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Autor | Mensaje |
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Tópico: RENTENC ION DE TRASLADOS | |
cdsantoyo Mensajes: 6 |
Foro: Fiscal Enviado: Abril 01, 2013 14:41:48 Asunto: Re: RENTENC ION DE TRASLADOS |
Buen día, Yo creo que hay varias cosas a considerar, independientemente del concepto que le pongan, si ellos te están proporcionado el transporte, debería tener retención, si solo te proporcionan chofer, no hay retención. Saludos, | |
Tópico: declaracion anual asalariado | |
cdsantoyo Mensajes: 19 |
Foro: Fiscal Enviado: Abril 01, 2013 14:01:08 Asunto: Re: declaracion anual asalariado |
Sería prudente que adicional a la obtención de dicha constancia, verifiquen que no haya declarado el segundo patrón que realizaría el cálculo anual. Saludos, | |
Tópico: Empresa que consolida ¿obligada a dictaminarse? | |
cdsantoyo Mensajes: 14 |
Foro: Fiscal Enviado: Abril 01, 2013 13:59:08 Asunto: Re: Empresa que consolida ¿obligada a dictaminarse? |
De acuerdo al 32-A del CFF en el párrafo segundo de la fracción I, indica algunos supuestos por los que se deben considerar ciertas compañías de un grupo como una sola para determinar si es obligada o no a dictamen. Como indica el Colega Octavus, sería prudente que lo consideres. Saludos, | |
Tópico: NIF- B 10 Y D 4 EN DESPACHOS CONTABLES | |
cdsantoyo Mensajes: 4 |
Foro: Fiscal Enviado: Marzo 20, 2013 17:53:38 Asunto: Re: NIF- B 10 Y D 4 EN DESPACHOS CONTABLES |
Buen día Luislo, Creo que tu pregunta es muy general, actualmente no es necesario reflejar financieramente los efectos de la inflación (B-10), y el D-4 es 'necesario' cuando tienes empleados que pueden generarte alguna contingencia por su separación de la compañía, sin embargo, si contratas a un despacho para determinar dichos efectos, seguro tiene que hacerlos, si lo contratas para auditoría de estados financieros (que supongo es el caso), tendrán la obligación de determinarlo si así fue pactado cuando se contrato el servicio. Saludos, | |
Tópico: isr pm ayuda | |
cdsantoyo Mensajes: 10 |
Foro: Fiscal Enviado: Marzo 20, 2013 17:47:51 Asunto: Re: isr pm ayuda |
Como los colegas han comentado, necesitas acercarte a un especialista en construcción, ya que ese sector tiene aplicaciones muy especificas en cuanto a las estimaciones de obra, anticipos y facturaciones, y a los costos estimados que se pueden generar por obra No sería posible (ni correcto) definir como base de impuestos a la facturacion o la cobranza o a las estimaciones, ya que puede integrar una parte de todas y adicionalmente a algunas partidas 'fiscales' extras. Saludos, | |
Tópico: declaracion automatica | |
cdsantoyo Mensajes: 4 |
Foro: Fiscal Enviado: Marzo 20, 2013 17:41:11 Asunto: Re: declaracion automatica |
Si tienes firma electrónica puedes entrar a la opción de consulta del expediente fiscal (dentro del apartado de personas físicas) y consultar ahi en la opción 'declaraciones' si hay alguna declaración anual 2012, si es así entonces si se envío y ahi te permite reimprimir tu acuse, o en caso contrario solo tienes que llenarla de nuevo y enviarla como normal. saludos, | |
Tópico: ¿Origen del saldo a favor de Isr? | |
cdsantoyo Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Marzo 20, 2013 17:36:13 Asunto: Re: ¿Origen del saldo a favor de Isr? |
Yo opinaría que es 'otros', 'pagos provisionales efectuados en exceso' Saludos, | |
Tópico: INGRESOS PERCIBIDOS EN EL EXTRANJERO | |
cdsantoyo Mensajes: 4 |
Foro: Fiscal Enviado: Marzo 19, 2013 17:35:38 Asunto: Re: INGRESOS PERCIBIDOS EN EL EXTRANJERO |
Sería bueno saber donde se prestarán los servicios, ¿en el extranjero o en territorio nacional? luego, ¿con que frecuencia los prestarias? Saludos, | |
Tópico: IETU en empresa que cierra operaciones | |
cdsantoyo Mensajes: 18 |
Foro: Fiscal Enviado: Marzo 19, 2013 17:29:41 Asunto: Re: IETU en empresa que cierra operaciones |
Colega, Supongo que por el giro que mencionas ha de tener algunos inventarios obsoletos de materiales, es así? Saludos, | |
Tópico: salario en especie | |
cdsantoyo Mensajes: 4 |
Foro: Fiscal Enviado: Marzo 19, 2013 15:32:04 Asunto: Re: salario en especie |
Si se establece que se entrega de forma general para el personal que este en puestos similares, es deducible como parte del sueldo, forma parte de la base gravable del trabajador, es parte del crédito de IETU por sueldos y es acreditable el IVA para la compañía. Saludos, |
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