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02/Jul/14 20:04
Proceder con comprobante fiscal de freelancer extranjero

Buenas tardes,

Para un proyecto requiero de los servicios de un programador de la India el cual contacté a través de elance.com . Me ofrece emitirme un 'invoice' por su trabajo pero no tengo conocimiento acerca de su validez en México. Soy persona física con actividad empresarial, cuando declare mis ingresos esta factura emitida por el freelancer es valida como costo? es deducible? Debería de cambiar mi regimen para no tener mayores problemas con ella?

Les agradezco mucho su ayuda, nunca había contratado servicios extranjeros. Saludos.
 
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luisvzz
Soldado

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02/Jul/14 22:20
Re: Proceder con comprobante fiscal de freelancer extranjero

si, claro que es valido, solo tiene que poner tus datos fiscales en el invoice, sino el comercio internacional seria imposible, por aqui mismo, se ha tratado este tema con anterioridad, con tanta complejidad y burocracia fiscal mexicana, se entorpecen los negocios, tan facil que es un ticket de gastos, o invoice y ya, no pueden obligar a los extranjeros a seguir las normas de 'deducibilidad' mexicanas.
 
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jmcescam
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03/Jul/14 08:05
Perdón Post equivocado

Perdón Post equivocado

Editado: Julio 03, 2014 08:14:16
 
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martillo
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03/Jul/14 11:32
Re: Proceder con comprobante fiscal de freelancer extranjero

Pienso que como 'costo' no, pero si como un gasto inherente a tu actividad (tampoco especificas mucho que es lo que haces), pero como comentan, págalo con tu tarjeta o con transferencia de tus cuentas para que se vea el movimiento, y coméntale a esta persona que ponga tu dirección, nombre y rfc en el invoice.
 
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Alan_h14
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03/Jul/14 11:46
Re: Proceder con comprobante fiscal de freelancer extranjero

jmcescam: si, claro que es valido, solo tiene que poner tus datos fiscales en el invoice, sino el comercio internacional seria imposible, por aqui mismo, se ha tratado este tema con anterioridad, con tanta complejidad y burocracia fiscal mexicana, se entorpecen los negocios, tan facil que es un ticket de gastos, o invoice y ya, no pueden obligar a los extranjeros a seguir las normas de 'deducibilidad' mexicanas.


Muchas gracias, tienes mucha razón, lo que sucede es que ofrezco servicios de consultoría en TI y desarrollo web. Empecé a trabajar en ello saliendo de la universidad y hasta hace unas semanas estuve operando sin darme de alta en el SAT. Me di de alta en Hacienda y necesito contratar los servicios de un programador de aplicación de la India o uno de Serbia y no se bien como procedería con las facturas de ellos, sin embargo tu respuesta me ayudo bastante. Te lo agradezco mucho :D
 
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luisvzz
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03/Jul/14 12:02
Re: Proceder con comprobante fiscal de freelancer extranjero

Alan_h14: Pienso que como 'costo' no, pero si como un gasto inherente a tu actividad (tampoco especificas mucho que es lo que haces), pero como comentan, págalo con tu tarjeta o con transferencia de tus cuentas para que se vea el movimiento, y coméntale a esta persona que ponga tu dirección, nombre y rfc en el invoice.


Alan, muchas gracias por responder, apenas empece a trabajar hace unos meses como consultor en TI, un cliente importante me podio desarrollar un proyecto y estoy buscando a programadores que me ayuden y los cuales en gran parte son de India, Servia y Pakistan. Quedé de entregar una cotización la próxima semana y me estaba matando esa duda para poder ajustar mi presupuesto final. El pago seria por tarjeta a la empresa Elance.com y ella le entregaría el monto descontando su comisión al programador que yo elija. No crees que haya problema con el SAT si el movimiento es para una empresa estadounidense y el invoice proviene del medio oriente?
 
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luisvzz
Soldado

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03/Jul/14 12:55
Re: Proceder con comprobante fiscal de freelancer extranjero

Tienes que verificar el concepto que estas pagando pues al ser un pago al extranjero, el extranjero está obligado al pago del impuesto sobre la renta por los ingresos obtenidos en territorio nacional. Verifica si es pago por honorarios (art 156 LISR) o asistencia técnica (art 167) y si hay tratado para evitar la doble imposición con el país donde reside quien te va a prestar el servicio, ya que es probable que pueda haber una tasa menor.

Saludos
 
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marasacp
Capitán Segundo

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03/Jul/14 13:04
Re: Proceder con comprobante fiscal de freelancer extranjero

marasacp, creo que esta confundiendo peras con manzanas, el compañero solo pregunto en pocas palabras si un gasto realizado en el extranjero es deducible o no.

Usted se esta yendo a tratados para evitar la doble tributacion que para el caso de nuestro compañero, no le interesan porque el no va a ser la persona que reciba dinero, el solo lo va a pagar.

Saludos!
 
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Alan_h14
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03/Jul/14 13:51
Re: Proceder con comprobante fiscal de freelancer extranjero

Mmm, no creo estar confundiendo peras con manzanas.
El está pagando un honorario o asistencia técnica u otro concepto.
La persona del extranjero esta recibiendo un ingreso de fuente de riqueza en territorio nacional

La persona del extranjero (sin establecimiento permanente) está obligada al pago del ISR por los ingresos que reciba de fuente ubicada en territorio nacional.

Art. 156 LISR tercer párrafo (honorarios)
El impuesto se determinará aplicando la tasa del 25% sobre el total del ingreso obtenido, sin deducción alguna, debiendo efectuar la retención del impuesto la persona que haga los pagos si es residente en el país o residente en el extranjero con un establecimiento permanente en México con el que se relacione el servicio

Art. 167 LISR penúltimo párrafo (regalías y asistencia técnica)
Las personas que deban hacer pagos por los conceptos indicados en este artículo están obligadas a efectuar la retención que corresponda.


Bien sabemos que si no cumples con alguna de las obligaciones establecidas en las disposiciones fiscales, la erogación que realices será no deducible, no importando cual de las obligaciones no cumplas

Saludos
 
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marasacp
Capitán Segundo

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03/Jul/14 14:09
Re: Proceder con comprobante fiscal de freelancer extranjero

Es tan interesante y complejo nuestro sistema tributario que me da asco.

Compañera, marasacp, si entiendo lo que dice y por donde va.

Pero imagínese, en la practica, estarle preguntando a la empresa si tiene o no establecimiento permanente en Mexico si aplica tratados internacionales, a ti que te importa te va a decir, raya en lo estúpido las disposiciones del SAT.

Luis, te comento que pregunte al SAT (muchas veces es el camino mas facil) y me dicen dos cosas:

1.- Es deducible siempre y cuando tenga nombre, domicilio, rfc tuyo, y el nombre, domicilio de la persona, lo que sea equivalente al RFC para ellos (llamese ID fiscal o algun otro) y que venga lo que pagas y consigando en numero y letra.

2.- Me dijeron que tienes que realizar la importación del servicio, porque estas personas te van a estar mandando el trabajo, digamos por correo electrónico, y que por estar en México tienes que realizar una importación del servicio y aqui entraria un poco lo que comenta marasacp de la doble tributacion y fregadera y media.

Me convence la 1, pero al decirme la 2 te dejan con dudas.

A ver si alguien que ya haya pasado por esto comenta algo mas.

Saludos!
 
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Alan_h14
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