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Tópico: Primer pago provisional segundo ejercicio por opción acumulación de ingresos.
federico_

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 08, 2017 11:24:53 Asunto: Re: Primer pago provisional segundo ejercicio por opción acumulación de ingresos.
Me parece que una de las cosas por las que optaste por este 'regimen' es para liberarte del coeficiente de utilidad ...... (mala elección) ..... :green: Mi opinión es que no podemos aplicar dos mecánicas diferentes para la determinación de los pagos provisionales, o es chana o es juana pero no las dos. Lo mas correcto es que presentes tus pagos provisionales mensuales. Lee por favor el Art. 199 segundo párrafo ley del ISR Saludos.
Tópico: accidente de TRAYECTO dias subsidiados
federico_

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 07, 2017 22:58:12 Asunto: Re: accidente de TRAYECTO dias subsidiados
Quien sabe que este haciendo tu sua. Solo como referencia: dice el articulo 31 fraccion IV de la ley del imss [quote]IV. Tratándose de ausencias amparadas por incapacidades médicas expedidas por el Instituto no será obligatorio cubrir las cuotas obrero patronales, excepto por lo que se refiere al ramo de retiro. [/quote] Saludos.
Tópico: RIF Retención de IVA Servicios Profesionales
federico_

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 07, 2017 16:07:45 Asunto: Re: RIF Retención de IVA Servicios Profesionales
Entiendo que la persona física tributa en el RIF. 1) Para IVA si debe haber retención: Articulo 1o.-A personas morales que reciban [u]servicios personales independientes[/u] Mira tambien el Art 14 fracción VI tercer parrafo. Ojo, no dice[u] servicios profesionales independientes[/u] Saludos. [i]Editado: Febrero 07, 2017 16:09:36[/i]
Tópico: Registro contable de cancelación de factura de ejercicio anterior
federico_

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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Febrero 07, 2017 12:53:14 Asunto: Re: Registro contable de cancelación de factura de ejercicio anterior
Insisto, habría que ver que entiendes por periodo 'cerrado'. Si haces como yo te digo no te afectará el año 2017, por la nota de crédito el asiento es en rojo, por la factura nueva el asiento es normal, el efecto es cero. Para nada es recomendable (al menos no para mi) el asiento que tu intentas hacer, a eso le llamo 'contabilidad fácil'. Saludos.
Tópico: Registro contable de cancelación de factura de ejercicio anterior
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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Febrero 05, 2017 15:05:31 Asunto: Re: Registro contable de cancelación de factura de ejercicio anterior
Una vez 'reportados' o 'declarados' los periodos al Sat o a los dueños, no puedes cancelar facturas, excepto si la cancelas y entonces vuelves a reportar o declarar al sat con una complementaria. Una vez 'cerrados' los meses entonces lo más correcto es hacer una nota de credito sobre la factura inicial y despues hacer la nueva factura. Por la nota de credito clientes ------------- (116) iva -------------------------------------(16) ventas -------------------------------- (100) Por la nueva factura clientes -------------- 116 iva ----------------------------16 ventas ------------------------ 100
Tópico: PERDIDAS DECLARADAS EN EXCESO
federico_

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 03, 2017 23:15:54 Asunto: Re: PERDIDAS DECLARADAS EN EXCESO
Si, coincido con las acciones que vas a tomar, yo haria lo mismo. Toma en cuenta que parece que el meollo del asunto es que las declaraste, sin importar despues que hayan sido corregidas. Por supuesto yo puedo estar equivocado ..... ¡ojala! Saludos.
Tópico: PERDIDAS DECLARADAS EN EXCESO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 03, 2017 22:49:37 Asunto: Re: PERDIDAS DECLARADAS EN EXCESO
Coincido, puede referirse a las perdidas fiscales de ejercicios anteriores pero al no decirlo la ley claramente y conociendo a los del SAT puede entenderse tambien a la del ejercicio, ejemplo: 1) En la declaración 'normal' presentas perdida fiscal del ejercicio. 2) En el dictamen presentas utilidad fiscal. 3) y entonces aplicas las perdidas fiscales pendientes de amortizar y el resultado fiscal te da 0 4) Viene la revisión y aqui que no se que resultado haya dado. Parece que entras en todos los supuestos de la multa, parece. Saludos.
Tópico: PERDIDAS DECLARADAS EN EXCESO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 03, 2017 22:28:25 Asunto: Re: PERDIDAS DECLARADAS EN EXCESO
[quote]Cuando se declaren pérdidas fiscales mayores a las realmente sufridas, la multa será del 30% al 40% de la diferencia que resulte entre la pérdida declarada y la que realmente corresponda, siempre que el contribuyente la hubiere disminuido total o parcialmente de su utilidad fiscal[/quote]Parecería que basta con que las declares para incurrir en el supuesto sin importar si despues las corregiste o no. No sé que opinen los demas compañeros del foro. Saludos.
Tópico: PERDIDAS DECLARADAS EN EXCESO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 03, 2017 18:34:50 Asunto: Re: PERDIDAS DECLARADAS EN EXCESO
Lee por favor el articulo 76 del CFF creo es el párrafo 7 u 8 Parece que si proceden. Saludos.
Tópico: PERDIDAS DECLARADAS EN EXCESO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 03, 2017 18:27:02 Asunto: Re: PERDIDAS DECLARADAS EN EXCESO
En que fecha exacta te notificó el Sat que haría la auditoria? En que fecha exacta de Julio presentaste el dictamen? Saludos.

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