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Tópico: Escrito pago en parcialidades
goldeneye

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 02, 2010 10:03:27 Asunto: Re: Escrito pago en parcialidades
Buen dia SaulCastroVazqz, lo que sucede es que el criterio u opinion que usted menciona es en base a la jurisprudencia contenida en este link: http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=38696&idCat=10 Debido a que la autoridad no te puede fincar un credito fiscal por un pagho provisional mal calculado, toda vez que la naturaleza del ISR/IETU es anual y no mensual, De ahi que se recomienda, que si se hizo mal el calculo de un pago provisional este se ajuste en el calculo anual, Salu2
Tópico: Escrito pago en parcialidades
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 02, 2010 09:22:38 Asunto: Re: Escrito pago en parcialidades
Buen dia Si muy buena aportacion memoli, veo que llegaste a la misma conclusion que un servidor, y en efecto como menciona Lobozac muy bien desarrollado el tema con sus respectivas exposiciones de criterios, Salu2
Tópico: Soc civil universal
goldeneye

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 02, 2010 09:17:29 Asunto: Re: Soc civil universal
Buen dia, [color=red]AHHHHH CHIN....... PENSION ALIMENTICIA PARA LOS SOCIOS, FISCALMENTE HABLANDO ????? O COMO ???????????? SI, DEFINITIVAMENTE COMO LE BUSCAMOS A 'LA LEY' PARA BURDAMENTE [/color] Buen punto Lobozac, fijate que de hecho hace tiempo me encontre un articulo en una revista fiscal que hablaba d esto, no recuerdo bien si era una jurisprudencia o un criterio del SAT en donde manifestaba que para nada estaban exentos la 'pension alimenticia' otorgada a los socios, ya esta solo se referia a la otorgada por ejemplo a un hijo, Haber si lo encuentro, y se los paso, salu2
Tópico: Soc civil universal
goldeneye

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 01, 2010 17:26:20 Asunto: Re: Soc civil universal
[color=red]lo cierto es que hay muchas cooperativas de ese tipo, pero también existen algunas que realmente si FUNGEN como lo que son, cooperativas, apegandose a su estricta naturaleza[/color] Si por supuesto CPhugoocejo, mientras todo se haga conforme a ley, adelante con esto, sin embargo emiti mi comentario basado en lo que mencionaba neonato en un inicio, que estas se pondrian de moda para realizar los mismos actos que las cooperativas, o por lo menos eso fue lo que entendi yo.... salu2
Tópico: Soc civil universal
goldeneye

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 01, 2010 16:09:00 Asunto: Re: Soc civil universal
Ijole pues nunca habia escuchado el termino, Pues desde mi punto de vista, si estas seran las que se vayan a usar con el mismo proposito que las cooperativas, entonces que caso tiene hechar mano de esto, ya vimos lo que esta sucediendo con las cooperativas, De antemano sabemos que toda planeacion o practica fiscal que el fisco vea o catalogue como agresiva le pasara lo mismo que a las cooperativas, asi que el que se anime a usarlas para los mismos fines evasivos de las cooperativas pues nomas habra que tener mucho cuidado, En lo personal estoy en desacuerdo con toda la planeacion fiscal que deje en desventaja a los empleados, si ya de por si con el sueldo se les da en la torre, ahora quitandole derechos y prestaciones pues ni como no, Salu2
Tópico: pago de lo indebido, no se puede compensar ¿?
goldeneye

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 01, 2010 13:16:59 Asunto: Re: pago de lo indebido, no se puede compensar ¿?
Ok, no es el caso, es solo un ejemplo CPVICTOR, dado que como menciona usted confundo los terminos, El mio en concreto fue que en un mes entere retenciones que debieron haberse enterado en otro, por lo que corregi el mes declarandolo como pago de lo indebido [color=red]n el inicial plantea que pago en un mes que no tuvo retenciones, [u]por eso se me hizo estraño que el portal bancario le dejara manifestar cero en impuesto a cargo y la cantidad pagado como pago de lo indebido[/u][/color] Estas declaraciones las hago en 'mi portal' del sat mediante el servicios de pagos y declaraciones, hasta ahorita no he tenido problema en manifestar el pago de lo indebido ene ste medio, [color=red]Si al contribuyente en lugar de realizarle yo una retencion del 10% de ISR se la hice por 15% y ese mismo 15% se lo entero al SAT, es una retencion en exceso, toda vez que no la puedo declarar como pago de lo indebido ya que no es pago de lo indebido ¿?, en este caso como se manifestaria esa retencion mal efectuada y enterada al SAT, se deja asi nomas ¿?[/color] Repito no es mi caso, simplemente pongo ese ejemplo ya que asi es como lo entiendo yo el pago de lo indebido por haber retenido en exceso, en donde no podria declararlo como pago de lo indebido mio, por lo tanto no podria solicitar su devolucion/compensacion toda vez que eso solo le corresponde al contribuyente al que se le retuvo de mas, En efecto seria un caso muy extraño, repito no es el mio, era solamente para aclarar en que casos la autoridad no permite la compensacion de pago de lo indebido por haber retenido en exceso, Salu2
Tópico: CUAL ES EL MEJOR LIBRO PARA ADMON SUELDOS Y SALARIOS
goldeneye

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Junio 01, 2010 11:19:55 Asunto: Re: CUAL ES EL MEJOR LIBRO PARA ADMON SUELDOS Y SALARIOS
Buen dia, De libros no te podria recomendar, sin embargo de revistas o apuntes fiscales puedes checar: PAF, IDC, TAX, Puntos Finos, manejan muy buenos temas y muy bien fundamentados, suerte salu2
Tópico: Escrito pago en parcialidades
goldeneye

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 01, 2010 10:42:44 Asunto: Re: Escrito pago en parcialidades
Ahh ok coincido con Lobozac, no se moleste Mary84, Este es un foro de intercambio de ideas y criterios para ayudarnos entre todos, somos profesionales y como tal debemos de saber como tratar todos estos asuntos de tal forma en que lleguemos a una conclusion razonable, Si su criterio, opinion o postura no coincide con la de los otros foristas, basicamente solo defiendala y mantengase firme, aceptando por supuesto errores, si de alguna forma se siente ofendida por algun forista manifiestelo abiertamente y sin ningun problema, De nuevo, gusto en que haya podido llevar acabo el tramite, Salu2
Tópico: Escrito pago en parcialidades
goldeneye

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 01, 2010 10:36:20 Asunto: Re: Escrito pago en parcialidades
Buenos dias, Pues que bueno que se haya podido llevar acabo el tramite Mary84, en lo personal nunca me ha tocado hacer este tipo de movimientos, coincido con un comentario (creo que de lcruizuscanga), Sin embargo y apesar de tener el mismo criterio que lcruizuscanga, en la practica el criterio de la autoridad no es el mismo, si en una revision te detectan un pago provisional mal calculado la autoridad pide que este sea cubierto, sin importar si esto lo ajustaste en la anual, Inclusive existen varios colegas que coinciden, ya que son muy conservadores y aluden a que si tienes la obligacion de calcular pagos provisionales a cuenta del impuesto anual, estos se deben de calcular de forma correcta, sino no esta cumpliendo con la obligacion, Ahora, como habia mencionado, existe una jurisprudencia que refuerza el criterio de que la autoridad no te puede multar o imponer un credito fiscal por haber calculado mal un pago provisional, ya que el ISR o IETU en este caso, es de naturaleza anual y solo se sanciona el mal calculo del impuesto anual, sin embargo hay que analizar el costo-beneficio ya que esto lo tendrias que pelear en juicio, Mi conclusion es que si se puede solicitar un pago en parcilidades derivado de una contribucion provisional por pagar debido a que(y vuelvo a lo mismo) no veo disposicion expresa que lo prohiba salvo las contenidas en el 66-A del CFF, sin embargo, no resultaria conveniente, toda vez que esto se ajusta de manera anual, y tal error quedaria subsanado, Ahora, suponiendo que el pago en parcialidades solo fuera para el impuesto anual, el impuesto anual cuando debe de pagarse ¿?, para PM a mas tardar en Marzo y PF en Abril, y suponiendo que yo determino mi impuesto anual en marzo y me salio a cargo, tengo que pagarlo en marzo no ¿?, y no tengo flujo sufienciente y opto por el pago en parcialidades, sin embargo me voy a al 66-A y veo lo siguiente: CONTRIBUCIONES POR LAS QUE NO PROCEDE LA AUTORIZACION VI. No procedera la autorizacion a que se refiere este articulo tratandose de: a) Contribuciones que debieron pagarse en el año calendario en curso [u]o las que debieron pagarse en los seis meses anteriores al mes en el que se solicite la autorizacion[/u], Y veo que mi contribucion a cargo debe de tener cuando menos 7 meses de antiguedad para que el pago de esta pueda ser autorizado de manera parcial, por lo que tendria que esperar hasta septiembre para poder solicitar el pago en parcialidades del impuesto anual, y sin embargo la autoridad me lo autoriza, como dice Lobozac ¿y donde queda la ley? o en este caso no aplicaria mi interpretacion ¿? Sin embargo esto es por facultad discrecional, y como ya me canse de escribir me despido de ustedes compañeros foristas, y emitiendo mis opiniones sin el afan de ofender a nadie ni menospreciar sus criterios los cuales valen tanto como los mios, Salu2
Tópico: Indemnizacion
goldeneye

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Junio 01, 2010 09:44:15 Asunto: Re: Indemnizacion
Buenos dias, Muchas gracias a todos por su valiosa opinion, y aclarando que esta situacion no se esta dando en nuestra empresa, fue una consulta de un compañero al que se le presento este caso, al cual mi opinion fue la inicialmente expuesta, A lo que me platico, esta persona se contrato para un trabajo de depuracion contable, sin embargo no mostro el desempeño deseado, por lo que se decidio prescindir de el, sin embargo por un descuido no se le hizo la segunda extension del contrato, Al momento de darse cuenta de esto se pretendio resarcir esto pidiendole al trabajador que firmara la segun extension a casi a 2 semanas de que este ya deje el trabajo, lo cual no acepto el colaborador, Estoy completamente de acuerdo con su comentario Lic. sin embargo pues este tipo de contrato por obra determinada se contemplan en Ley y la gente hace uso de ellos para evadir responsabilidades tal como usted lo menciona, en este caso se esta pretendiendo evadir el indemnizar a esta persona, En base a su comentario bsasc, tambien de acuerdo, me atrevi a llamarle 'indefinido', por que a lo que me comenta mi colega, es un trabajo que lleva bastante tiempo, y desde un punto de vista personal, esta la depuracion contable se da mes con mes , por lo que en realidad la causa no desaparecera nunca. De nuevo gracias a ustedes por sus valiosos comentarios, salu2

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