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21/Jul/14 17:46
como leer una ley o interpretarla

buenas tardes

alguien podría explicarme como se debe leer o interpretar una ley, en este caso ISR?

lo que sucede es tengo entendido que para interpretar un articulo de cualquier ley uno se debe de ir al código civil federal, por eso quisiera que me lo confirmaran o si estoy mal le agradecería que me lo explicaran.

saludos
 
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practicantefiscal
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21/Jul/14 18:20
Re: como leer una ley o interpretarla

No entiendo muy bien tu pregunta.

La Ley de ISR se interpreta de (segun los que saben de leyes) de manera estricta, es decir como un codigo penal, por ejemplo.
Existen varias maneras de interpretar las leyes, las cuales la verdad no recuerdo, pero las leyes fiscales se interpretan de manera estricta, es decir, como esta escrito, y como lo lees es como lo interpretas o lo entiendes.

El irte a otras leyes diferentes a la de ISR es cuando no encuentras algun concepto o algo en especifico, en el cual aplicas supletoriedad (que es lo que tu dices, irse a otra ley para sacar un concepto o una idea) pero es muy escaso cuando realizas eso, y casi siempre te apoyas en las mismas leyes (CFF, LSM, CC, etc)

Espero haberte apoyado en algo, saludos!
 
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Alan_h14
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21/Jul/14 18:57
Re: como leer una ley o interpretarla


¡Hola!!

Artículo 5to. del C.F.F 2014:
Las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas, así como las que fijan las infracciones y sanciones, son de aplicación estricta. Se considera que establecen cargas a los particulares las normas que se refieren al sujeto, objeto, base, tasa o tarifa.
Las otras disposiciones fiscales se interpretarán aplicando cualquier método de interpretación jurídica. A falta de norma fiscal expresa, se aplicarán supletoriamente las disposiciones del derecho federal común cuando su aplicación no sea contraria a la naturaleza propia del derecho fiscal.




En segundo lugar, que NO SE DEFINE LO QUE DEBA ENTENDERSE POR DERECHO FEDERAL COMUN, pese a que los tratadistas discrepen tanto en torno a su integración como tal: unos sólo toman al derecho civil, otros le añaden el penal, otros adicionan al mercantil, otros más al laboral, y casi todos consideran incluido, de cualquier modo, al procesal, de tal suerte que la interpretación misma se complica en la medida en que la indefinición e incertidumbre se agravan y constituye otro privilegio en favor del Estado.

Acabo de conocer otro método de interpretación y aplicación, y es a PERIODICAZOS como a los perros.



¡Saludos!!!

Silvestre®
 
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Silvestre
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21/Jul/14 19:03
Re: como leer una ley o interpretarla

¡Hola!!

Artículo 5to. del C.F.F 2014:
Las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas, así como las que fijan las infracciones y sanciones, son de aplicación estricta. Se considera que establecen cargas a los particulares las normas que se refieren al sujeto, objeto, base, tasa o tarifa.
Las otras disposiciones fiscales se interpretarán aplicando cualquier método de interpretación jurídica. A falta de norma fiscal expresa, se aplicarán supletoriamente las disposiciones del derecho federal común cuando su aplicación no sea contraria a la naturaleza propia del derecho fiscal.



En segundo lugar, que NO SE DEFINE LO QUE DEBA ENTENDERSE POR DERECHO FEDERAL COMUN, pese a que los tratadistas discrepen tanto en torno a su integración como tal: unos sólo toman al derecho civil, otros le añaden el penal, otros adicionan al mercantil, otros más al laboral, y casi todos consideran incluido, de cualquier modo, al procesal, de tal suerte que la interpretación misma se complica en la medida en que la indefinición e incertidumbre se agravan y constituye otro privilegio en favor del Estado.

Acabo de conocer otro método de interpretación y aplicación, y es a PERIODICAZOS como a los perros.



¡Saludos!!!

Silvestre®


Ese del periodicazo....
Un saludo!
 
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Alan_h14
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23/Jul/14 11:13
Re: como leer una ley o interpretarla

Que tal buen día .... me permito:

Si bien existe en el numeral 5 CFF la aplicación estricta de abstracciones de textos impositivos, no olvidemos que también podemos utilizar cualquier medio de interpretación, .....y en donde el citado articulo tiene el alcance de observancia impositiva y sistemática, pero reitero, hay elementos que pueden subsanarse en forma distinta... las mismas tesis lo avalan....

Saludos
 
El mejor guerrero no es aquel que triunfa siempre, sino aquel que vuelve sin miedo a la batalla... (Experto en soluciones DEVyCOMP)
 
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GOrnelas
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