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Tópico: UMA 2017 EN SUA VERSION 3.4.8. PARA CREDITO INFONAVIT VSM
federico_

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 09, 2017 18:59:02 Asunto: Re: UMA 2017 EN SUA VERSION 3.4.8. PARA CREDITO INFONAVIT VSM
[u][b][i]Hasta donde yo sé, los créditos que hayan sido otorgados en VSM no sufrirán modificación alguna a no ser que el INFONAVIT y el trabajador acuerden un cambio pero ahora en veces UMAS, al menos de momento esa parece ser la instrucción[/i] [/b][/u] [i]Lo siguiente escrito abajo son solo comentarios.[/i] [quote]Tengo actualizado en SUA en su versión 3.4.8. Al consultar el 1 Bimestre(Enero y febrero 2017) los créditos calculados en VSM los calcula con el SMG de 80.04 Vigente. [/quote]Coincido, así lo calcula el SUA a hoy. Tal vez lo correcto sería que en Enero lo haga así y en Febrero cambie a la UMA debido que la UMA entra en vigor a partir del 1 de Febrero del 2017. [quote]Según leí, esta modificación a la amortización de infonavit seria automática con esta actualización SUA.[/quote]Pues hasta el momento parece que no es así en lo que respecta a este tema. [quote] Este dato se debe de poner manual, es decir, modificar la tabla de salarios mínimos a 75.49(UMA DIARIA 2017)?. [/quote]Efectivamente, hasta el momento parece que hay que hacerlo así, es decir manual. [i]Editado: Febrero 09, 2017 19:12:47[/i]
Tópico: Indemnización seguro agricola
federico_

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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Febrero 09, 2017 13:43:01 Asunto: Re: Indemnización seguro agricola
La deducción nada tiene que ver con este tema, me imagino es la prima que pagas por el seguro y la aseguradora te da el comprobante respectivo, entonces parece correcto este asiento, punto y aparte. No, no obtuviste un ingreso como empresa por ningún lado, simplemente la empresa actúa como puente entre la aseguradora y el trabajador. Insisto: En base a lo que dices, aquí una opción: Por el pago al trabajador. ----------------------------------------------DEBE ------------HABER Abono a bancos ........................................................................ 100 Abono a otros ingresos en rojo ........................................... (100)
Tópico: SON DEDUCIBLES FACTURAS CON FECHA 2015 EN EJERCICIO 2016?
federico_

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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Febrero 09, 2017 12:30:56 Asunto: Re: SON DEDUCIBLES FACTURAS CON FECHA 2015 EN EJERCICIO 2016?
Si las facturas se registraron en 2015 y el pago se hizo en 2016 entonces es totalmente acreditable el IVA. En mi opinión, si las facturas (fecha 2015) se registran en 2016 y el pago se hace también en 2016 no procede el acredita-miento. Saludos.
Tópico: Indemnización seguro agricola
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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Febrero 09, 2017 11:50:01 Asunto: Re: Indemnización seguro agricola
En base a lo que dices, aquí una opción: Abono a bancos .......................................... 100 Abono a otros ingresos en rojo ........... (100) -------------------------------------------------------------------- En mi opinión en el segundo asiento: Bancos ---------- 100 Acreedores diversos ---------- 100 Por el tercer asiento : Acreedores Diversos ---------- 100 Bancos -----------------------------------------100 Saludos. [i]Editado: Febrero 09, 2017 12:11:17[/i]
Tópico: Pagos por separación
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 08, 2017 15:46:18 Asunto: Re: Pagos por separación
Que el pago por separación será en un solo pago. Y no en parcialidades (hoy te pago el 30%, en un mes el 40% y al final en dos meses el resto). Saludos.
Tópico: duda sobre ser RIF o Actividad empresarial
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 08, 2017 14:49:52 Asunto: Re: duda sobre ser RIF o Actividad empresarial
Si cumples los requisitos para ser RIF, no hay duda, selecciona RIF. El RIF es el paraíso fiscal de México :green::green: Saludos.
Tópico: RIF Retención de IVA Servicios Profesionales
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 08, 2017 14:40:47 Asunto: Re: RIF Retención de IVA Servicios Profesionales
Bueno, me parece que no debería haber debate, según yo. Por ejemplo: Art. 14 ley del IVA fracción I, Saludos.
Tópico: Primer pago provisional segundo ejercicio por opción acumulación de ingresos.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 08, 2017 14:21:51 Asunto: Re: Primer pago provisional segundo ejercicio por opción acumulación de ingresos.
Hola MAMA6602, coincido contigo, es un foro para ayudarnos. Ofrezco una disculpa si he molestado a alguien. Me parece que el isr base flujo de efectivo es un 'cuatro' del SAT para ver como reaccionan los contribuyentes y en base a ello implementarlo después de manera general y quitar la base 'devengada'. Saludos. [i]Editado: Febrero 08, 2017 14:29:13[/i]
Tópico: Primer pago provisional segundo ejercicio por opción acumulación de ingresos.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 08, 2017 13:04:58 Asunto: Re: Primer pago provisional segundo ejercicio por opción acumulación de ingresos.
[quote]Yo no creo que haya sido mala decisión al cambiar a este nuevo esquema ya que es mas justo pagar por lo que realmente estas cobrando, que anticipar por algo que aun no tienes en tu banco, descapitaliza alas empresas, .-Yo lo veo con buenos ojos ya que al momento puedes deducir tus gasto y aplicar la tasa del 30% el impuesto es real, y al final del ejercicio no saldrás con la sorpresa a tu cliente que debes pagar ISR anual, de hecho mes tras mes puedes ir haciendo tu plantación fiscal para que tu base no sea grande[/quote] No fue mala, fue pésima. Con mi comentario siguiente tal vez muchos van a salir y querer hacer un análisis del IETU, pero no es el caso. Un sistema que ya usaba base flujo de efectivo es el IETU y este 'sistema' esta abrogado por presión de los empresarios, como se ve que nunca trabajaron con este sistema 'maldito' Saludos. :green: [i]Editado: Febrero 08, 2017 13:08:39[/i]
Tópico: Primer pago provisional segundo ejercicio por opción acumulación de ingresos.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 08, 2017 12:58:25 Asunto: Re: Primer pago provisional segundo ejercicio por opción acumulación de ingresos.
La ley te da la opción de usar o chana o juana pero no los dos. Si optas por usar el coeficiente de utilidad entonces no podrás cambiarlo durante el ejercicio. El problema que tienes son los tiempos (hasta el 17 de Abril presentaras el trimestre si es por coeficiente) por lo de tu segundo ejercicio. Cualquier otro contribuyente 'normal' :green: no tendría ese problema. Otro problema es que le 'dijiste' al SAT 'en mi caso yo quiero embarcarme y presentar mes a mes' y zas .... Ni modo, presenta las mensuales vía flujo de efectivo. Saludos. [i]Editado: Febrero 08, 2017 13:00:50[/i]

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