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Tópico: COMPENSAR IVA CONTRA ISR RETENIDO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 17, 2009 13:16:55 Asunto: Re: COMPENSAR IVA CONTRA ISR RETENIDO
Lo del caso de la devolución inmediata aplicaría solamente para las retenciones de la fracción IV del 1-A LIVA., para desperdicios existe una regla pero esta limitada a que para aplicarte la devolución inmediata hayas retenido y te hayan retenido el IVA por concepto de compra o venta de desperdicios. Para los demás casos: a pagar señores slds
Tópico: PTU - AVISO ESTIMULO FISCAL CFF 25.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 17, 2009 13:07:01 Asunto: Re: PTU - AVISO ESTIMULO FISCAL CFF 25.
Como? preguntas y te respondes tu solo...mmmmh creo que es una nueva modalidad del 'foro'!
Tópico: A partir de que importe las instituciones financieras deben retener el 0.85% de impuesto a personas fisicas?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 14, 2009 01:18:21 Asunto: A partir de que importe las instituciones financieras deben retener el 0.85% de impuesto a personas fisicas?
A partir de que importe las instituciones financieras deben retener el 0.85% de impuesto a personas fisicas?
Tópico: Como se puede saber el nombre de una empresa teniendo el RFC?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 14, 2009 01:17:58 Asunto: Como se puede saber el nombre de una empresa teniendo el RFC?
Como se puede saber el nombre de una empresa teniendo el RFC?
Tópico: COMPENSAR IVA CONTRA ISR RETENIDO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 10, 2009 12:54:40 Asunto: Re: COMPENSAR IVA CONTRA ISR RETENIDO
Me queda la duda sobre el ISR retenido, aquien se lo retuviste, en principio se podría compensar de acuerdo al 23 CFF, pero deberías dar mas información para ver en especifico tu problema: [b]'Artículo 23. Los contribuyentes obligados a pagar mediante declaración podrán optar por compensar las cantidades que tengan a su favor contra las que estén obligados a pagar por adeudo propio o por retención a terceros, siempre que ambas deriven de impuestos federales distintos de los que se causen con motivo de la importación, los administre la misma autoridad y no tengan destino específico, incluyendo sus accesorios[/b]. Al efecto, bastará que efectúen la compensación de dichas cantidades actualizadas, conforme a lo previsto en el artículo 17-A de este Código, desde el mes en que se realizó el pago de lo indebido o se presentó la declaración que contenga el saldo a favor, hasta aquel en que la compensación se realice. Los contribuyentes presentarán el aviso de compensación, dentro de los cinco días siguientes a aquél en el que la misma se haya efectuado, acompañado de la documentación que al efecto se solicite en la forma oficial que para estos efectos se publique'. Las únicas que no se pueden compensar son por las que textualmente la ley lo impida, que hasta donde yo sé solo son las retenciones de IVA de acuerdo a lo siguiente: Art 1-A LIVA 'El retenedor efectuará la retención del impuesto en el momento en el que pague el precio o la contraprestación y sobre el monto de lo efectivamente pagado y lo enterará mediante declaración en las oficinas autorizadas, conjuntamente con el pago del impuesto correspondiente al mes en el cual se efectúe la retención o, en su defecto, a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquél en el que hubiese efectuado la retención, [b]sin que contra el entero de la retención pueda realizarse acreditamiento, compensación o disminución alguna, salvo lo dispuesto en la fracción IV de este artículo. [/b]'
Tópico: PTU DISMINUIDO DE PROVISIONALES ?????
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 10, 2009 09:41:17 Asunto: Re: PTU DISMINUIDO DE PROVISIONALES ?????
Erika: creo que la redacción de tu planteamiento esta algo confusa, pero en resumen sería así: La PTU generada en 2007 que pagaste en 2008, disminuye (proporcionalmente) la utilidad fiscal de tus pagos provisionales de mayo a diciembre 2008 La PTU generada en 2008 que pagaste en 2009 (si es que ya esta pagada) disminuye (igual en forma proporcional) la utilidad fiscal de tus pagos provisionales de 2009 de mayo a diciembre.
Tópico: por fin, Sipred 2008
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 08, 2009 12:47:23 Asunto: Re: por fin, Sipred 2008
Así es, no cabe duda que todos estamos sobre el dictamen, p.d. por cierto al tratar de instalarlo, ya comence con contratiempos, me solicita unos archivos raros como Catalog08, etc saludos
Tópico: por fin, Sipred 2008
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 08, 2009 12:33:34 Asunto: por fin, Sipred 2008
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/descargas/sipred/61_6755.html
Tópico: Adiós a los Cuestionarios del Sipred?...really?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 05, 2009 09:03:26 Asunto: Adiós a los Cuestionarios del Sipred?...really?
La redacción del Folio del IMCP, reza así: 'Cuestionarios Su presentación no será obligatoria para 2008, sin consecuencias para el contribuyente ni para el auditor.' Da a entender que la aplicación no será obligatoria, sino opcional, pero a juicio de uds, el fisco verá indistintamente a quien lleno el Cuestionario y quien no lo lleno?, el que lo va a llenar es porque se va a sentir con la seguridad de que tiene la casa en orden y que el que no lo llena...puede ser que no lo llene no porque no tenga las cosas bien, sino por otra razón, la cosa es que va a pensar el fisco y si en realidad esto no va a ver igual a un contribuyente que lleno el cuestionario de aquel que no lo lleno en su ranking de compañias de menor o mayor riesgo...me parece que eso de opcional es como una especie de trampa.
Tópico: compensacion de iva de saldo a favor posterior
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 22, 2009 15:20:23 Asunto: Re: compensacion de iva de saldo a favor posterior
Coincido con Chavalon, además cerciorate de no pagar recargos 'de mas', lee el art. 9 del reglamento del Código Fiscal de la Federación. slds

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