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Tópico: PRIMAS SEGURO GASTOS MEDICOS TRABAJADORES PAGADAS POR OTRA EMPRESA
danielk19

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 09, 2023 17:36:59 Asunto: PRIMAS SEGURO GASTOS MEDICOS TRABAJADORES PAGADAS POR OTRA EMPRESA
Buenas tardes Foristas. Empresa [A] desea ofrecer la prestación de Seguro de Gastos Médicos a sus trabajadores. Como tiene pocos trabajadores, opta por contratar el Seguro [u]en conjunto[/u] con otra Empresa [B] que también va a asegurar a sus trabajadores, y así lograr un mejor precio para ambas empresas. La Aseguradora [u]solo puede emitir el CFDI a nombre de una [/u]de las dos empresas. Así es que el CFDI de la Aseguradora sale a nombre de la Empresa [B] La Empresa [B] emitirá un CFDI a nombre de la Empresa [A] para poder cobrarle la parte que corresponde a sus trabajadores. Pregunta: ¿La empresa [A] podría deducir de Impuestos el CFDI por Reembolso de Seguro de Gastos Médicos que le emitirá la empresa [B] ? [i]Nota: Ambas empresas son Personal Moral, y se dedican a Actividades Comerciales. Ninguna es Aseguradora.[/i]
Tópico: Traslape con Enero 2022 de última Nómina Semanal Diciembre 2021
danielk19

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 11, 2021 13:59:28 Asunto: Traslape con Enero 2022 de última Nómina Semanal Diciembre 2021
Buenas tardes. Varias empresas que pagan sus nóminas de manera semanal, se toparán con lo siguiente en Diciembre: Inicio de Nómina: Lunes 27/Dic/[b]2021[/b] Fin de Nómina: Domingo 02/Ene/[b]2022[/b] Fecha de Pago: Viernes 31/Dic/[b]2021[/b] Hemos estado acostumbrados a ubicar Nóminas como estas, en el ejercicio al que corresponde la fecha de pago. Que para la nómina del ejemplo, sería el ejercicio 2021. Pero la verdad, es que al revisar el visor de nómina, el SAT no está considerando la fecha de pago (que es la misma fecha en que también se TIMBRA), sino la fecha en que termina el período de Nómina. ¿Qué recomendarían al respecto? Esto, ya que a fin de prever problemas en el cierre de mes/año, tendríamos que pensar en ubicar esa nómina en el año 2022, y enterar las retenciones de esa Nómina hasta ese año, y considerarlo para las Declaraciones Anuales de cada trabajador. La verdad, esto para mí no parece congruente, ya que se pagaría el último día del año 2021 y solamente 2 días corresponden a 2022. Y de acuerdo con la LISR, el ingreso por Sueldos es [[u]Acumulable para el trabajador / Deducible para el Patró[/u]n] en el año en que se paga efectivamente. [i]Editado: Octubre 11, 2021 14:57:24[/i]
Tópico: Declaración Anual 2020 - 'Ocurrió un error el enviar la información'
danielk19

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 30, 2021 14:07:08 Asunto: Re: Declaración Anual 2020 - 'Ocurrió un error el enviar la información'
Mis compañeros (as) también lo han intentado desde sus equipos, y con sus empresas. Seguimos igual...
Tópico: DISMINUCIÓN DE PAGOS PROVISIONALES EN LA ANUAL 2020
danielk19

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 30, 2021 12:59:26 Asunto: Re: DISMINUCIÓN DE PAGOS PROVISIONALES EN LA ANUAL 2020
En mi caso, y para corregir el error que el mismo SAT tiene en los rubros de pérdidas, intento presentar complementaria de 2019 pero resulta que no me está considerando el Pago Provisional de Diciembre de ese año. Lo más raro, es que está presentado dicho pago con declaración Normal, y también complementaria. Y ambas declaraciones, fueron incluidas en Declaración Anual y Complementaria del mismo ejercicio respectivamente. ¿Entonces porqué ahora el SAT está omitiendo el provisional Diciembre 2019?
Tópico: Declaración Anual 2020 - 'Ocurrió un error el enviar la información'
danielk19

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 30, 2021 12:56:22 Asunto: Declaración Anual 2020 - 'Ocurrió un error el enviar la información'
Apenas hoy el SAT me permitió capturar pérdidas del 2019 en el formato de la Declaración. Con lo anterior, ya pude concluir el llenado de la declaración Anual. Pero ahora, al enviar la declaración está apareciendo este mensaje: 'Ocurrió un error el enviar la información' :mad: ¿Le está pasando a más personas? De ser así, ¿Saben a qué se debe? Ya intenté con varias empresas, y con diversos navegadores.
Tópico: CFDI POR PAGOS/ABONOS A FACTURAS EN PAPEL
danielk19

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 28, 2019 14:51:15 Asunto: CFDI POR PAGOS/ABONOS A FACTURAS EN PAPEL
Buen día Colegas. Una empresa va a hacer pagos a un adeudo muy viejo, amparado por una factura en Papel. Dado que el adeudo contiene IVA, a la empresa le interesa acreditar dicho IVA conforme vaya erogando los pagos. Pero obviamente no hay un CFDI por la operación de Venta realizada hace años, y al emitir un CFDI de Egresos con Complemento de Pago no es posible hacer referencia adecuada a un CFDI original por ser este inexistente. ¿Saben donde podemos localizar la normatividad que nos permita para amparar con CFDI versión 3.3 los pagos correspondientes a Facturas muy viejas que en su momento fueron emitidas en Papel? No hemos podido localizar información al respecto en las Reglas o Normatividad del SAT.
Tópico: NOTARIOS ¿DEBEN EMITIR COMPLEMENTO DE GASTOS A CUENTA DE TERCEROS?
danielk19

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 15, 2019 18:10:02 Asunto: Re: NOTARIOS ¿DEBEN EMITIR COMPLEMENTO DE GASTOS A CUENTA DE TERCEROS?
Muchas gracias por sus respuestas! Y les comento que los CFDI en representación impresa (o 'pdf') de algunos notarios ya hacen mención de los montos que corresponden a Gastos pagados por terceros. Lo anterior parece que es mas bien con un fin informativo, ya que al revisar detalladamente el archivo 'xml' no encontramos por ningún lado la información de dichos gastos dentro de los nodos del archivo.
Tópico: MOMENTO EN QUE SE CONSIDERA COBRADO EL IVA DE VENTAS CON TARJETA DE CREDITO DE ULTIMOS DIAS DE MES
danielk19

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 15, 2019 18:06:36 Asunto: Re: MOMENTO EN QUE SE CONSIDERA COBRADO EL IVA DE VENTAS CON TARJETA DE CREDITO DE ULTIMOS DIAS DE MES
No me ha tocado conocer el criterio de la autoridad concretamente en el tema de Pagos con Tarjeta Bancaria, ya que cuando en alguna auditoría ellos amarran IVA se basan directamente en la información de los Estados de Cuenta Bancarios. Pero cuidado, aclaro que esto NO puede ser considerado regla general. No obstante lo anterior, ¿No pudiéramos considerar que el cobro del monto que ampara un voucher, se considera aceptado hasta que aparece en el banco y sin ningún problema que pudiera ocasionar su rechazo? Así está redactada la parte final del artículo 1-B de la LIVA que se menciona en este tópico: '...se considerará que el valor de las actividades respectivas, así como el impuesto al valor agregado correspondiente, fueron efectivamente pagados en la fecha en la que dichos documentos, vales, tarjetas electrónicas o cualquier otro medio [u]sean recibidos [b]O[/b] aceptadas[/u] por los contribuyentes. Aprovechamos la conjunción 'o' considerando que el voucher en nuestro poder no nos garantiza que el pago se haya concretado, ya que a veces el banco no realiza los depósitos por alguna razón, y tenemos que andar buscando a los clientes para aclarar el problema. ¿Qué piensan?
Tópico: prima de antiguedad e indemnizacion (conciliacon contable fiscal)
danielk19

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 15, 2019 17:35:45 Asunto: Re: prima de antiguedad e indemnizacion (conciliacon contable fiscal)
Si son deducibles, siempre y cuando se cuiden los requisitos. Algunos requisitos a obervar: *Los montos por estos conceptos ya fueron efectivamente pagados, es decir, contablemente no aparecen en el Pasivo, ni tampoco se encuentran como Cheques en tránsito en la conciliación bancaria. *Se realizaron las retenciones de ISR correspondientes. *Se emitió el CFDI de Nómina. *Corresponde a un empleado de la empresa debidamente registrado en el IMSS, y por quien se cumplió con todos los pagos de Cuotas e Impuestos.
Tópico: NOTARIOS ¿DEBEN EMITIR COMPLEMENTO DE GASTOS A CUENTA DE TERCEROS?
danielk19

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 15, 2019 16:00:08 Asunto: NOTARIOS ¿DEBEN EMITIR COMPLEMENTO DE GASTOS A CUENTA DE TERCEROS?
Es muy común que a los Notarios se les entregue dinero por adelantado, mismo que ellos utilizarán para realizar gastos por nuestra cuenta. Cuando comprueban las remesas, usualmente emiten un CFDI que ampara el pago propios Honorarios/Servicios, y entregan también comprobantes por el resto a nombre de nuestra empresa emitidos por terceros (Impuestos Municipales, Impuestos Estatales, Gasolina, etc...) Lo anterior cumple con el artículo 18 de la LISR; el 29 del CFD y también el 4 del RISR. Pero, atendiendo a lo que establece el último párrafo de la regla 2.7.1.13 de la RMF 2019: *¿Al día de hoy (15/Julio/2019) ya están obligados los notarios a emitir también el Complemento 'Identificación del recurso y minuta de gasto por cuenta de terceros? *¿Qué sucede si el dinero que se les entregó únicamente se utilizó en Gastos por cuenta nuestra y no facturar honorarios/servicios a su favor?. ¿Se emitiría un CFDI en ceros conteniendo dicho complemento? La regla 2.7.1.8 dice que los complementos son de uso obligatorio para los contribuyentes a los que les aplica pasados 30 días naturales contados a partir de su publicación en el portal del SAT. Y esto también lo refuerza el Atículo Vigésimo Cuarto Transitorio de la misma Resolución. En el portal del SAT solamente está publicado un complemento de este tipo, que aparentemente aplica únicamente a empresas de Cobranza y/o Comisionistas. https://www.sat.gob.mx/consulta/66459/genera-tu-factura-electronica-con-el complemento-por-orden-y-cuenta-de-terceros [b]¿Le podemos/debemos ya exigir este complemento a los notarios?[/b]

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