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Autor | Mensaje |
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Tópico: Deducciones en Reg simplificado | |
CPVICENTEMM Mensajes: 1 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 28, 2005 Asunto: Re: Deducciones en Reg simplificado |
En mi opinión seria aplicable de forma mensual, ya que estos contribuyentes de acuerdo al articulo 81, estas PM, aplican disposiciones de las secciones I y II del capitulo II, titulo IV, es decir, aplican lo del regimen gral. e intermedio de personas fisicas. Incluso pueden deducir al 100% como gasto las inversiones de algunos activos (art. 136 LISR). Saludos :) | |
Tópico: que me recomiendan? | |
CPVICENTEMM Mensajes: 9 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2005 Asunto: Re: que me recomiendan? |
Hola aunque no lo reciba el contribuyente, para eso te dejaron el citatorio, aunque en determinado momento se puede negar la notificacion. La notificacion surte efectos legales hasta el dia siguiente en que fueron practicadas. | |
Tópico: SAT NO CONSIDERA PAGO DEL 5% ESTADO, INTERMEDIO | |
CPVICENTEMM Mensajes: 8 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2005 Asunto: Re: SAT NO CONSIDERA PAGO DEL 5% ESTADO, INTERMEDIO |
No sean malo ponle numeros para ver como esta el caso :) | |
Tópico: SAT NO CONSIDERA PAGO DEL 5% ESTADO, INTERMEDIO | |
CPVICENTEMM Mensajes: 8 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 24, 2005 Asunto: Re: SAT NO CONSIDERA PAGO DEL 5% ESTADO, INTERMEDIO |
Compensacion? a ver mejor barajeanosla mas despacio | |
Tópico: SAT NO CONSIDERA PAGO DEL 5% ESTADO, INTERMEDIO | |
CPVICENTEMM Mensajes: 8 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 24, 2005 Asunto: Re: SAT NO CONSIDERA PAGO DEL 5% ESTADO, INTERMEDIO |
Compensacion? a ver mejor barajeanosla mas despacio | |
Tópico: devoluciòn de iva | |
CPVICENTEMM Mensajes: 6 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 24, 2005 Asunto: Re: devoluciòn de iva |
Mira el problema aquí, es que se esta jugando con fuego, dile que si quiere solicitar devolucion de ese IVA será bajo su propio riesgo, ya que la autoridad te puede pedir la documentacion comprobatoria correspondiente, estados de cuenta, y si te devuelve algo que no le corresponde, al rato le va a salir mas caro. :) | |
Tópico: NO HAY DELITO!!! | |
CPVICENTEMM Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 23, 2005 Asunto: Re: NO HAY DELITO!!! |
Se refiere al topico con el titulo [color=blue:e08c733756]"procedera demanda?"[/color:e08c733756] :D | |
Tópico: proporcion? | |
CPVICENTEMM Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 23, 2005 Asunto: Re: proporcion? |
En mi opinion seria al 100 %, pero en miscelanea te da la facilidad de determinada por el periodo que calculas. 3.13.6. Para los efectos del artículo 114 de la Ley del ISR, vigente durante el ejercicio de 2004, en relación con el inciso f) de la fracción I del Artículo Segundo de las Disposiciones de Vigencia Temporal de la Ley del ISR, publicadas en el DOF el 1 de diciembre de 2004, los empleadores que deban calcular el subsidio contra el impuesto a cargo de sus trabajadores, podrán obtener la proporción prevista en dicha disposición, con el monto total de los pagos efectuados en el periodo comprendido entre el 1 de enero del año de que se trate y la fecha en que se determine el impuesto, así como con el total de erogaciones efectuadas en el mismo periodo por cualquier concepto relacionado con la prestación de servicios personales subordinados a que se refiere dicho artículo, siempre que dicha proporción resulte mayor en más de un 10% en relación con la del ejercicio inmediato anterior. [color=red:29f46ab6ac]También podrán optar por lo previsto en esta regla, los empleadores que inicien actividades en el ejercicio fiscal de 2004[/color:29f46ab6ac]. | |
Tópico: Actividad Profesional | |
CPVICENTEMM Mensajes: 10 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 23, 2005 Asunto: Re: Actividad Profesional |
Mira mientras no realicen pagos mayores a 2000.00 no tienes que expedir cheque para pagarlo. La cuenta la puede aperturar (hay que empezar por enseñar la necesidad del ahorro), no pasa nada. | |
Tópico: Deducion sin comprobantes fiscales | |
CPVICENTEMM Mensajes: 6 |
Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 23, 2005 Asunto: Re: Deducion sin comprobantes fiscales |
Mira algo recuerdo de eso, creo que estaba en el CFF ya lo busque y no lo encontre, era sobre la contabilidad si mal no recuerdo, pero en la actualidad los unicos que conosco que pueden deducir hasta ciertos porcentajes son los del sector primario y los transportistas. Claro reuniendo algunos requisitos (pero sin comprobante no creo) |
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