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Tópico: Conceptos en CFDI nómina
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 28, 2014 03:04:51 Asunto: Re: Conceptos en CFDI nómina
[color=blue] ¡Holas!! Buenas noches un contribuyente que absorbe las cuotas imss de sus trabajadores; el importe de estas serán no deducibles para el; pero este concepto debe reflejarlo en el cfdi de nóminas, si es así debe aparecer como percepción y deducción al mismo tiempo ? o cual es la manera correcta de reflejarlo Gracias por su orientación Sí es la manera correcta de reflejarlo, como una percepción exenta (Art.93, Fracc.XII) y como una deducción exenta para el empleado en CFDi de Nóminas. Es decir, por un lado se lo descuentas como debe ser y por el otro lado se lo regresas como una percepción. ¡Saludos!!! Silvestre® [/color] [i]Editado: Febrero 28, 2014 03:09:32[/i]
Tópico: REGIMEN DE INCORPARACION FISCAL
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 28, 2014 02:39:08 Asunto: Re: REGIMEN DE INCORPARACION FISCAL
[color=blue] ¡Hola!! LuisGCamacho: ¿COMO REGISTRARIA EN MIS CUENTAS LOS GASTOS POR NOMINA ,VACACIONES O ALGUNA LIQUIDACION Y PAGOS DE IMSS ,RCV Y 5% INFONAVIT ? En el caso de la Nómina es el registro de cada Recibo de Nómina por cada empleado con base al RFC del Empleado y los Conceptos Generales Pago Nómina, Pago Vacaciones, Pago Liquitación y Total, El Caso de Pago de IMSS,RCV y 5% Infonavit es más dificil, podrías usar el RFC del IMSS IMS421231I45 y ponerle pago del SIPARE del mes o bimestre, ya que, hasta después del 1ero.de Julio van a tener CFDi las distintas autoridades y dependencias se dieron una prórroga para darte la factura de electrónica por el Recibo de Cuotas y Aportaciones. ¡Saludos!!! Silvestre® [/color]
Tópico: NOMIN CFDI
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 27, 2014 14:48:48 Asunto: Re: NOMIN CFDI
[color=blue] ¡Hola!! Anaili: Ya te hiciste pelotas con la publicación de Fiscalia y las preguntas del CFDi Nóminas del SAT, mira: Salario Diario Base de Cotización y Aportaciones: Es el Salario Diario para efectos del IMSS, INFONAVIT, SAT, etc, desde hace 41 años aproxidamente. El Salario base de cotización, [i]conocido en la Ley anterior de 1973 como Salario diario integrado, es utilizado en México por el Instituto Mexicano del Seguro Social, para determinar las cuotas obrero patronales, mensuales y bimestrales que se pagan bajo el régimen obligatorio[/i], al amparo de la nueva Ley del Seguro Social, promulgada en julio 1997. Se calcula a partir de una serie de criterios establecidos en el segundo capítulo de la Ley del Seguro Social y tomando en cuenta los días del mes natural. Entonces, significa, que el problema es de conceptos, que estamos usando términos muy antiguos, este es un ejemplo, y otro obvio, creo para tí, es el Famoso ISPT, que estuvo vigente en la Ley de ISR de 1990, o sea, hace 24 años que no existe, su nombre es ISR Retenido por Sueldos hoy en día. Etc, Etc. Etc. En fin, el problema esta en el mal uso de los términos, muchos por culpa de la autoridad, ejemplo: Firma Electrónica Avanzada, siglas FEA, y el SAT dice de manera bonita, TU FIRMA, luego, lo cambia por TU FIEL, ahora solo FIEL. Pero, porque, porque la FEA es el única FIEL. Otro, Registro Fiscal = Tus Cuentas, etc, etc. así nacen los sobre nombres, pués, pero no te fijes. Debes tener especial cuidado en el manejo de los términos correctos a la hora de hacer el CFDi Nómina. ¡Saludos!!! Silvestre® [/color]
Tópico: facturacion despues del 28 de febrero 2014
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 26, 2014 03:49:02 Asunto: Re: facturacion despues del 28 de febrero 2014
[color=blue] ¡Hola!! Estoy complementamente de acuerdo con el Sr. Mario Ortiz. Solo quiero agregar que no es posible tecnicamenta hablando la facturación para después del 28 febrero 2014. Asi que, no te esperes para las últimas horas del día 28 de Febrero. Estamos hablando de la Facturación de Operaciones con el Público en General del RIF, por supuesto. ¡Saludos!!! Silvestre® [/color]
Tópico: CANCELACION CFDI NOMINAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 25, 2014 13:59:13 Asunto: Re: CANCELACION CFDI NOMINAS
[color=blue] ¡Hola!!! Sí, se pueden cancelar los CFDi de Nóminas, yo he cancelado directamente por medio de mi Pac. Solo tienes que esperar algunas horas en mi caso 4hrs. pero algunos Proveedores Auxiliares de Facturación te piden 72 hrs, y otros más, siguen un procedimiento especial, te dan otra contraseña para Cancelar CFDi, pero en fin, de cualquier manera, lo puedes cancelar en la Página del SAT por medio de la Fiel, solo hay que esperar que sean localizables, no te preocupes, haz los correctos y deja pasar algunos días para que los canceles directamente en SAT. ¡Saludos!!! Silvestre® [/color]
Tópico: Titulo Profesional en RIF
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 24, 2014 13:32:12 Asunto: Re: Titulo Profesional en RIF
[color=blue] ¡Hola!!! Solo por citar algunos artículo de la mencionada Ley, arriba citada por la colega: lgbeltran Artículo 62. El hecho de que alguna persona se atribuya el carácter de profesionista sin tener título legal o ejerza los actos propios de la profesión, se castigará con la sanción que establece el artículo 250 del Código Penal Vigente, a excepción de los gestores señalados en artículo 26 de esta Ley. Artículo 250 del Código Penal Vigente. Usurpación de profesión. Se sancionará con prisión de uno a seis años y multa de cien a trescientos días a quien: II.- Al que sin tener título profesional o autorización para ejercer alguna profesión reglamentada, expedidas por autoridades u organismos legalmente capacitados para ello, conforme a las disposiciones reglamentarias del artículo 5 constitucional. a).-SE ATRIBUYA EL CARACTER DE PROFESIONITA. b).-REALICE ACTOS PROPIOS DE UNA ACTIVIDAD PROFESIONAL, con excepción de lo previsto en el 3er. párrafo del artículo 26 de la Ley Reglamentaria de los artículos 26 de la Ley Reglamentaria de los artículos 4o. y 5o. Constitucionales. c).-OFREZCA PUBLICAMENTE SUS SERVICIOS COMO PROFESIONISTA. d).-Use un título o autorización para ejercer alguna actividad profesional sin tener derecho a ello. e).-Con objeto de lucrar, se una a profesionistas legalmente autorizados con fines de ejercicio profesional o administre alguna asociación profesional. La salida para algunos, ja ja ja. Artículo 68.-La persona que ejerza alguna profesión que requiera título para su ejercicio, sin la correspondiente cédula o autorización, NO TENDRA DERECHO A COBRAR HONORARIOS. Regresando al Tema del RIF, creo que sí, como mencionas LgBeltran, es injusto, muy injusto que no paguen ISR al 100% estos contribuyentes. ¡Saludos!!! Silvestre® [/color] [i]Editado: Febrero 24, 2014 13:33:26[/i]
Tópico: Declaraciones por corrección de datos, vigente o solo por el sistema de declaraciones y pagos?
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 24, 2014 00:07:01 Asunto: Re: Declaraciones por corrección de datos, vigente o solo por el sistema de declaraciones y pagos?
[color=blue] ¡Hola!! Sí, se puede utilizar, todavía, adjunto liga: https://www.correccion.sat.gob.mx/CORRECCIONINTERNET/CORRECCIONES.ASP ¡Saludos!!! Silvestre® [/color]
Tópico: AYUDA PROGRAMA DIMM2014
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 23, 2014 04:07:04 Asunto: Re: AYUDA PROGRAMA DIMM2014
[color=blue] ¡Hola!!! Cone34: Hace años tuvimos problemas con DIMM, puedes ver mis comentarios aquí: http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=26272&idCat=10&p=1#146789 Hoy creo, y sigo creyendo, que es el Crystal Report que no puede abrir correctamente los archivos de reportes en misma locación de las bases de datos por un error de instalación o que algun programa como por ejemplo el SUA este cambiando los caminos, así como, los Sistemas de Operativos Windows a 64bits pueden causar la falla algunas veces. Por lo que, te recomiendo que instales del DIMM2014 en otra PC con Windows a 32 bits. ¡Saludos!!! Silvestre® [/color]
Tópico: ¿Es obligatorio utilizar el sistema mis cuenta para Registro contable?
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 22, 2014 16:17:04 Asunto: Re: ¿Es obligatorio utilizar el sistema mis cuenta para Registro contable?
[color=blue] ¡Hola!!! Así es, todos los demás contribuyentes personas físicas tienen la opción de usar el Sistema de Registro Fiscal 'Mis Cuentas', con excepcion de los Contribuyentes del R.I.F. ¡Saludos!!! Silvestre® [/color]
Tópico: Las cuotas del imss pagadas por el patrón ya no serán deducibles?? fundamento legal
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 22, 2014 04:12:30 Asunto: Re: Las cuotas del imss pagadas por el patrón ya no serán deducibles?? fundamento legal
[color=blue] ¡Hola!!! Pero, sigue siendo un concepto exento para el trabajador para efectos de ISR. Art.93 LSR2014: No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos: XII. La cuota de seguridad social de los trabajadores pagada por los patrones. Para tomarlo en cuenta en CFDi de Nóminas. ¡Saludos!!!! Silvestre® [/color]

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