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Tópico: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
federico_

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 31, 2018 12:00:14 Asunto: Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
Mis comentarios: 1. Se emite factura en 2017, se acumula a PP y próximamente se le dará efecto en declaración anual. [b]DE ACUERDO[/b]. 2. Ahora en 2018 el cliente (por descuido) se da cuenta que el CFDI que recibió tiene un RFC erróneo, no lo puede deducir, por lo cual solicita le emitan uno con los datos correctos. [b]DE ACUERDO [/b] 3. El proveedor no ve afectación al fisco por lo que cancela el CFDI 2017, emite uno ahora en 2018 con los datos correctos, además agrega la leyenda 'este CFDI sustituye al #XXX, de fecha XXX por error en RFC'. El punto 3 es el complicado. Para mi, ahora tienes un CFDI en Enero 2018 que debes considerar para pago provisional de Enero 2018 (tu leyenda mágica no te salva) adicional al de Septiembre 2017, además olímpicamente (con tu leyenda mágica) te olvidaste por completo del Art 17 que tanto pregonaste y que dice: [quote]a) Se expida el comprobante fiscal que ampare el precio o la contraprestación pactada. [/quote] ¿Te das cuenta que con tu leyenda mágica te brincaste todas las leyes? Al final concluyo que estoy en total desacuerdo con tu procedimiento. Si nos vamos a brincar los CFDI con leyendas mágicas, entonces yo no cancelaría factura alguna. En Enero de 2018 hago una de egreso por una bonificación del 100%, emito una ahora en 2018 con los datos correctos, además agrego la leyenda 'este CFDI sustituye al #XXX, de fecha XXX por error en RFC'. y listo. Total mi leyenda mágica me salva y no debo considerarla para el pago provisional de Enero 2018. Tanto rollo, para terminar en lo mismo: Allende dijo: [b]Mi recomendación: Elaborar una nota de crédito y facturar de nuevo (con fecha 2018) [/b]Totalmente de acuerdo ALLENDE. [i]Editado: Enero 31, 2018 12:32:39[/i]
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 31, 2018 10:48:30 Asunto: Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
neonato, gracias por responder. Conozco bien lo que dice el articulo 17 que mencionas, [u]ese articulo resuelve la mitad del problema (la del emisor) pero no resuelve la del receptor. [/u] Y adicionalmente yo le agregaría otro inciso a ese articulo 17: D) Si ni entregas mercancías, ni haces CFDi y ni haces nada pero yo veo 15,000,000.00 en tu cuenta bancaria eso es un ingreso hasta que me demuestres lo contrario. Vamos a suponer que se entregó la mercancía que vale 300,000.00 pesos al cliente, con lo anterior es más que suficiente para acumularlo como ingresos, pero tu cliente tiene un CDFI erróneo y ahora te pide uno correcto [u]¿le muestro ese articulo 17 y ya con eso lo hace deducible?[/u] Parece que no quieres arriesgarte y parece que solo ves la parte del emisor del CFD i (art 17) Te vuelvo a preguntar, con todos los fundamentos que tienes ¿Cómo lo harías tu? ¿Cómo harías el ciclo completo? ¿Me vas a restregar nuevamente en la cara el articulo 17 que solo resuelve la parte del emisor? ¿Vas a emitir el CFDI en enero haciéndolo así:? Considero posible hacer eso de sustituir el CFDI por uno nuevo y correcto, plasmando en el nuevo CFDI la leyenda que indique que este nuevo comprobante sustituye para todos sus efectos fiscales y legales al # XX de Fecha XXXX del mes XXXX del año XXXX. Claro que no deberás mover nada en contabilidad, o bueno solo cambiar el XML en la póliza contable por el nuevo y ya. ¿Le vas a decir al SAT que tienes un CFDI de ingresos en Enero 2018 pero que ese no juega para pagos provisionales? si tu respuesta es afirmativa, entonces ¿en enero no aplicarías el articulo 17 (emisión el CFDI)? Saludos. [i]Editado: Enero 31, 2018 11:05:29[/i]
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 30, 2018 19:42:16 Asunto: Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
No es evasión fiscal. El pago provisional se cancela en la declaración de Septiembre 2017 porque la factura ha sido cancelada. El pago provisional ahora se aplica en la declaración de Enero 2018. Solo se difiere el momento del pago del ISR. Y todo cuadra, ya que el pago provisional del ISR tendrá la misma fecha (mes) que la factura que si tendrá los efectos fiscales correctos. ¿Puedes poner así de claro (como lo he hecho yo) cómo lo harías tu? [i]Editado: Enero 30, 2018 19:43:37[/i]
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 30, 2018 19:01:24 Asunto: Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
Cristi Mayorga Mi opinión, la repito: A este momento, hablando de CFDI de ingresos, en el nodo “CDFI relacionados” usando la clave “04 Sustitución de los CFDI previos” [b]no se cancela nada[/b], por el contrario, se duplican los ingresos. Lo dice el chat, lo dice neonato (no hay fundamento), lo dice mi programa contable y en el SAT los CFDI tienen estatus de vigentes los dos y los dos son CFDI de ingresos. Esa es mi experiencia.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 30, 2018 18:57:01 Asunto: Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
Asumo que no hay pago en el CFDI de ingresos de septiembre 2017. Entonces al final yo lo haría así: 1) Cancelo el CFDI de septiembre 2017 2) Ajusto mi póliza contable de Sep. 2017 por la venta 3) Presento complementarias de pagos provisionales (Sep, Oct, Nov y Dic) 4) Rehago la factura en enero 2018 y la contabilizo. Saludos.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 30, 2018 18:05:04 Asunto: Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
Bueno lastima, que mal que des por finalizado el tema, te saliste por la tangente. Yo no dije eso, quien lo dijo fue calexgonzalez cuando te apoyó después que tu dijiste: [quote]En mi caso, considero posible hacer eso de sustituir el CFDI por uno nuevo y correcto, plasmando en el nuevo CFDI la leyenda que indique que este nuevo comprobante sustituye para todos sus efectos fiscales y legales al # XX de Fecha XXXX del mes XXXX del año XXXX. Claro que no deberás mover nada en contabilidad, [/quote] [b]Y él cuando te apoyó dijo:[/b] [quote]¿Para que les suena que sea el tipo de relación 04 'Sustitución de los CFDI previos'? A mí me suena que va exactamente en estos casos sin necesidad de cancelar el anterior. Son casos atípicos, claro. [/quote] Ok bien, ahora dices y coincido: [quote]Si alguien tiene acceso al tema que fiscalía publicó hoy, échele un ojo, quizá ahí esta otro criterio, se titula '¿Cómo cancelar un CFDI que ya tiene documentos relacionados?' [/quote] Lo anterior fue lo primero que debiste decir antes que esa primera barbaridad ¿o porque crees que calexgonzalez te apoyo? Pues porque los dos dijeron lo mismo: [u][b]Claro que no hay fundamento legal[/b][/u] Relee y mira lo que cada quien dijo. Saludos. [i]Editado: Enero 30, 2018 18:43:46[/i]
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 30, 2018 16:35:06 Asunto: Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
A este momento, hablando de CFDI de ingresos, en el nodo “CDFI relacionados” usando la clave “04 Sustitución de los CFDI previos” [b]no se cancela nada[/b], por el contrario, se duplican los ingresos. Lo dice el chat, lo dice mi programa contable y en el SAT los CFDI tienen estatus de vigentes los dos y los dos son CFDI de ingresos. Esa es mi experiencia. Ojala haya más participantes a este tema. Saludos. [i]Editado: Enero 30, 2018 16:52:12[/i]
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 30, 2018 14:04:53 Asunto: Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
[quote]Por lo que veo, tu criterio está basado en la práctica y en lo que los del chat del SAT te comentan, eso para mí es algo en verdad poco fiable. [/quote]neonato, me gustaría comentar este tema contigo (porque parece que calexgonzalez le sacó al parche) :) :) ¿Le entras o te da frio? :) :) ¿Realmente crees que una factura puede cancelarse así? [quote]¿Para que les suena que sea el tipo de relación 04 'Sustitución de los CFDI previos'? A mí me suena que va exactamente en estos casos sin necesidad de cancelar el anterior. [/quote]¿En caso de que si, cual es tu fundamento? Saludos. [i]Editado: Enero 30, 2018 14:09:34[/i] [i]Editado: Enero 30, 2018 14:11:41[/i]
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 30, 2018 13:17:22 Asunto: Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
[quote]ya lo del IVA pues si sale sobrando porque no sabemos si la factura se pagó o no (ignoro si en alguna parte el creador del tema aclaró ese detalle). [/quote]Bien, me alegra ver que coincidimos con respecto al IVA debido a que nosotros suponemos que no hubo pago sobre dicha factura, ok perfecto, de acuerdo. [quote]Quizá tu criterio y el mío es diferente por que pensamos (yo) que la operación se dió conforme a LISR, y tú quizá piensas que fué una factura que no tuvo ningún efecto fiscal, [/quote] Exacto, ahí esta tal vez nuestra discrepancia. En mi opinión: para efecto de ISR, la factura si tuvo su efecto fiscal correspondiente de Septiembre a Diciembre del 2017, es decir, [u]tuvo un efecto fiscal temporal[/u], pero si la llegamos a cancelar, en mi opinión la factura ya no tiene efectos fiscales de ningún tipo y ni tampoco tiene efectos contables. La que tendrá todos los efectos fiscales y contables será la nueva factura de enero del 2018 inclusive sobre esa misma el cliente pagará. [quote]Pero, en el supuesto de que la acumulación conforme a LISR se haya cumplido, sigo con la firme idea que cancelar con un 'egreso' no es correcto[/quote] [b]Va ok te la compro, de acuerdo fiscalmente hablando. [/b][u]Para efectos contables es correcto[/u] Saludos. [i]Editado: Enero 30, 2018 13:53:04[/i]
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 30, 2018 12:40:46 Asunto: Re: Cancelación CFDI 2017 y Sustitución en 2018
[quote]Deja anoto eso de que el 'programa de contabilidad' es superior a las mismísimas Leyes Fiscales, quizá me sirva para algún amparo. [/quote] neonato, no te ciegues. ¿Porque no comentas como lo harías tu, así? [quote]Las situaciones particulares de los contribuyentes nos llevan a ver casos tan diveros como este que planteas. En mi caso, considero posible hacer eso de sustituir el CFDI por uno nuevo y correcto, plasmando en el nuevo CFDI la leyenda que indique que este nuevo comprobante sustituye para todos sus efectos fiscales y legales al # XX de Fecha XXXX del mes XXXX del año XXXX. Claro que no deberás mover nada en contabilidad, o bueno solo cambiar el XML en la póliza contable por el nuevo y ya. [/quote] [b]¡Dios santo, que barbaridad! [/b] ¿No es así? ¿Por qué no comentas como lo harías tu? Saludos. [i]Editado: Enero 30, 2018 13:29:32[/i]

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