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Tópico: P.T.U.
fiscalcorp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 20, 2009 10:55:13 Asunto: Re: P.T.U.
Hay 'topes' en los montos a entregar por cada trabajador, no en el total a repartir. Como lo comentan anteriormente es 10% de la renta gravable (art 16 PTU) y los que han ganado el juicio reparten conforme al art 10 LISR sin deducir pérdidas. slds
Tópico: Multas deducibles
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 18, 2009 18:46:05 Asunto: Re: Multas deducibles
Sigo sin entender el motivo para hacer deducible la actualización. Según el art 2 del CFF las cuotas obrero patronales son contribuciones, de acuerdo al mismo artículo, la actualización se considera como un accesorio a las contribuciones y de acuerdo al 2o párrafo de la fracción I del art 32 los accesorios a las contribuciones se consideran No Deducibles (a exepción de los recargos), entonces no veo donde esta el fundamento para deducir la actualización de las cuotas obrero patronales. Que opinan?
Tópico: Deducción de cubre bocas,antibacteriales y jabón para manos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 18, 2009 09:15:14 Asunto: Re: Deducción de cubre bocas,antibacteriales y jabón para manos
LISR Considero que que de acuerdo al art 123 de la Constitución este gasto se convierte en indispensable, con esto nos aplicaría la fracción I del art 31 LISR. Artículo 31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos: I. Ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente, Constitución Pólitica de la Rep. Mexicana Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley. XV. El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento,.....
Tópico: factura de pm 2008 no pagada a hasta 1 de mayo 2009
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 11, 2009 12:45:59 Asunto: Re: factura de pm 2008 no pagada a hasta 1 de mayo 2009
Primero hay que ver si aplica en tu caso, ya que eso de los 4 meses aplica para los pagos que se realicen con cheque [b]y de estos pagos solo a los que se realicen a personas físicas, contribuyentes de régimen simplificado, y a sociedades y asociaciones civiles[/b]. saludos
Tópico: Devolución de IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 07, 2009 16:26:46 Asunto: Re: Devolución de IVA
Este es un tema muy viejo, varios conocidos lo han aplicando a algunos con suerte les devuelven el saldo, y en años siguientes han tenido que devolver el $ claro con sus respectivos accesorios Creo que lo que comenta Chavalon es contundente saludos
Tópico: CALCULO ANUAL ISR IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 05, 2009 17:33:14 Asunto: Re: CALCULO ANUAL ISR IETU
El dato que debes tomar en cuenta en el cálculo de IETU es el del ISR del ejercicio (a como entiendo son $100), en ISR te debe quedar un SAF de $20, los cuales podrías compensar vs IETU en el portal bancario
Tópico: gastos extranjeros deducibles?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 21, 2009 09:28:04 Asunto: Re: gastos extranjeros deducibles?
Mmmh creo que le damos una distinta interpretación a la regla, desde mi punto de vista se refiere a los comprobantes de extranjeros no establecidos en México que presten un servicio en el extranjero para un contribuyente de México, ejemplo: Una compañía mexicana exporta 'x' producto a USA, la compañía lo demanda ante las autoridades en USA y la mexicana contrata a un despacho estadounidense de abogados para que lleven el caso, a esos comprobantes yo interpreto que se refiere esa regla, pero bueno, el caso que mencionas del prestador de servicios mexicano que gasta en USA nunca lo he tenido pero creo que también aplicaría.
Tópico: gastos extranjeros deducibles?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 20, 2009 19:26:17 Asunto: Re: gastos extranjeros deducibles?
A como entiendo, el planteamiento es que la persona fisica que presta servicios en el extranjero (entiendo que la persona es mexicana) y esta persona fisica desea deducir gastos de alimentos, gasolina y algunos materiales (creo que sobre estos gastos del extranjero es la duda de que requisitos deben cumplir las facturas) esperemos nos aclare el compañero slds
Tópico: Recargos dia viernes
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 20, 2009 18:48:50 Asunto: Re: Recargos dia viernes
De acuerdo con lo que comenta lcruizuscanga. El artículo 21 del CFF menciona que los recargos se causan por cada mes o fracción de mes desde que debió hacerse el pago y hasta que se efectúe el mismo. Ahora que reviso el artículo, me queda la duda si se puede aplicar lo siguiente, que opinan ustedes de que toda vez que los intereses se causan por mes 'o fracción', dividir la tasa mensual entre los días del mes y solo computar los días que corresponen, es decir hoy (fecha límite para el PP de marzo) no pagas y pagas este viernes: Actualización: no procede. Recargos: dividir la tasa de 1.13% entre 30 días de abril y el resultado multiplicarlo por 4 (desde al martes hasta el viernes), como ven?? Espero sus comentarios,
Tópico: gastos extranjeros deducibles?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 20, 2009 18:35:00 Asunto: Re: gastos extranjeros deducibles?
Chavalon: El compañero menciona que realiza gastos por alimentos, gasolina y compra materiales, Le seguirá aplicando esa regla? es decir al no tratarse de 'servicios' como lo menciona la regla, o lo comentas aplicando la regla por analogía. p.d. Yo también opino que son deducibles, pero tengo dudas en los requisitos que debe cumplir, yo pienso (sin fundamento alguno) que si cumplen con los requisitos del país de origen deberían ser considerados deducibles para el fisco en México saludos

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