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Tópico: Programa electrónico para la PRIMA DE RIESGO (ANUAL)
Silvestre

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 08, 2015 19:17:10 Asunto: Re: Programa electrónico para la PRIMA DE RIESGO (ANUAL)
[color=navy] ¡Hola!!! Estimada: La Declaración Anual de Riesgo de Trabajo se puede presentar de dos formas: AA) DAP SUA, el mismo del año pasado. El aplicativo eléctrico es el SUA para Windows versión 3.4.4. cuyo producto el Archivo.DAP es enviado por la página del IDSE en el apartado DAPSUA. BB) DAP WEB, el nuevo ahora en 2015. Es para hacer el Archivo.DAP a través de la Web del IMSS, ( ya no a través de un archivo en Excel) y entregalo de manera presencial ante el oficina del IMSS. En caso, de duda en la página del IMSS están ambos Manuales explicativos. ¡Saludos!!!! Silvestre® [/color] [i]Editado: Febrero 08, 2015 19:30:42[/i]
Tópico: TOTAL DE INGRESOS O INGRESOS ACUMULABLES
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 06, 2015 23:24:38 Asunto: Re: TOTAL DE INGRESOS O INGRESOS ACUMULABLES
¡Hola!!! :smile: Me quedó con esto: [quote]El fundamento legal es el [b]Artículo 101[/b] primer párrafo de la[b] Ley del Impuesto Sobre la Renta[/b], que nos indica los ingresos acumulables son todos aquellos ingresos propios de la actividad económica. Guadalupe Fernández (17:12): En cuánto al aplicativo, en declarasat, hace mencion de los ingresos propios de la actividad y de los demas ingresos.[/quote] Muchas gracias . . . ¡Saludos!! Silvestre®
Tópico: TIMBRE MIS CFDI DE NOMINA PERO NO DESGLOSE LA PARTE EXENTA
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 06, 2015 13:31:19 Asunto: Re: TIMBRE MIS CFDI DE NOMINA PERO NO DESGLOSE LA PARTE EXENTA
[color=blue] ¡Hola!!! En mi opinión, yo haría la Declaración Anual de Sueldos y Salarios conforme al Documento fuente que es el XML de la Factura Electrónica de Nómina. Para hacer modificaciones y correcciones a las Facturas de Nómina el tiempo ya venció el 31 de Enero de 2015. ¡Saludos!!! Silvestre® [/color]
Tópico: ingreso al RIF
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 31, 2015 22:03:45 Asunto: Re: ingreso al RIF
[color=blue] ¡Hola!!! Berenice: No, no puede pasar al RIF, porque no REINICIO actividades en el 2014, ya que, nunca se dió en Suspensión de Actividades como tu lo mencionas. Y el otro supuesto, tampoco aplica, pués no inicio actividades en 2014. El 31 de Enero de 2015, se terminó el tiempo para cambiar al RIF, si hubiera estado en alguno de los dos supuestos. Por lo que, aplica lo que menciona Balerosc, ponerlo al corriente.:smile: ¡Saludos!!! Silvestre® [/color] [i]Editado: Febrero 02, 2015 03:32:58[/i]
Tópico: CONSTANCIA 37 O IMPRESION DE ANEXOS // VIGENTE PARA EL EJ 2014?
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 28, 2015 12:55:14 Asunto: Re: CONSTANCIA 37 O IMPRESION DE ANEXOS // VIGENTE PARA EL EJ 2014?
[color=blue] ¡Hola!!! [quote]Otra pregunta: En el caso de los pago por arrendamiento y honorarios que se presentan en el anexo 2 ¿también aplica la opción de generar la constancia con el DIM?[/quote] Sí, puedes utilizar el anexo 2 como Constancia de Retenciones de manera anualizada por el ejercicio de 2014. En el 2015 hay que emitir esta constancia anualizada en formato XML en el mes de enero del año inmediato siguiente a aquél en que se realizó la retención o pago, conforme a la Regla 2.7.5.4 de la Resolución Miscelánea Fiscal de 2015. [quote]Que dice que se considerará como constancia el mismo CFDI que la persona física expidió a la persona moral, puesto que ahí vienen detalladas las retenciones. Pero este artículo es del 10 de Diciembre ¿no ha cambiado esta disposición?[/quote] No ha cambiado, sigue vigente esta disposición. En el segundo párrafo de la Regla 2.7.5.4 de RMF2015 lo estipula: 'En los casos en donde se emita un comprobante fiscal por la realización de actos o actividades o por la percepción de ingresos, y se incluya en el mismo toda la información sobre las retenciones de impuestos efectuadas, los contribuyentes podrán optar por considerarlo, como el comprobante fiscal de las retenciones efectuadas.' ¡Saludos!!! Silvestre® [/color] [i]Editado: Enero 28, 2015 12:57:36[/i]
Tópico: CFDI NOMINA 2015 RIF
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 27, 2015 23:54:27 Asunto: Re: CFDI NOMINA 2015 RIF
[color=blue] ¡Hola!!!! Estimado: Anyu. [quote]1.- Un RIF tiene un empleado desde hace 15 años cuando era REPECO con prestaciones minimas cada año, ¿puede utilizar la herramienta de MIS CUENTAS para emitir las nominas del año pasado y las recientes?[/quote] Conforme al segundo párrafo de la 2.7.5.5 de la Resolución Miscelánea Fiscal de 2015 no podrás utilizar la herramienta de Factura de Nómina de Mis Cuentas. [b]La presente facilidad aplicará exclusivamente en los supuestos en los que la relación laboral correspondiente haya iniciado en el ejercicio fiscal de 2014[/b] y se otorguen los conceptos mínimos establecidos en la Ley Federal del Trabajo, para lo cual será necesario sujetarse a las políticas que estarán disponibles en la herramienta electrónica “Mis cuentas” apartado “Mi información” sección “Perfil”. [quote]2.- Si unicamente registre ingresos en MIS CUENTAS, ¿es conveniente y se pueden emitir la factura global de cada bimestre del 2014 hasta el 31 de enero de 2015? [/quote] Es muy recomendable, que guardes los registros fiscales de ingresos que hiciste en mis cuentas y muy conveniente que en el 2015 emitas mejor la factura global cada bimestre. ¡Saludos!!! Silvestre® [/color] [i]Editado: Enero 28, 2015 00:05:41[/i]
Tópico: DUDA DE FACTURACION EN MIS CUENTAS
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 23, 2015 23:59:40 Asunto: Re: DUDA DE FACTURACION EN MIS CUENTAS
[color=blue] ¡Hola!!! [quote]UNA PERSONA DEL RIF ENTIENDO ESTA OBLIGADO A USAR LA HERREMIENTA 'MIS CUENTAS' [b]PARA EFECTOS DE LLEVAR SU CONTABILIDAD ELECTRONICA[/b] Y[u] POR USAR MIS CUENTAS YO ENTIENDO, FACTURAR O EMITIR CFDI[/u] POR ESTA MISMA HERRAMIENTA DE MIS CUENTAS O ESTOY MAL?[/quote] Sí, estás mal mal. Llevar su Contabilidad no es facturar o emitir un CFDi. Llevar su Contabilidad en Mis Cuentas, es registrar sus ingresos y gastos en la herramienta Mis Cuentas en su apartado 'Contabilidad'. La respuesta a tu pregunta está en la página 25 de preguntas frecuentes. http://www.sat.gob.mx/RegimenDeIncorporacionFiscal/dctos/preguntasfrecuentes.pdf Además, conforme al segundo párrafo de la Regla 2.8.1.3 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2015, la Contabilidad Electrónica del Régimen de Incorporación Fiscal es casi automática: . . . 'Los ingresos y gastos amparados con CFDi, [b]se registrarán de forma automática[/b] en la cita aplicación, por lo que únicamente deberán capturarse aquéllos que no se encuentren sustentados en dichos comprobantes.' ¡Saludos!!!! Silvestre® [/color] [i]Editado: Enero 24, 2015 00:16:51[/i]
Tópico: IVA EN EL REGIMEN DE INCORPORACION
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 19, 2015 01:22:54 Asunto: Re: IVA EN EL REGIMEN DE INCORPORACION
[color=blue] ¡Hola!!! Sofy: Parafraseando tu escrito queda así: [quote]A[b] mí me queda claro que los que solo venden a público en general y no tuvieron ingresos mayores a 100,000 seguirán con descuento de 100% tanto en IVA como en ISR. [/b] Lo que acabo de entender es como haremos los que vendemos a público en general y aparte facturamos, en mi caso lo que facturo es exento, y lo que vendo al público en general es causante de IVA (tasa 16 y 0) ya que según se tiene la opción de pagar de acuerdo al giro. Entonces: si llevamos la opción de pagar de acuerdo al giro La factura global la hacemos sin desglosar IVA y aplicamos la tasa que corresponde al giro y además, si llevamos la opción de descontar porcentaje igual que en ISR, Por otro lado, si llegara a facturar algún producto (de 16% de IVA) ese IVA se debe enterar acreditando proporcionalmente el IVA pagado igual que anteriormente. El simulador tiene la opción para saber como será en estos casos actualmente cuenta con las opciones 2014 y 2015 solo ventas al publico en general.[/quote] En Fiscalia existe un artículo que te lo explica con manzanitas: [url]http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Informacion&sop=viewArt&id=7203&titulo=beneficios-fiscales-en-iva-y-ieps-al-rif[/url] http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Informacion&sop=viewArt&id=7203&titulo=beneficios-fiscales-en-iva-y-ieps-al-rif Comunicado de Prensa SAT: [url]http://www.sat.gob.mx/sala_prensa/comunicados_nacionales/Paginas/com2015_009.aspx[/url] http://www.sat.gob.mx/sala_prensa/comunicados_nacionales/Paginas/com2015_009.aspx [url]http://eleconomista.com.mx/finanzas-publicas/2015/01/18/sat-brinda-facilidades-no-pagar-impuestos[/url] ¡Saludos!!!! Silvestre® [/color] [i]Editado: Enero 19, 2015 02:48:14[/i]
Tópico: CONSTANCIA 37 O IMPRESION DE ANEXOS // VIGENTE PARA EL EJ 2014?
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 18, 2015 03:18:32 Asunto: Re: CONSTANCIA 37 O IMPRESION DE ANEXOS // VIGENTE PARA EL EJ 2014?
[color=blue] ¡Hola!!! Conforme a la Regla 2.8.1.11 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2015 dispone que en los términos del Artículo Noveno, fracción X de las Disposiciones Transitorias de la Ley de ISR 2014; utilizarán, la impresión de los anexos 1 que emita el programa para la presentación de la DIM y que dicho anexo 1 deberá contener sello y firma del empleador(patrón) que lo imprime. ¡Saludos!!! Silvestre® [/color] [i]Editado: Enero 18, 2015 06:53:04[/i]
Tópico: Error DYP 6 Bim RIF
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 15, 2015 20:39:04 Asunto: Re: Error DYP 6 Bim RIF
[color=blue] ¡Hola!!! Egresado2014: Te recomiendo que la hagas por el portal de 'Mis Cuentas' noo por el portal de DyP. ¡Saludos!!!! Silvestre® [/color]

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