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Tópico: retencion del 6% a la persona de computo
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 04, 2020 20:34:18 Asunto: Re: retencion del 6% a la persona de computo
[color=navy]2.- Si con motivo de mis actividades empresariales como persona física, requiero el mantenimiento preventivo de mis equipos de cómputo y para ello celebro un contrato de servicios con una persona moral donde se pone a mi disposición el personal para realizar dicho mantenimiento. ¿Debo retener el 6% del IVA por dichos servicios en términos del artículo 1o-A, fracción IV, de la Ley del IVA? Respuesta [b]Sí, debe realizarse la retención ya que implica la puesta a disposición de personal cuyos servicios son aprovechados directamente por la contratante, con independencia de la denominación que se le dé a la obligación contractual, ya que dicha contratante es la beneficiaria directa del mantenimiento preventivo del equipo de cómputo.[/b] Fundamento legal: Artículo 1o-A, fracción IV de la Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente.[/color]
Tópico: SERVICIO DE VIGILANCIA APLICA RETENCION DEL 6%?
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 04, 2020 20:21:53 Asunto: Re: SERVICIO DE VIGILANCIA APLICA RETENCION DEL 6%?
[color=navy]Si, para el servicio de vigilancia se requiere de personal, entonces, sí se le retiene.[/color]
Tópico: SAT-Criterio en Materia de IVA 6% de retención
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 31, 2020 18:18:55 Asunto: Re: SAT-Criterio en Materia de IVA 6% de retención
[color=navy]¡ Hola a todos !!! Por lo anterior, cuando una persona moral del Título II o del Título III de la LISR o una persona física con actividad empresarial, en su calidad de contratante, reciba servicios en los que se ponga personal a su disposición, se entiende que habrá retención cuando las funciones de dicho personal sean aprovechados de manera directa por el contratante o por una parte relacionada de éste. La misma gata, pero revolcada. Si quien me presta el servicio contratado lo hace el mismo sin utilizar a una segunda persona sea esta trabajador o sea novio, o sea familiar o sea cuñado o sea vecino o sea lo que sea. Es decir, me presta el servicio de manera individual, sin personal , ya que personal se entiende son más de una persona, entonces, lo le voy a retener nada. Le toca demostrar al prestador del servicio contratado que no necesita la ayuda de nadie para realizar el trabajo encomendado. Sino me convence, pués le hago la retención del IVA por si las moscas. ¡ Saludos !!! Silvestre®[/color] [i]Editado: Enero 31, 2020 18:33:14[/i]
Tópico: Tasa de retención del 3% de IVA en subcontratación laboral !!!
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 03, 2020 15:41:54 Asunto: Tasa de retención del 3% de IVA en subcontratación laboral !!!
[color=navy]¡ Hola a Todos !!! Para efectos de los artículos Décimo Primero del Decreto a que se refiere este Capítulo y 1-A, fracción IV de la Ley del IVA, las personas físicas o morales con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios a que se refiere la fracción anteriormente citada, podrán optar por efectuar dicha retención por el 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada, según Regla 11.4.18 de RMF2020. ¡Saludos a Todos !!!! [/color] Silvestre®
Tópico: Solicitud de renovación al Padrón de beneficiarios del estímulo para la RFN !!!
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 03, 2020 15:37:58 Asunto: Solicitud de renovación al Padrón de beneficiarios del estímulo para la RFN !!!
[color=navy]¡ Hola a todos !!!! Solicitud de renovación al “Padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”, en materia del ISR según regla 11.4.16 de RMF2020. Pero, en materia de IVA no hay nada. ¡Saludos a todos !!! Silvestre®[/color] [i]Editado: Enero 03, 2020 15:42:46[/i]
Tópico: ¡ Que tengan un muy Feliz año 2020 !!!
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 01, 2020 14:59:29 Asunto: ¡ Que tengan un muy Feliz año 2020 !!!
[b]Les deseo: ¡ Que en este 2020 estemos alineados con los elementos y seamos una mejor versión de nosotros mismos con ayuda del todopoderoso. !!![/b] Silvestre®
Tópico: Figura correcta 'renta parcela'
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 01, 2020 14:54:27 Asunto: Re: Figura correcta 'renta parcela'
[b]Me voy por: O bien, solo hacer un contrato de comodato del inmueble entre el hijo y el padre, y este último arrenda, factura, cobra y demás...[/b] En algunos Ejidos tiene prohíbido arrendar las tierras el Ejidatario conforme los estatutos del Ejido. . .
Tópico: Aclaración y normar criterio para el Portal de Prevensión de Lavado de Dinero.
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 17, 2019 01:41:41 Asunto: Re: Aclaración y normar criterio para el Portal de Prevensión de Lavado de Dinero.
[color=navy]¡ Hola!!! (Artículo 82, Fracción VII LISR: Las personas morales con fines no lucrativos a que se refieren las fracciones VI, X, XI, XII, XIX, XX y XXV del artículo 79 de esta Ley, deberán cumplir con lo siguiente para ser consideradas como instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de esta Ley. Informar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos, que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel en el que se realice la operación, de los donativos recibidos en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos.) RECEPCIÓN DE DONATIVOS: La recepción de donativos por parte de las asociaciones y sociedades sin fines de lucro deberá ser por un valor igual o superior al equivalente a 1,605 veces el valor de la UMA Umbral de Identificación y serán objeto de aviso ante la SHCP cuando los montos de las donaciones sean por una cantidad igual o superior al equivalente a 3,210 veces el valor de la UMA (Umbral del aviso). SECRETO PROFESIONAL: El artículo 36 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5 Constitucional indica que todo profesionista estará obligado a guardar estrictamente el secreto “sobre los asuntos que le confíen sus clientes”, salvo los informes que obligatoriamente establezcan las leyes respectivas. LIMITACIÓN PARA EL DONANTE: En lo que se refiere al donante, ya sea persona física o moral, mediante una reforma al régimen de donaciones se estableció una limitación o “tope”, independientemente de los requisitos que debe cumplir para su deducibilidad: El monto total de los donativos a que se refiere esta fracción será deducible hasta por una cantidad que no exceda del 7% de la utilidad fiscal obtenida por el contribuyente en el ejercicio inmediato anterior a aquél en el que se efectúe su deducción. Cuando se realicen donativos a favor de la Federación, de las entidades federativas, de los municipios, o de sus organismos descentralizados, el monto deducible no podrá exceder del 4% de la utilidad fiscal a que se refiere este párrafo, sin que en ningún caso el límite de la deducción total, considerando estos donativos y los realizados a donatarias autorizadas distintas, exceda del 7% citado. Esa disposición se incorporó para desalentar las acciones que buscan disminuir el monto del pago del ISR. Así, por ejemplo, una utilidad fiscal del ejercicio fiscal 2018 por $100,000 implica que para el ejercicio 2019 tendrá como tope límite para hacer donativos que sean deducibles hasta por $7,000. ¡Saludos !!! Silvestre®[/color] [i]Editado: Diciembre 17, 2019 15:56:08[/i]
Tópico: TRABAJADORES QUE YO NO DI DE ALTA
Silvestre

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 18, 2019 16:07:03 Asunto: Re: TRABAJADORES QUE YO NO DI DE ALTA
[color=navy]¡ Hola !!! Contador: ¿ Cómo va el caso ? ¿ Con qué fecha retroactiva dieron de alta a los dos trabajadores al IMSS? ¡ Saludos !!! Silvestre®[/color]
Tópico: ¿No sirve el servicio para obtener la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales?
Silvestre

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 30, 2019 12:16:40 Asunto: Re: ¿No sirve el servicio para obtener la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales?
[color=blue]¡ Hola !!! Estimados: No dudo que no puedan obtener la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales. Pero, insisto sí se pude. En este momento, obtuve dos sin problema alguno. Una con el navegador Google Chrome y la otra Fire Fox Mozilla, Mozilla fue más rápido. ¡ Saludos !!!! Silvestre® P.D: Sí te recomiendo que pidas ayuda a la Virgencita de Guadalupe . . ..[/color] [i]Editado: Agosto 30, 2019 12:42:17[/i]

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