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Tópico: DIOT RECHAZADA Porque No Existe el Concepto a que hace Referencia !!!!
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 06, 2014 02:23:31 Asunto: DIOT RECHAZADA Porque No Existe el Concepto a que hace Referencia !!!!
[color=blue] ¡Hola a Todos!!! El día de hoy, envié una Declaración Diot con la versión 1.1.4, y me fue rechazada por el siguiente motivo: [b]No existe el concepto a que hace referencia.[/b] Imagine que era por el cambio de versión. Sí, efectivamente fue por la versión de la DIOT. [b]Instalé la Nueva DIOT Versión 1.1.5 y la envié y recibí mi Acuse de Aceptación exitosamente.[/b] Pero,[u] Observe asustado[/u] que la nueva Versión DIOT tiene un nuevo campo que se llama: [u]Periodicidad[/u] y que puede ser de 5 tipos: Mensual, [u]Bimestral[/u], Trimestral, Cuatrimestral y Semestral. Asimismo, [b]observe que no tiene el ejercicio de 2016[/b]. El Susto es porque ahora sí podrían hacerse las Declaraciones Informativas de Operaciones con Terceros de Contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal. ¡Saludos a Todos!!! Silvestre® P.D.: Al momento del envió con la versión vieja no marco ningún error, fue al obtener el Acuse de Aceptación o Rechazado cuando me dí cuenta que algo andaba mal. [/color] [i]Editado: Enero 06, 2015 01:01:50[/i]
Tópico: RIF SUPERO INGRESOS
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 01, 2014 02:37:58 Asunto: Re: RIF SUPERO INGRESOS
[color=blue] ¡Hola a Todos!! Artículo 112, tercer párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta de 2014: Cuando los ingresos propios de la actividad empresarial obtenidos por el contribuyente en el periodo transcurrido desde el inicio del ejercicio y hasta el mes de que se trate, excedan de la cantidad señalada en el primer párrafo del artículo 111 ( dos millones de pesos ), el contribuyente dejará de tributar conforme a esta Sección (Régimen de Incorporación Fiscal) y deberá realizarlo en los términos de la presente Ley en el régimen correspondiente, a partir del mes siguiente a aquél en que se excedió el monto citado. (Puede ser mes par o none, dependiendo la circunstancia del caso, no es necesario que se de en mes par). ¡Saludos a Todos!!!! Silvestre® [/color]
Tópico: RECURSO MULTA DIOT
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 26, 2014 12:46:21 Asunto: Re: RECURSO MULTA DIOT
[color=blue] ¡Hola!!! Poliensa: Te llegó un multa por no presentar la DIOT, ¿De que mes y de que año? ¿De persona física o persona moral? Espero tu respuesta y muchas gracias por tu atención. ¡Saludos!!! Silvestre® [/color]
Tópico: Ccontabilidad Electronica
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 27, 2014 18:57:33 Asunto: Re: Ccontabilidad Electronica
[color=blue]¡Hola!!! Arma ndo: Una persona física con actividad empresarial y profesional (Régimen General de Ley), presenta sus pagos mensualmente a traves del pago referenciado en el sat, no declara ingresos mayores a dos millones de pesos anuales en el 2014. ¿Tengo la obligación de presentar mi contabilidad electronica? Respuesta: Sí, tienes la obligación de presentar y hacer tu contabilidad electrónica como un enano fiscal adoptado, a través de Mis Cuentas en el apartado de Contabilidad, con la única diferencia de que Declaras a través del portal del SAT como pago referenciado y no declaras a través de Mis Cuentas como pago referenciado simplificado, porque aún no tiene la opción de hacer pagos provisionales mensuales, ya que, los pagos de los enanos fiscales son definitivos. Te recordaré que los contribuyentes del régimen de incorporación fiscal (Enanos Fiscales) tienen la obligación de hacer su contabilidad electrónica desde el 01 de Enero de 2014. Los Enanos Fiscales adoptados son aquellos que optaron por llevar la contabilidad electrónica digital como los Contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal. Mi respuesta es para ambas preguntas que te haces Armando, y los fundamentos ya te los sabes muy bien. ¡Saludos!!!! Silvestre® [/color] [i]Editado: Octubre 27, 2014 19:03:39[/i]
Tópico: ¿DEBO ADECUAR MI CATÁLOGO DE CUENTAS AL DE CÓDIGOS DEL SAT?
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 23, 2014 04:03:22 Asunto: Re: ¿DEBO ADECUAR MI CATÁLOGO DE CUENTAS AL DE CÓDIGOS DEL SAT?
[color=blue]¡Hola!! Estoy de acuerdo con la opinión de marasacp. ¡ Zombies (contadores) contra Robots (SAT) . . . pero será horrible. !!! P.D: Felices fiestas de Halloween. :wink: ¡Saludos!! Silvestre®[/color] [i]Editado: Octubre 23, 2014 04:06:37[/i]
Tópico: SUSPENSIÓN DE RIF
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 23, 2014 03:26:19 Asunto: Re: SUSPENSIÓN DE RIF
[color=blue]¡Hola a Todos!!! ¿Si me doy de Baja, puedo volver al RIF? No, la LISR 2014 prohíbe esta operatoria de suspensión y rehabilitación en el mismo régimen de incorporación fiscal. Así lo indica: [b]Cuando los contribuyentes dejen de tributar conforme a esta Sección, en ningún caso podrán volver a tributar en los términos de la misma.[/b] Fundamento: Artículo 112 , cuarto párrafo. Algunas de las situaciones en las que un contribuyente deja de tributar en el RIF: I) Porque se cumplen los diez años; II) Porque rebasan sus ingresos los 2 millones de pesos; III)Porque no se presentan en los plazos establecidos las declaraciones bimestrales, dos veces en forma consecutiva en un año, o cinco veces durante los seis años que establece el artículo 111 de la LISR, que aplica a partir de 2015. IV) Se enajene la totalidad de la negociación. V) Se opte por tributar en el régimen de actividades empresariales y profesionales. VI) Cuando no reúnan los requisitos para continuar el RIF conforme a las disposiciones fiscales vigentes. VII) Cuando se deje de declarar y pagar el impuesto conforme al RIF porque suspenda actividades. VIII)Por fallecimiento de la persona física contribuyente del RIF. ¡Saludos a Todos!! Silvestre® [/color] [i]Editado: Octubre 23, 2014 03:45:28[/i]
Tópico: CÓDIGO AGRUPADOR SAT
Silvestre

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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Octubre 21, 2014 07:42:18 Asunto: Re: CÓDIGO AGRUPADOR SAT
[color=blue]¡Hola!! No se estableció multa por NO ENVIAR LA CONTABILIDAD ELECTRONICA DIGITAL, del Artículo 28, Fracción IV del Código Fiscal de la Federación, PERO el Artículo 27 de la Ley del Impuesto Sobre Renta nos establece los requisitos de Deducciones y en su fracción IV que deberán estar debidamente registradas en Contabilidad y que sean restadas una sola vez, y encadenado con el artículo 28 del Código Fiscal de la Federación que estipula como llevar debidamente la contabilidad, por lo que, si no envias la Contabilidad Electrónica Digital XML al SAT tus deducciones no cumplen el requisito de la fracción IV del artículo 27 de LISR y serán no deducibles. ¡Saludos!!! Silvestre®[/color] [i]Editado: Octubre 21, 2014 07:52:37[/i]
Tópico: CÓDIGO AGRUPADOR SAT
Silvestre

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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Octubre 18, 2014 21:42:12 Asunto: Re: CÓDIGO AGRUPADOR SAT
[color=blue]¡Hola!! De Conformidad a la fracción I, primer párrafo y quinto párrafo de la Regla I.2.8.1.6, así como, la Regla I.2.8.1.7, y Décimo Cuarto Resolutivo, de la quinta modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal de 2014, el Catálogo de Cuentas XML, el primer envió a través del Buzón Tributario de la página de internet del SAT o en caso que no tengas servicios de internet te llevarás la información electrónica contable en una memoria USB a la Administración Local de Servicios al Contribuyente para que un asesor fiscal te acompañe a la sala de internet y tu envíes la información contable a través del Buzón Tributario con tu FIEL, será entregado a la autoridad a más tardar en el mes de Enero de 2015 por las personas morales. ¡Saludos!!! Silvestre®[/color] [i]Editado: Octubre 18, 2014 21:45:21[/i]
Tópico: Error en registro de gasto en 'Mis cuentas'
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 17, 2014 12:01:21 Asunto: Re: Error en registro de gasto en 'Mis cuentas'
[color=blue]¡Hola!! Estimado: [quote]Alguien sabe que se debe hacer si en el registro de [b]un gasto dentro del sistema de 'Mis cuentas' este se ingresa doble por error[/b], ¿existe algúna forma de eliminar dicho registro duplicado? [/quote] [b]Sí, registralo como ingreso dentro del sistema de Mis cuenta[/b]s de esa manera obtienes el balance y resultado correcto. Dentro de la descripción aclaras que es por duplicidad de un gasto. ¡Saludos!!! Silvestre®[/color] [i]Editado: Octubre 17, 2014 12:01:48[/i]
Tópico: Descarga Masiva CFDi XML !!!
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 14, 2014 18:16:12 Asunto: Re: Descarga Masiva CFDi XML !!!
[color=blue]¡Hola a Todos!! Tenemos una nueva actualización de la aplicación CFDi Descarga Masiva XML con Administrador de Documentos XML Versión 1.0.0.4 Esta Versión 1.0.0.4 Te exporta a Excel el tipo de cambio y la moneda . . . [url]http://www.todocfdi.com.mx/demo/cfdidescargamasiva/index.html[/url] http://www.todocfdi.com.mx/demo/cfdidescargamasiva/index.html ¡Saludos a Todos!!! Silvestre®[/color] [i]Editado: Octubre 15, 2014 05:05:41[/i]

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