10/Jun/04 15:06
[quote:34fea27019="arty"]:o
NO SE MUCHO SOBRE LFT Y ESPERO ME PUEDAN AYUDAR. EN LA EMPRESA LABORA UN VIGILANTE, DE LUNES A DOMINGO, PERO EL DOMINGO TRABAJA LAS 24 HRS CORRIDAS, COMO SE LE TIENE QUEPAGAR A ESTE TRABAJADOR ESE DIA LABORADO.
SALUDOS
ARTY[/quote:34fea27019]
[color=blue:34fea27019]De entrada creo que tienes un problema laboral, ya que según la LFT, las horas extras que debe de trabajar un empleado como máximo, son tres horas diarias y hasta tres días a la semana.
Debes de cuidar que tu trabajador no exceda las 9 horas extras a la semana; ahora bien el pago que deberás de hacer a el vigilante, debes de cuidar otros muchos aspectos, ya que según comentas trabaja todos los días de la semana, y el día de descanso que?, cuando se lo consideras?, ya que si el día de descanso obligatorio, es el domingo, entonces, deberás pagarle inclusive triple cada una de las 24 horas trabajadas, además de la prima dominical.
verifica que no tengas un verdadero problema, ponte en contacto con un asesor en custión laboral para que te señale que es lo que realmente debes hacer, ya que como lo señalas sin mayores datos, te puede resultar un problema grande.[/color:34fea27019]
jhiguera
Hoy es el mejor día de tu existencia; se feliz.