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Tópico: duda en los parrafos
JHSR

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 10, 2015 11:38:14 Asunto: duda en los parrafos
buen dia segun la propuesta para el 2016 Reforma al art 111 LISR VIII. Pagar el impuesto sobre la renta en los términos de esta Sección, siempre que, además de cumplir con los requisitos establecidos en ésta, presenten en forma bimestral ante el Servicio de Administración Tributaria, en la declaración a que hace referencia el párrafo sexto del artículo 111 de esta Ley, los datos de los ingresos obtenidos y las erogaciones realizadas, incluyendo las inversiones, así como la información de las operaciones con sus proveedores en el bimestre inmediato anterior. y en la ley del 2015 decia lo mismo, pero hacia referencia al quinto parrafo mi duda es : en el articulo 111 LISR Parrafo primero: Los contribuyentes PF que realizen unicamente ..... Parrafo segundo: los contribuyentes a que se refiere el parrafo anterior que inicien ..... Parrafo tercer: Tambien podran aplicar la opcion establecida ..... Cuarto parrafo: No podran pagar el impuesto en los terminos.... Quinto parrafo: los contribuyentes a que se refiere este articulo, ..... Sexto parrafo: cuando los ingresos percibidos ..... Diganme si estoy en lo correcto, segun yo las fracciones no se consideran un parrafo, es decir las fracciones son el cuarto parrafo de ese articulo. Entonces la redaccion para 2016 deberia de decir QUINTO PARRAFO Y NO SEXTO PARRAFO ??? Gracias por sus comentarios
Tópico: donde dice ...
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 08, 2015 14:17:07 Asunto: Re: donde dice ...
'Entonces si no es un VALE DE DESPENSA, es solo despensa en efectivo es deducible para el patron RESPUESTA: NO ES DEDUCIBLE PARA ISR' , Porque no es deducible para ISR, yo como patron?¿; al trabajador se lo estoy acumulando, es ingreso gravado para el, mi opinion es que al ser gravado para el trabajador, yo si lo podria deducir al 100% y aunque sea despensa, no seria como tal un vale de despensa que si me obliga a pagar por monedero electronico, y de ser asi, entonces seria ingreso exento del trabajador 'no acumula para IMSS (tope). RESPUESTA: NO INTEGRA PARA EL TRABAJADOR ( ART. 27 LSS )', segun el 27 seria la despensa en efectivo como en especie, aqui si estoy de acuerdo con usted. Que opina?¿ Gracias por su tiempo y sus respuestas
Tópico: donde dice ...
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 08, 2015 12:03:41 Asunto: Re: donde dice ...
ARt. 27 Fracc XI.... Tratandose de VALES DE DESPENSA otorgados a los trabajadores, seran deducibles siempre que su entrega se realize atraves de los monederos electronicos que al efecto autorize el SAT. Entonces si no es un VALE DE DESPENSA, es solo despensa en efectivo es deducible para el patron, no acumula para IMSS (tope). Es correcta mi conclusion?¿ Por su atencion gracias
Tópico: donde dice ...
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 08, 2015 11:37:03 Asunto: donde dice ...
Buen dia Hoy me hicieron la siguiente pregunta, una empresa que paga a sus trabajadores en efectivo el concepto de despensa (no pasando el tope para IMSS), y si gravando para ISR el total, es deducible para el patron?, recuerdo que habia una regla donde se decia que la despensa pagada en efectivo no no era un vale de despensa como tal y por ende no tenia que pagarse atraves de monedero, pero no lo encuentro alguien lo tiene a la mano?¿ Por su atencion gracias
Tópico: Hasta luego, CHAVALÓN
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 21, 2014 15:05:06 Asunto: Re: Hasta luego, CHAVALÓN
Gracias Chavalon¡¡¡
Tópico: Your login has been disabled
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 21, 2014 08:44:40 Asunto: Your login has been disabled
Buen dia tengo el siguiente problema, al momento den entrar a la aplicacion para presentar la anual de un asalariado, al momento de poner la contraseña me aparece el siguiente mensaje Your login has been disabled Lo curioso es que si entro a otros servicios dentro de la misma pagina si me permite accesar Si intento entrar con la FIEL me dice Su cuenta está Bloqueada o fue dada de Baja Y si entro a otras aplicaciones con la FIEL. Gracias por sus comentarios
Tópico: automovil del 2013... en 2014 ??
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 28, 2014 15:16:27 Asunto: automovil del 2013... en 2014 ??
Buen dia mi pregunta es la siguiente en marzo del 2013 adquiri un vehiculo con monto de 150,000 para el 2014 el tope para la deduccion de automoviles es de 130,000. como procedo para determinar la depreciacion en 2014 ?? 1.- el tope no me aplica puesto que lo adquiri en 2013 y ahi el tope es de 175,000 2.- hay que topar el monto de los 130,000 y sacar una proporcion 3.- saco el saldo pendiente de depreciar y si la cantidad es mayor a 130,000 solo podre hacer deducible hasta este monto?¿ por su atencion gracias
Tópico: pm recibe dividendos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 06, 2013 12:10:57 Asunto: Re: pm recibe dividendos
La PM que distribuye el impuesto calcula y entera Utilidad 1,000 numero de socios 2 con 50% cada uno No tiene Cunfin ni CufinRe 1000 por 30% = 300 de impuesto entonces a los socios les van a dar en efectivo 350 a cada uno (700 en total) el asiento seria Bancos 350 ISR retenido 150 Otros ingresos 500 La persona que recibe el dividendo puede acreditar el ISR retenido como ISR propio y en la anual generar algun saldo a favor ??? el art 17 ultimo parrafo dice que no seran acumulables estos dividendos, entonces si no los acumulo no puedo acreditar esa retencion?? En donde esta mi error?¿ Gracias por sus comentarios
Tópico: pm recibe dividendos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 05, 2013 23:11:19 Asunto: pm recibe dividendos
Buen dia tengo una pequeña duda Una pm recibe dividendos de otra pm moral ambas residentes en mexico La pm q recibe el dividendo puede acreditar el isr retenido?? Si lo acredito entoces tengo q acumular el ingreso piramidado?? O en base al art 17 ultimo parrafo el ingreso del dividendo no se Acumula y el isr es pago definitivo??? Gracias por sus comentarios
Tópico: Obligaciones fiscales no manifestadas en declaracion del saldo a favor solicitado
JHSR

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 07, 2013 12:41:54 Asunto: Re: Obligaciones fiscales no manifestadas en declaracion del saldo a favor solicitado
Pues ni intereses, ni venta de casas habitacion, ni terrenos (bueno fuera que los tuviera¡¡) Cada año le salen a favor a esta persona, pero este 2012 si se vio muy alto las deducciones personales, (las cuales si son reales, pues le operaron a un descendiente en linea recta al nacer) Gracias por sus comentarios

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