMINA. [color=blue:05ce232eed]Creo que no podemos irnos al bimestre.[/color:05ce232eed]
Tópico: DOBLE FACTURACION¡¡¡
JHiguera

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 29, 2005 Asunto: Re: DOBLE FACTURACION¡¡¡
[quote:61c13e3930="corteslce"]Lo que yo no entiendo es DONDE ESTA MI FALTA DE ETICA??, en primer respuesta :evil: :evil:[/quote:61c13e3930] [color=blue:61c13e3930] Eso te pasa por andar de redentor, muchas veces en lugar de quedar bien te metes en broncas con la persona que no sabe que hacer con su problema y tratas de darle una adecuada orientación a su problema específico; lo que debe de hacer ese tipo de personas, es que paguen una asesoría especializada y no andar con que "[b:61c13e3930]que faltos de ética[/b:61c13e3930]", cuando no se les da la respuesta que quieren escuchar. También hay que recordar a ese tipo de personas, que en los foros cada quien toma lo que más le convenga y no agarrarse de la greña porque la respuesta que buscan no es las que se les da. Ánimo y a seguir participando en lo mejor que se pueda y con fundamentos[/color:61c13e3930]
Tópico: Que hacer cuando el contribuyente fallece
JHiguera

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 29, 2005 Asunto: Re: Que hacer cuando el contribuyente fallece
[color=blue:cabf000366]Lo siguiente te puede ayudar.[/color:cabf000366] Aviso de apertura de sucesión Fundamento Legal; CFF 27 y 31, RCFF 14 FR. IV, 22, FR. II Histórico 12/10/04 Histórico 13/02/04 Historico 12/12/03 * Formato R-2 "AVISOS AL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES. CAMBIO DE SITUACIÓN FISCAL". (duplicado) * Acta de defunción en copia certificada expedida por el Registro Civil de la Entidad Federativa correspondiente y fotocopia simple (copia certificada para cotejo). * Copia certificada y fotocopia del documento en el que el representante de la sucesión acepta el cargo (copia certificada para cotejo) * En su caso, original y fotocopia simple de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma expedida por el gobierno federal, estatal o municipal del contribuyente o representante legal, sin que sea necesariamente alguna de las señaladas en el rubro “DEFINICIONES” al principio de esta Guía. (Original para cotejo). * En caso de representación legal, copia certificada y fotocopia del poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, notario o fedatario público. (copia certificada para cotejo) * Tratándose de albaceas residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México, deberán acompañar fotocopia del documento notarial con el que haya sido designado el representante legal para efectos fiscales. Servicio de Administración Tributaria, México.

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