07/Jul/14 18:16
Re: Movimientos al R.F.C. ante el SAT y ante el Estado?
Mis estimados colegas, gracias por las respuestas, pero no es lo que busco, vuelvo a repetir, yo pienso que me mal explique.
Aquí en Baja California (no se en las demás entidades federativas) hasta 2013, no se ahorita porque tengo rato que no hago tramites, cuando hacias unas modificacion al RFC ante hacienda, debías de hacerlo tambien ante el Estado, es decir....
Alta en hacienda como persona moral lista en hacienda, despues ibas con tus chivas e ibas al Estado y llenabas su formulario, con los requisitos clásicos y tu alta de hacienda, y boom! quedabas listo dado de alta en el estado. Y te quedabas con dos altas, una en Hacienda y una en el Estado.
Si esta misma persona moral, hacia un cambio de domicilio, lo hacías ante hacienda, con tus comprobantes te ibas al estado y hacías el mismo tramite solo que son sus formularios, y boom! ya habías modificado el RFC ante el SAT y ante el Estado.
Era requisito que cualquier modificación al RFC que realizaras en Hacienda, y por mas tonto que parezca, también la realizaras por separado en el Estado.
Ahora bien, la pregunta qui es, este tramite que se tenia que hacer en paralelo, se sigue teniendo que hacer, es decir, si realizo alguna modificación al RFC, después de hecho el tramite ante el SAT, tengo que acudir a Recaudación de Rentas del Estado para también hacerlo aqui? O ese paso ya no se realiza?.
Les recuerdo que se hacia en paralelo, no crean que me estoy confundiendo con la misma cosa, al final de cuentas, después de cada movimiento ante el RFC te quedabas con lo de Hacienda (que al ultimo es lo que vale) y con tu respectivo movimiento ante el Gobierno de tu Estado.
Saludos!