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Tópico: SE PAGARA EL IVA EN EL RIF EN PAGOS REFERENCIADOS?
Alan_h14

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 08, 2014 13:32:17 Asunto: Re: SE PAGARA EL IVA EN EL RIF EN PAGOS REFERENCIADOS?
No se como funcione la herramienta del SAT para este caso, solo te recuerdo que si vas a aplicar este decreto del 26/12/13 tienes que tener TODAS tus ventas con el publico en general, si facturaste a gente que te pidió su factura, no puedes aplicar este decreto y vas a pagar IVA conforme a la mecánica establecida. DIgamos que todo lo facturaste al publico en general, aqui pienso yo, que debería de haber un apartado, o algo en donde diga que te apegas al decreto, ya que así como no pagas IVA no puedes acreditar tampoco el IVA que tu pagaste. Preguntante en el SAT, en el chat, te apuesto a que si te responden rapido. Saludos!
Tópico: Ombr de vehículo
Alan_h14

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 08, 2014 11:55:07 Asunto: Re: Ombr de vehículo
Pues le atine a dos..... Saludos!
Tópico: Movimientos al R.F.C. ante el SAT y ante el Estado?
Alan_h14

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 07, 2014 18:16:50 Asunto: Re: Movimientos al R.F.C. ante el SAT y ante el Estado?
Mis estimados colegas, gracias por las respuestas, pero no es lo que busco, vuelvo a repetir, yo pienso que me mal explique. Aquí en Baja California (no se en las demás entidades federativas) hasta 2013, no se ahorita porque tengo rato que no hago tramites, cuando hacias unas modificacion al RFC ante hacienda, debías de hacerlo tambien ante el Estado, es decir.... Alta en hacienda como persona moral lista en hacienda, despues ibas con tus chivas e ibas al Estado y llenabas su formulario, con los requisitos clásicos y tu alta de hacienda, y boom! quedabas listo dado de alta en el estado. Y te quedabas con dos altas, una en Hacienda y una en el Estado. Si esta misma persona moral, hacia un cambio de domicilio, lo hacías ante hacienda, con tus comprobantes te ibas al estado y hacías el mismo tramite solo que son sus formularios, y boom! ya habías modificado el RFC ante el SAT y ante el Estado. Era requisito que cualquier modificación al RFC que realizaras en Hacienda, y por mas tonto que parezca, también la realizaras por separado en el Estado. Ahora bien, la pregunta qui es, este tramite que se tenia que hacer en paralelo, se sigue teniendo que hacer, es decir, si realizo alguna modificación al RFC, después de hecho el tramite ante el SAT, tengo que acudir a Recaudación de Rentas del Estado para también hacerlo aqui? O ese paso ya no se realiza?. Les recuerdo que se hacia en paralelo, no crean que me estoy confundiendo con la misma cosa, al final de cuentas, después de cada movimiento ante el RFC te quedabas con lo de Hacienda (que al ultimo es lo que vale) y con tu respectivo movimiento ante el Gobierno de tu Estado. Saludos!
Tópico: Movimientos al R.F.C. ante el SAT y ante el Estado?
Alan_h14

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 07, 2014 13:38:01 Asunto: Movimientos al R.F.C. ante el SAT y ante el Estado?
Buenas tardes, ando un poco perdido y en el SAT creo que no me dan la respuesta correcta y aquí en el Estado, tengo que ir en persona y no he podido, a ver si alguien se la sabe. Antes de 2013, cualquier movimiento al RFC que realizaba en el SAT ya sea un aumento, suspensión, alta lo hacia en el SAT a través de internet o de forma personal, después en paralelo el mismo día o días después tenia que ir al Gobierno de mi Estado y presentar el mismo tramite con formatos en Recaudación de Rentas de mi Estado. Para este 2014 con la eliminación del RIF y del Intermedio. Si por ejemplo, las personas que el SAT paso automáticamente al RIF el 01/01/14, tengo que presentar un aviso ante el Estado por ese movimiento? Una alta nueva en este 2014 del RIF, ya esta la alta en el SAT, tengo que hacer la alta también en el Estado? Ojala me eviten la pena de ir a Recaudación de Rentas que no saben nada.... Saludos!
Tópico: Articulo 252 RISR Constancias
Alan_h14

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 07, 2014 11:51:25 Asunto: Re: Articulo 252 RISR Constancias
Pues no las conozco, pero por lo que acabo de leer, en pocas palabras es una constancia o un escrito donde avalan los dias que la persona extranjera ha trabajado en territorio nacional, no leo en ninguna parte que hable de poner en dicho escrito o constancia ingresos. Saludos!
Tópico: Ombr de vehículo
Alan_h14

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 07, 2014 11:45:37 Asunto: Re: Ombr de vehículo
Mi estimado (a) JUANAPEREZ, estamos solicitando opinion para comprar un carro, o que tiene que ver con lo fiscal aqui? Si le he de recomendar un carro, digo, no se para que lo quiera o que es lo que haga, pero si quiere un carro, comprese un Fiesta, estan muy bonitos y sobre todo estos 2014 con el nuevo frente, y creo que andan como en los 180,000 pesotes o un March que deben de andar por las mismas cantidades, aunque yo me iria por el Fiesta, y si tiene un poco mas de dinero, comprese el Fiesta ST, que es la versión deportiva, que es una chingoneria de carro. Si quiere utilitarios, esta el Nissan Tsuru, el Ford Fiesta Ikon, y la verdad de la Chevrolet y de la Chrysler no se cuales son los utilitarios que ellos menejan... Ya hablando en serio, creo que debe de comprarse el carro que necesite y cubra lo que quiera hacer con ese carro, no viendo el limite de deducibildad, y en cuanto si le conviene o no un arrendamiento, pues habrá que checar numero porque todo tiene sus pros y contras. Saludos!
Tópico: Cuantos negocios que estaban sobreviviendo van a cerrar por Reforma 2014?
Alan_h14

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 07, 2014 11:38:44 Asunto: Re: Cuantos negocios que estaban sobreviviendo van a cerrar por Reforma 2014?
Mi estimado Choco, creo que son números altos, mejor avientese una investigación para no estar hablando al aire, aunque sea 'patito' como las de las autoridades ;) Aqui las empresas no van a cerrar, porque la gente pues tenemos que comer. Si yo como comerciante, que yo no lo soy, veo que el SAT esta pone y pone cosas nuevas pues, si soy inteligente, para empezar apoyarme en un buen Contador, segundo que el me explique y me mantenga al tanto de todo lo nuevo y las cosas que se estan haciendo. Ya que el Contador me ponga las cosas sobre la mesa, veo que me conviene o no me conviene, pero si esta persona es su única fuente de ingresos, no va a cerrar y se va a quedar haciendo nada, va a seguir operando pero no va a pagar impuesto, y volvemos al circulo vicioso de la autoridad... Aqui es importante que nosotros como Contadores, pongamos el panorama completo a los empresarios-comerciantes, que no son tontos, y ellos lo van a entender y saber que medidas tomar para poder sobrellevarlos, que hay que recordar que esta nueva reforma viene con mas carga administrativa que impositiva, que la de 2008 o por lo menos asi lo siento yo. Pero coincido en que la autoridad quiere estar en la posición de tener todo el poder para fiscalizar, no me sorprendería que en un futuro no muy lejano, subcontrate las revisiones a despacho, si no es que ya lo este haciendo, porque es demasiada la información que pretende procesar y revisar en su caso. Hay que recordar que eso es lo bonito de nuestra profesión, tanta actualización y tanta cosa nueva, siempre hay algo que estudiar.
Tópico: IMPORTACION
Alan_h14

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 07, 2014 11:28:40 Asunto: Re: IMPORTACION
No soy experto en la materia ni mucho menos, pero te digo lo que se par que te ubiques, a lo mejor algún otro forista complementa. -Te tienes que dar de alta, o no se si ya estés, como persona moral o con activad empresarial y profesional, para que te puedas dar de alta en el padrón de importadores - Como vas a importar mercancías para venderlas en territorio nacional, es obligación darte de alta en este padrón que te comento, y no perderlo o que te lo suspendan, ya que si lo pierdes o te lo suspenden dejas de importar, creo que una de las principales causales de suspensión es no estar al corriente en las obligaciones fiscales así que ojo - Dependiendo la mercancía que es, en aduanas te deben de 'cobrar' los impuestos y demás cosas que ellos cobran, lo mas probable es que tengas que hacer esta importación a través de una comercializadora, así que ellos te harán el tramite en aduana pero el SAT es el que te cobra impuestos, IVA, DTA o no recuerdo como se llama, y demás - Ya pagado todo esto, te expiden tu pedimento de importación, que es como la factura, donde viene consignado el valor de la mercancía según su invoice, y los impuestos que pagaste, ya con esto puede vender tu mercancía en territorio nacional de manera legal, y acumular ingresos como te corresponda, según seas persona física o persona moral Aquí la observación que te hago, es que a reserva lo que diga algún otro forista con mas experiencia, se que las mercancías chinas tienen un arancel muy alto, por lo que probablemente la importación te salga cara, esto lo hace la autoridad para que, precisamente, no compren los comerciantes cosas chinas y las compren aquí, así que a lo mejor hasta no te conviene estar importando cosas chinas, pero checale... Saludos! [i]Editado: Julio 07, 2014 11:29:40[/i]
Tópico: nominas electronicas salario base cotizacion y salario integrado
Alan_h14

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 03, 2014 19:48:27 Asunto: Re: nominas electronicas salario base cotizacion y salario integrado
'El del IMSS' es el salario diario integrado o salario base de cotizacion cualquiera de los dos titulos es correcto. Y en cuanto a presentacion en nomina, pues varia, puedes o no dejar el salario diario integrado, depende de ti, creo que no existe un criterio que te obligue a poner los dos, pero si los tiene, pues que mejor. Saludos!
Tópico: Proceder con comprobante fiscal de freelancer extranjero
Alan_h14

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 03, 2014 14:09:15 Asunto: Re: Proceder con comprobante fiscal de freelancer extranjero
Es tan interesante y complejo nuestro sistema tributario que me da asco. Compañera, marasacp, si entiendo lo que dice y por donde va. Pero imagínese, en la practica, estarle preguntando a la empresa si tiene o no establecimiento permanente en Mexico si aplica tratados internacionales, a ti que te importa te va a decir, raya en lo estúpido las disposiciones del SAT. Luis, te comento que pregunte al SAT (muchas veces es el camino mas facil) y me dicen dos cosas: 1.- Es deducible siempre y cuando tenga nombre, domicilio, rfc tuyo, y el nombre, domicilio de la persona, lo que sea equivalente al RFC para ellos (llamese ID fiscal o algun otro) y que venga lo que pagas y consigando en numero y letra. 2.- Me dijeron que tienes que realizar la importación del servicio, porque estas personas te van a estar mandando el trabajo, digamos por correo electrónico, y que por estar en México tienes que realizar una importación del servicio y aqui entraria un poco lo que comenta marasacp de la doble tributacion y fregadera y media. Me convence la 1, pero al decirme la 2 te dejan con dudas. A ver si alguien que ya haya pasado por esto comenta algo mas. Saludos!

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