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Tópico: Pagos provisionales extraviados de 2010
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 22, 2014 17:39:12 Asunto: Re: Pagos provisionales extraviados de 2010
[color=navy] ¡Hola!!! Expediente integral, sí existe, es a través del Buzón Tributario: https://www.consulta.sat.gob.mx/tubuzon/ [url]https://www.consulta.sat.gob.mx/tubuzon/[/url] ¡Silvestre® [/color]
Tópico: como leer una ley o interpretarla
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 21, 2014 18:57:04 Asunto: Re: como leer una ley o interpretarla
[color=blue] ¡Hola!! [b]Artículo 5to. del C.F.F 2014: Las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas, así como las que fijan las infracciones y sanciones, son de aplicación estricta. Se considera que establecen cargas a los particulares las normas que se refieren al sujeto, objeto, base, tasa o tarifa. Las otras disposiciones fiscales se interpretarán aplicando cualquier método de interpretación jurídica. A falta de norma fiscal expresa, se aplicarán supletoriamente las disposiciones del derecho federal común cuando su aplicación no sea contraria a la naturaleza propia del derecho fiscal.[/b] [b]En segundo lugar,[/b] que NO SE DEFINE LO QUE DEBA ENTENDERSE POR DERECHO FEDERAL COMUN, pese a que los tratadistas discrepen tanto en torno a su integración como tal: unos sólo toman al derecho civil, otros le añaden el penal, otros adicionan al mercantil, otros más al laboral, y casi todos consideran incluido, de cualquier modo, al procesal, de tal suerte que la interpretación misma se complica en la medida en que la indefinición e incertidumbre se agravan y constituye otro privilegio en favor del Estado. Acabo de conocer otro método de interpretación y aplicación, y es a [b]PERIODICAZOS como a los perros. [/b] ¡Saludos!!! Silvestre® [/color]
Tópico: SIPARE XML !!!
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 19, 2014 20:18:48 Asunto: SIPARE XML !!!
[color=blue] ¡Hola a Todos!!! Que creen me llegó mi primer Factura Electrónica de IMSS, estoy emocionado y muy contento. El PAC que Certificó es SAT970701NN7, lo que significa que: EL CFDi del IMSS fue sellado, timbrado o certificado por el portal Gratuito del SAT. Puede ver que utilizó el Certificado de Sello Digital válido del 27/06/2014 00:09:40 al 27/06/2018 00:09:40, la última adquisición al día de hoy de CSD del IMSS, de los 21 CSD que tiene vigentes. 00001000000304541622 Solo quiero indicar que lo solicite en el SIPARE por medio Internet explorer y Firefox Mozilla y me llegó al Repositorio Fiscal de Facturas Recibidas del SAT, por la Cuotas IMSS y el RCV del mes de Junio de 2014. ¡Saludos a Todos!! Silvestre® [/color]
Tópico: CFDI A CONTABILIZAR
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 19, 2014 15:00:22 Asunto: Re: CFDI A CONTABILIZAR
[color=blue] ¡Hola!!! Primero que los programas de Contabilidad Electrónica no están listos. Se piensa que estarán listos para las primeras semanas de Septiembre 2014. De que va a hacer posible cumplir con todo y de una manera fácil y sencilla, todos los desarrolladores de software aseguran que sí y dicen tenerlo ya a medias. Segundo hay un problema con la localización del XSD del esquema de validación del XML de Contabilidad Electrónica que el SAT esta resolviendo. Lo expuesto, como primero y segundo, no va ser pretexto para no cumplir con la primera parte de la Contabilidad Electrónica en el mes de Octubre 2014, ya que, de manera emergente van a aparecer programitas que a partir de su Catálogo y Balanza de Comprobación en Excel a Texto ini y te hagan el XML para su envió al SAT. Por último, creo que se puede ir avanzando viendo como se va asociar el Plan Unico de Cuentas Fiscal del Anexo 24 con el Catálogo de Cuentas del Contribuyente de manera externa a cualquier programa y almacenar de manera ordenada por fecha de emisión y RFC los XML Recibidos y Emitidos con sus respectivos PDF en una Carpeta Electrónica sino lo tenemos hecho. Se me olvidaba, depurando la Balanza de Comprobación al 30 de Junio de 2014, para no enviar basura al Buzón Tributario. Configurar el Buzón Tributario con el área +52 y ver si no saltan algunos sapos y ranas, etc. ¡Saludos!!! Silvestre® [/color] [i]Editado: Julio 19, 2014 19:22:40[/i]
Tópico: Vacaciones por dias
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 18, 2014 17:05:28 Asunto: Re: Vacaciones por dias
[color=blue]¡Hola!! [quote] Tengo una duda con respecto a un empleado que labora 3 días a la semana (martes, jueves y sábado) [b]es un guardia de seguridad, pero se le paga la semana completa.[/b] La semana pasada cumplió su primer año de servicios y quiere tomar vacaciones, pero mi duda es cuantos días puede descansar? No estoy segura si son 6 días como marca la ley o mas o menos y si debe tomarlos de forma continua de lunes a sábado o únicamente tomar los 3 días de una semana y los 3 de otra semana para que sumen los 6 días. Me pueden apoyar con esta duda por favor? Gracias de antemano. Saludos! :confused[/quote] Debe pagarle a su guardia de seguridad [b]las vacaciones completas[/b] son 6 días laborables como marca la Ley, es decir, 7 días naturales no se presentará a trabajar su guardia estará disfrutando su descanso por vacaciones, porque usted le pagará 6 días laborables y el 25% de prima vacacional, por lo menos. De común acuerdo, puede hacer lo que dice: 'tomar los 3 días de una semana y los 3 de otra semana para que sumen los 6 días'. ¡Saludos!!! Silvestre® [/color] [i]Editado: Julio 18, 2014 17:16:47[/i]
Tópico: CONTABILIDAD PERSONA FISICA ACTIVIDAD EMPRESARIAL MENOR A DOS MILLONES
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 18, 2014 14:40:18 Asunto: Re: CONTABILIDAD PERSONA FISICA ACTIVIDAD EMPRESARIAL MENOR A DOS MILLONES
[color=blue] ¡Hola a Todos!! El Régimen de las Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales se encuentra en la Sección I del Capítulo II de los Ingresos por Actividades Empresariales y Profesionales del Título IV de las Personas Físicas, dicha Sección I comprende los artículos 100 a 110 y la la Sección II del Régimen de Incorporación Fiscal comprende los artículos 111 a 113. [b]Mencionó lo anterior[u] para indicar que la fracción II del Artículo 110 se encuentra concatenado con las fracciones III y IV del artículo 112 de la Ley del Impuesto sobre la Renta 2014.[/u][/b] Veamos: Fracción II del Artículo 110: Llevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento,[b] tratándose de personas físicas cuyos ingresos del ejercicio de que se trate no excedan de dos millones de pesos, llevarán su contabilidad y expedirán sus comprobantes en los términos de las fracciones III y IV del artículo 112 de esta Ley[/b]. Veamos: Artículo 112 Fracción: III. [b]Registrar en los medios o sistemas electrónicos a que se refiere el artículo 28 del Código Fiscal de la Federación, los ingresos, egresos, inversiones y deducciones del ejercicio correspondiente[/b]. IV. Entregar a sus clientes comprobantes fiscales. [b]Para estos efectos los contribuyentes podrán expedir dichos comprobantes utilizando la herramienta electrónica de servicio de generación gratuita de factura electrónica[/b] que se encuentra en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria. [b]Conclusión[/b]: Todas las personas físicas con Actividades Empresariales y Profesionales con ingresos inferiores a dos millones de pesos moneda nacional de curso legal en México están obligados a utilizar Mis Cuentas para llevar su Contabilidad Electrónica a partir de Enero de 2015. Así como, las Personas Físicas del Régimen de Incorporación Fiscal tienen la obligación de utilizar la herramienta electrónica del Sistema de Registro Fiscal 'Mis Cuentas' desde el 1 de Enero de 2014. ¡Saludos!!! Silvestre® [/color] [i]Editado: Julio 18, 2014 14:44:24[/i]
Tópico: CONTABILIDAD PERSONA FISICA ACTIVIDAD EMPRESARIAL MENOR A DOS MILLONES
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 17, 2014 21:53:23 Asunto: Re: CONTABILIDAD PERSONA FISICA ACTIVIDAD EMPRESARIAL MENOR A DOS MILLONES
[color=blue] ¡Hola!! Tu tienes la solución y es[u] no declarar dichos comprobantes fiscales digitales como deducibles.[/u] En caso, de una revisión le indicarías a la autoridad tales folios fiscales (UUID) no son deducibles y por eso, no los estoy declarando. ¡Saludos!!! Silvestre® [/color]
Tópico: CFDI A CONTABILIZAR
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 17, 2014 18:59:37 Asunto: Re: CFDI A CONTABILIZAR
[color=blue] ¡Hola!!! Sí, puedes a hacer algo, hablar con tus proveedores del sistema de contabilidad electrónica para que te hagan esas tareas de manera automática. ¡Saludos!!! Silvestre® [/color]
Tópico: CONTABILIDAD PERSONA FISICA ACTIVIDAD EMPRESARIAL MENOR A DOS MILLONES
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 17, 2014 18:40:10 Asunto: Re: CONTABILIDAD PERSONA FISICA ACTIVIDAD EMPRESARIAL MENOR A DOS MILLONES
[color=blue]¡Hola!! RESPECTO A LA CONTABILIDAD QUE DEBEN DE LLEVAR LAS PERSONAS FISICAS CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL CON INGRESOS MENORES A DOS MILLONES, TENDRIA QUE SER POR MEDIO DE EL PROGRAMA DE 'MIS CUENTAS', AHORA BIEN A PARTIR DE CUANDO SE TIENE QUE HACER DICHO REGISTRO DE ENERO Y SI SON PERSONAS QUE RECIBEN CFDI LO JALA AUTOMATICO. ¡Saludos!!! Silvestre®[/color] [i]Editado: Julio 17, 2014 18:41:05[/i]
Tópico: DEDUCCION DE EQUIPO DE TRABAJO
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 15, 2014 02:16:33 Asunto: Re: DEDUCCION DE EQUIPO DE TRABAJO
[color=blue] ¡Hola!!! Para enfocarnos ¿Qué Vida Util tiene el Camión de Volteo? ¡Saludos!!! Silvestre® [/color]

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