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Tópico: Declaración anual sin constancia de retenciones
cdsantoyo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 26, 2013 09:32:50 Asunto: Re: Declaración anual sin constancia de retenciones
Yo te sugeriría que presentes su declaración como debe ser, con la finalidad de no incumplir con la obligación, posteriormente deberán comunicarse con el empleador para que les proporcione la constancia necesaria y que corrija, en caso ser necesario, su informativa. Respecto al saldo a favor, entraría a devolución automática, obviando que cumple con los requisitos para ello, pero muy probablemente lo rechacen por inconsistencias, a lo que tendrás que esperar a que se corrija la situación con el empleador para poder volver a solicitar el saldo. Saludos,
Tópico: ISR A CARGO PERSONA MORAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 26, 2013 09:26:08 Asunto: Re: ISR A CARGO PERSONA MORAL
Buen día Gaby, Para entender bien tu duda te pregunto unas cosas: 1. Al decir que es el segundo año de operaciones, te refieres a que 2013 es el 2do año o que 2012 fue el 2do año? 2. Por C.E. te refieres a coeficiente de utilidad? 3. Que significa C.F.? Saludos,
Tópico: Se pueden emitir Facturas Electronicas y CBB a la vez?
cdsantoyo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2013 18:22:11 Asunto: Re: Se pueden emitir Facturas Electronicas y CBB a la vez?
Si se puede.
Tópico: CAMBIO DE DOMICILIO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2013 17:44:43 Asunto: Re: CAMBIO DE DOMICILIO
Estimados, Yo he tenido ambas situaciones, hemos mandado trámites por internet y los aceptaron y otros idénticos los rechazaron. Es cuestión del monito que al que le toque revisarte el trámite. Saludos,
Tópico: Facturas de ingresos no localizados
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2013 17:32:04 Asunto: Re: Facturas de ingresos no localizados
En mi experiencia es normal que te requieran los consecutivos de ingresos del periodo que solicitas en devolución, así como cualquier otra entrada que se pueda considerar fuente de financiamiento para el pago de las operaciones que te generan dicho saldo a favor. En esos casos es recomendable contar con las facturas en original o al menos en copia y con los estados de cuenta, lo que buscan a final de cuentas es verificar que los movimientos que forman parte de la determinación de dicho saldo estén efectivamente realizados en dicho periodo y que no estés omitiendo ingresos de algún tipo. Saludos,
Tópico: ISR a favor del ejercicio / IDE a favor ???
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2013 17:26:25 Asunto: Re: ISR a favor del ejercicio / IDE a favor ???
En mi opinión, si pagaste efectivamente los 92,980 y no acreditaste el IDE contra alguna retención de ISR, es correcto tener dos saldos a favor. Tendrías que hacer uso de ellos por compensación o devolución en forma independiente. Saludos,
Tópico: ISR a favor del ejercicio / IDE a favor ???
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2013 10:07:52 Asunto: Re: ISR a favor del ejercicio / IDE a favor ???
Buen día, Considero que en la anual debiste reflejar dos saldos a favor, ISR e IDE. Si posteriormente deseas utilizarlos deberás considerarlos como saldos a favor independientes. No sé si esto responde tu duda. Saludos,
Tópico: AVISO COMPLEMENTARIO DE COMPLEMTARIO O NORMAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2013 10:04:09 Asunto: Re: AVISO COMPLEMENTARIO DE COMPLEMTARIO O NORMAL
Cuando la autoridad te rechaza un tramite queda invalidado dicho folio, por lo que siempre deberás usar el folio de los trámites que estén vigentes y recepcionados. Saludos,
Tópico: AVISO DE COMPENSACION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 25, 2013 10:00:27 Asunto: Re: AVISO DE COMPENSACION
Buen día colegas, Me surge una duda al respecto, en que medio declaraste el saldo a favor que usarás en esta compensación? (declaraciones y pagos / esquema anterior) Saludos,
Tópico: Parte del importe que no generó IVA es excento o tasa cero?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 23, 2013 11:20:07 Asunto: Re: Parte del importe que no generó IVA es excento o tasa cero?
Supongo que el proveedor te dio una factura o comprobante con el valor que pagaste (12,000), si es así, el que la aduana te valúe bajo dicho bien, no tendría que influir en tu registro original.... Saludos,

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