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Tópico: retencion total del iva por la sep
Alucard

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 18, 2004 Asunto: Re: retencion total del iva por la sep
Saludos colegas...!! En mi opinión el art 1-A y el art 3 tercer párrafo de la ley del LIVA va dirigido a las personas que retienen el IVA y no a las que lo trasladan... [i:656e928a25]"Art 1-A Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos..."[/i:656e928a25] [i:656e928a25]"Art 3... La Federación y sus organismos descentralizados efectuarán igualmente la retención en los términos del artículo 1o.-A de esta Ley cuando adquieran bienes, los usen o gocen temporalmente o reciban servicios, de personas físicas, o de residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país en el supuesto previsto en la fracción III del mismo artículo..."[/i:656e928a25] y la regla 5.1.1 va dirigida a las mismas personas: [i:656e928a25]"Para los efectos de los artículos 1o.-A, último párrafo y 3o., tercer párrafo de la Ley del IVA, las personas morales que se ubiquen en el supuesto previsto en los incisos a) y d) de la fracción II del citado artículo 1o.-A, así como la Federación y sus organismos descentralizados, efectuarán la retención de dos terceras partes del impuesto que se les traslade efectivamente pagado..."[/i:656e928a25] la SEP te puede retener el total del IVA ya que la regla como dije va dirigido a los que retienen pero al no ser obligatorias (las reglas) puede aplicarlas o no...!! O que opinan...???
Tópico: PUBLICO EN GENERAL..
Alucard

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 17, 2004 Asunto: Re: PUBLICO EN GENERAL..
Asi es Miriam pero... si no tiene el RFC como la identificas fiscalmente...? para esa identificación es el RFC, para cualquier tramite fiscal te piden el RFC ya que puedes tener un honimo en algun lado y se supone que el RFC es unico y personal...!!
Tópico: NO PRESENTACION DE ISR AL ESTADO EN BASE A REGLA 2.14.2 ???
Alucard

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 17, 2004 Asunto: Re: NO PRESENTACION DE ISR AL ESTADO EN BASE A REGLA 2.14.2
Saludos "lobozac"...!! Considero que si aolica la regla para los pagos mensuales a las entidades federativas.. El ISR es un Impuesto Federal sólo que en este caso el Edo le ayuda a el Gobierno a recaudarlo, no son impuestos diferentes y pordemos darnos cuenta al acreditar los pagos mensuales al Edo con los pagos a la Federación, además de que en la "EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE LA LEY QUE ESTABLECE, REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES FISCALES" en su párrafo vigésimo cuanto menciona: [i:f42b438f83]"[24] Pagos a las Entidades Federativas por los contribuyentes del régimen intermedio, de pequeños contribuyentes y por la enajenación de inmuebles. En materia de Coordinación Fiscal, el Ejecutivo Federal a mi cargo ha propuesto a ese H. Congreso de la Unión, diversas modificaciones con el objeto de permitir a las Entidades Federativas administrar el impuesto sobre la renta correspondiente al régimen intermedio de las actividades empresariales, de pequeños contribuyentes y por la enajenación de terrenos y construcciones. En este sentido, con el fin de hacer congruentes las modificaciones propuestas en la Iniciativa que se presenta a la Ley de Coordinación Fiscal con las Entidades Federativas, el Ejecutivo Federal a mi cargo ha estimado conveniente proponer a esa Soberanía que los contribuyentes que tributen en el régimen intermedio, efectúen un pago mensual a la tasa del 5% aplicable a la utilidad fiscal determinada de conformidad con el artículo 127 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Dicho pago se enterará en la Entidad Federativa donde el contribuyente obtenga sus ingresos. Es importante señalar que dicho pago mensual no generara una carga adicional a los contribuyentes, en virtud de que éstos podrán acreditar dicho impuesto contra los pagos provisionales determinados en el mismo mes de conformidad con el artículo 127 de la Ley. En el régimen de pequeños contribuyentes, se propone que los contribuyentes puedan efectuar pagos mensuales del impuesto, los cuales se deberán enterar en las Entidades Federativas donde obtengan sus ingresos, siempre que dichas entidades celebren convenio de coordinación para administrar dicho impuesto. Asimismo, se propone que el Servicio de Administración Tributaría y, en su caso, las Entidades Federativas que administren el impuesto, puedan ampliar los periodos de pago tomando en consideración la rama de la actividad o la circunscripción territorial de los contribuyentes. De igual forma, el Ejecutivo Federal estima conveniente que los contribuyentes que obtengan ingresos por la enajenación de terrenos o construcciones, efectúen un pago por cada enajenación, aplicando la tasa del 5% sobre la ganancia obtenida en los términos del Capítulo IV del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, ante las oficinas de las Entidades Federativas. Dicho pago podrá acreditarse contra el pago provisional que se efectúe en los términos del artículo 154 de la Ley, con lo cual no se genera carga adicional alguna a los contribuyentes..."[/i:f42b438f83] La resolución miscelanea es de aplicación Federal, la cual otroga facilidades a los contribuyentes La regla 2.14.2 Habla de las obligaciones fiscales, (pagar el ISR es una obligación fiscal) Pero para no hacertela cansada mejor te digo que cheques la regla 3.30.2 la cual dice: [i:f42b438f83]"Para los efectos del artículo 136-Bis de la Ley del ISR, los contribuyentes del régimen intermedio a que se refiere la Sección II del Capítulo II del Título IV de la Ley del ISR, que obtengan sus ingresos en Entidades Federativas que hayan suscrito el Anexo 7 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, enterarán mensualmente dicho pago a través de los medios electrónicos y procedimientos establecidos en los Capítulos 2.14. o 2.15. de la presente Resolución, según corresponda."[/i:f42b438f83] y el Capitulo 2.14 es el que trae esa facilidad, así que considero que no tendría porque no aplicar la facilidad de la regla 2.14.2 Suerte...!!
Tópico: INTERESES de prestamos a empleados causan IVA
Alucard

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 17, 2004 Asunto: Re: INTERESES de prestamos a empleados causan IVA
Saludos...!! El art 18 tercer párrafo de LIVA dice: "En el caso de mutuo y otras operaciones de financiamiento, se considerará como valor los intereses y toda otra contraprestación distinta del principal que reciba el acreedor..." Osea que los intereses reales devengados por los prestamos son la base para el IVA...!! pero... El art 111 de la LFT dice: "Las deudas contraidas por los trabajadores con sus patrones en ningún caso devengarán intereses" Es decir, no tienes porqeu estarle cobrando intereses a tus empleados... te meteras en problemas...!!
Tópico: sueldos y salarios
Alucard

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 17, 2004 Asunto: Re: sueldos y salarios
Solo para agregar que para imss integra si rebasa el limite del 40% del salario minimo general del DF según el art 27 Fracc VI y aqui si puede ser en efectivo...! "lpgh2000" a que artículo 31 te refieres...? Ahora una pregunta: El art 109 dice que la prestación social esta exenta de ISR pero no menciona limites, es decir, que aunque no sea deducible por no cumplir los requisitos del art 31 Fracc XII sigue siendo un ingreso exento...?
Tópico: sueldos y salarios
Alucard

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 17, 2004 Asunto: Re: sueldos y salarios
Saludos...!! De acuerdo, la despensa no grava siempre que este dentro del plan de previsión social... a menos que la entregues en dinero, en ese caso considero que si grava al 100%...!!
Tópico: PUBLICO EN GENERAL..
Alucard

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 17, 2004 Asunto: Re: PUBLICO EN GENERAL..
Saludos...!! Publico en general es aquel que no puedes identificar fiscalmente...!! es decir, le expides comprobantes pero no identificas a la persona a que le expides el comprobante...!
Tópico: Plan de prevision social(dia de la madre y del padre)
Alucard

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 17, 2004 Asunto: Re: Plan de prevision social(dia de la madre y del padre)
Hola "soac" por que no ves la posibilidad de entregarles otra cosa en lugar de efectivo..? algo que si entre dentro de la previsión social...!!!
Tópico: COMPLEMENTARIA
Alucard

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 17, 2004 Asunto: Re: COMPLEMENTARIA
Saludos...!! "krisrmz" :? ya no entendi... ese comentario fue un regaño...?? lo que no puedes ver en tu casa lo haz de tener...!
Tópico: Credito al salario
Alucard

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 17, 2004 Asunto: Re: Credito al salario
Imagino lo mismo (A favor)

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