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Tópico: salario base de cotización
ByPaco

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 28, 2004 Asunto: Re: salario base de cotización
aclarando lo anterior debes integrar solo la diferencia del 10% del Premio vs. SBC
Tópico: salario base de cotización
ByPaco

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 28, 2004 Asunto: Re: salario base de cotización
[quote:ffe49fb148="brandon"]hola, buen dia, nuevamente yo con mas lata, en el art. 27 de ley del seguro social,fracc. VII sobre los premios de puntualidad y asistencia dice que estos no integran el salario base de cotización siempre que no rebasen del 10% del salario base de cotización. cómo es eso, si se supone que se busca que elementos integran y cuales no para determinar dicho salario, luego entonces ese 10% sobre que se debe comparar. por otro lado, quisiera saber si el factor de integracion solo varia por los dias de vacaciones o depende tambien de los dias de aguinaldo y porcentaje de prima vacacional que dan las empresas, o solo se aplican las prestaciones de ley modificandose asi por las vacaciones unicamente mil gracias[/quote:ffe49fb148] Respondiendo a tu primera pregunta, el SBC con el que lo comparas es el que tienes registrado ante el IMSS actualmente, y si tu premio rebasa el 10% de ese SBC debes eintegrarlo para el Sig. Bim. (art. 30 LSS). La segunda, ya fue contestada.
Tópico: Multa X no hacer modif Salario a peticion del IMSS
ByPaco

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 26, 2004 Asunto: Re: Multa X no hacer modif Salario a peticion del IMSS
[quote:b3cf686002="alandurazobrassea"]Estimado forista: Sobre todo puedes hacerle ver al IMSS que no todas las percepciones de los trabajadores integran Salario Base de COtización, vale la pena señalar que las invitaciones a que te refieres no tienen sustento legal alguno pues no se trata ni siquiera de una presunción a favor de la autoridad y que solamente podría determinarte capitales omitidos a través de el uso de sus facultades Discrecionales. Por otro lado vale la pena señalar que si te estan imponiendo la multa del artículo 304 de la LIMSS es una multa fija se inconstitucional seguramente conseguiras la nulidad de la multa en caso de impugnarla Sin otor en particular Alán[/quote:b3cf686002] El Reglamento del IMSS dice: Artículo 55. El Instituto aplicará de oficio las modificaciones originadas por el cambio en los salarios mínimos generales, adicionándole los porcentajes mínimos establecidos en la Ley Federal del Trabajo, correspondientes a prima vacacional y aguinaldo, para aquellos trabajadores que reciban las prestaciones mínimas y tengan un año o menos de antigüedad al servicio del patrón que lo tiene inscrito. Los patrones deberán presentar sus avisos a través de los medios autorizados por el Instituto, en aquellos casos en que los porcentajes correspondientes a los conceptos de prima vacacional y aguinaldo sean superiores a los mínimos antes señalados, cuenten con más de un año de antigüedad al servicio del patrón que lo tiene inscrito o cuando el trabajador reciba otras prestaciones que integren el salario base de cotización en los términos de la Ley.
Tópico: REQUERIMIENTO INFONAVIT
ByPaco

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 26, 2004 Asunto:
Asi es, el patron obra mal, talvez por no querer pagar RCV y el 5% de INFONAVIT, tal vez queria pagar solamente la retención del trabajador, y eso tengo entendido no se puede
Tópico: Calcular RFC y CURP
ByPaco

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2004 Asunto:
[quote:57798f1223="Alucard"]Saludos colegas...!! Hola "Geo" y si me llamo Jos´´e María...?? Esta buena la aportación "jlp" 8O :o[/quote:57798f1223]Me imagino que se quita el primer nombre si este es José o María, y se toma el Segundo Nombre sea cual sea.
Tópico: REQUERIMIENTO INFONAVIT
ByPaco

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 26, 2004 Asunto:
Opino lo mismo que pepesoto, pero según entiendo en este caso el trabajador pago por su cuenta, ¿y tiene los comprobantes de pago?
Tópico: PUNTOS DE INFONAVIT
ByPaco

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 26, 2004 Asunto:
[quote:07ee086b5a="pepesoto"]:| Por increible e injusto que parezca, si yo renuncio hoy viernes y mañana sabado entro a trabajar con un nuevo patron, mis puntos "se pierden". Debe haber una forma de exigir al Infonavit que reconsidere esta aberracion... :? El Lic.[/quote:07ee086b5a]¿y que pasa con los trabajadores de la construccion?, que laboran por obra o tiempo determinado, y si reingresan con el mismo patron despues de un tiempo de no trabajar ¿Se les considera antigüedad en cuestion de INFONAVIT?, ¿como se consideran los puntos? Como pasa en este pais, "al perro mas flaco..."
Tópico: Multa X no hacer modif Salario a peticion del IMSS
ByPaco

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 25, 2004 Asunto:
[quote:4d200b40f2="adolfof"][quote:4d200b40f2="ByPaco"]Es cierto que el IMSS hace lo que quiere, pero tambien es cierto en la practica mucha empresas dan de alta al trabajador con el Sal. Min. y le pagan la diferencia del sueldo que prometieron al trabajador "por fuera", tambien es cierto que se debe presentar mod. de Sal. cada año (por lo menos del integrado), ya que las prestaciones de Prima vacacional aumenta. Segun la LFT. ¿Se han estado haciendo estos movimientos?, de no ser así, ¿El IMSS puede determinarlas?. Si se hacen las cosas como se deben hacer no se daria pie a que la "autoridad" cometa estos abusos, ni tendria fundamentos para hacerlo. Lo que no justifica lo que hace quiero aclarar.[/quote:4d200b40f2] Hola ByPaco: Tienes razon en cuanto a que debe haber modificacion de salario cada año por motivo de antiguedad, lo que a muchos colegas se les pasa dicha modificacion, en el caso de que comentas sobre la modificacion por antiguedad de año con año, ¿ cuando no hay aumento de sueldo, debera ser precisamente un dia despues del año cumplido, el aviso de modificacion? o sea por ejemplo, si alguien entra a trabajar el 25 de enero , sera hasta el proximo 25 de enero que esta cumpliendo su primer año, al siguiente dia debera modificarse su salario? o como lo manejas en tu caso. Gracias........![/quote:4d200b40f2]En mi sistema de nomina que tengo genera automaticamente a los que van a cumplir en el sig bimestre, y los presento con las mod. de sal. del bim., osea que los presento anticipadamente.
Tópico: prevision social ayudaaaaaa porfissss
ByPaco

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 25, 2004 Asunto:
[quote:5098d30945="DANIELAYHA"]:idea: HOLA: SABES YO TENGO UN TRABAJO SOBRE ESTO QUE TE PODRIA AYUDAR PERO NO SE CUAL ES TU EMIAL PARA MANDARTELO. BYE[/quote:5098d30945]Hola DANIELAYHA porque mejor no lo subes a descargas para que otros podamos consultarlo
Tópico: Acerca del disco generado
ByPaco

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 25, 2004 Asunto:
[quote:3ac7664f4d="PUPYS"]efectivamente, el banco solo utiliza el disco para leer la informacion, y ya no graba nada, lo que si es importante de contar con el disco es para un futuro pago de diferencias, pero gracias a que eres precavido y tu grabas dos discos, si el banco no te lo regresa no hay ningun problema, tambien seria bueno generar el pago tambien en el disco duro...[/quote:3ac7664f4d]En el directorio de SUAWIN cada que el programa genera un pago se generan ahi los archivos repmen.txt y repbim.txt, estos podria quedar como historico en el Disco Duro solo habria que renombrarlos. y si quieren moverlos a una carpeta en particular

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