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Tópico: PREGUNTA
CPVICENTEMM

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 26, 2005 Asunto: Re: PREGUNTA
Este ejemplo deja claro el actuar ilegal (por no llamar tonto) de los funcionarios del SAT,como lo dicen los demas colegas y como precisa jjfarias con quien estoy totalmente de acuerdo, la transferencia bancaria es una forma de pago de acuerdo con el CFF. Presenta tu escrito libre, y la verdad es que con todo esto descubrimos que no hemos perdido nuestra capacidad de asombro, por que los del SAT siempre nos sorprenden con algo nuevo. :)
Tópico: honorarios???
CPVICENTEMM

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 26, 2005 Asunto: Re: honorarios???
En el reg. de las act. empresariales y profesionales se precisa: Artículo 133. Los contribuyentes personas físicas sujetos al régimen establecido en esta Sección, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley y en las demás disposiciones fiscales, tendrán las siguientes: VII.Presentar y mantener a disposición de las autoridades fiscales la información a que se refieren las fracciones VII, [size=18:8f7f179539][color=red:8f7f179539]VIII [/color:8f7f179539][/size:8f7f179539]y IX del artículo 86 de esta Ley. Artículo 86. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Título, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes: [color=red:8f7f179539]VIII. Presentarán a más tardar el día 15 de febrero de cada año la información de las operaciones efectuadas en el año de calendario inmediato anterior con clientes y proveedores mediante la forma oficial que para tal efecto expidan las autoridades fiscales. Para estos efectos, los contribuyentes no se encuentran obligados a proporcionar la información de clientes y proveedores con los que en el ejercicio de que se trate, hubiesen realizado operaciones por montos inferiores a $50,000.00.[/color:8f7f179539] Saludos :)
Tópico: REQUERIMIENTO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 26, 2005 Asunto: Re: REQUERIMIENTO
Hola jjfarias, me referia a que plazo se tendria para presentar una suspension de actividades. :)
Tópico: UNA DE CAJA DE PRESTAMO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 26, 2005 Asunto: Re: UNA DE CAJA DE PRESTAMO
Pues no tengo informacion sobre el manejo contable y fiscal, pero estas cajas las regulas SHCP y la CNBV
Tópico: REQUERIMIENTO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 26, 2005 Asunto: Re: REQUERIMIENTO
De acuerdo con el RCFF Art. 15. Artículo 15.- La solicitud de inscripción en el registro federal de contribuyentes a que se refiere el artículo 27 del Código, deberá presentarse dentro del mes siguiente al día en que se efectúen las situaciones que a continuación se señaladas: ... Artículo 19.- Para los efectos de la fracción I del artículo 14 de este Reglamento, el aviso de cambio de denominación o razón social, deberá presentarse ante la autoridad recaudadora correspondiente dentro del mes siguiente al día siguiente en que se firme la escritura. Artículo 20.-... El aviso de cambio de domicilio fiscal deberá darse dentro del mes siguiente al día en que tenga lugar la situación jurídica o de hecho que corresponda. ARt. 21... El aviso de aumento o disminución de obligaciones fiscales deberá presentarse ante la autoridad recaudadora correspondiente, dentro del mes siguiente al día en que se realicen las situaciones jurídicas o de hecho que los motiven. Artículo 22.- Se presentará el aviso de liquidación o sucesión a que se refiere la fracción IV del artículo 14 de este Reglamento en los siguientes casos: I.- Liquidación de sociedades. El aviso deberá darse ante la autoridad recaudadora correspondiente, dentro del mes siguiente al día en que se inicie el procedimiento de liquidación. II.- Sucesión, en el caso de que una persona obligada a presentar declaraciones periódicas fallezca. El aviso deberá ser presentado por el representante legal de la sucesión dentro del mes siguiente al día en que se acepte el cargo, a la misma autoridad ante la cual el autor de la sucesión venía presentando declamaciones periódicas. No se estará obligado a presentar aviso . cuando la persona que fallezca, hubiera estado obligado a presentar declamaciones periódicas únicamente por servicios personales. Artículo 24.- El aviso de apertura o cierre de establecimiento o de locales que se utilicen como base fija para el desempeño de servicios personales independientes, deberá presentarse ante la autoridad recaudadora en cuya circunscripción territorial se encuentre ubicado el establecimiento o local, dentro del mes siguiente al día en que se realice cualquiera de estos hechos. ¿Y el de suspensión de actividades? :)
Tópico: Regularizacion de carros
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 26, 2005 Asunto: Re: Regularizacion de carros
La pregunta la hago por que el decreto dice que son objeto de regularización aquellos automóviles usados procedentes de Estados Unidos de América y de Canadá cuyo año-modelo sea de [color=red:2c13e2a698]entre[/color:2c13e2a698] diez y quince años, anteriores al año de la importación :?
Tópico: Regularizacion de carros
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 26, 2005 Asunto: Re: Regularizacion de carros
Perdon por la pregunta, ¿De acuerdo al decreto un vehiculo 1998, no podria regularizarce? :roll:
Tópico: Pregunta
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2005 Asunto: Re: Pregunta
Una vieja practica que las empresas no han dejado atras, es el que el trabajador firme una hoja en blanco, para utilizarla en un futuro como renuncia. Es de reconocerse que un acto asi, no se concibe más que contrario a derecho, y lesiona al trabajador Al inicio de tu comentario decias "es correcto", claro que no, es por demas volver a decir lo que ya dijeron los colegas. ¿Legalmente tiene un efecto?, si se utiliza esa hoja firmada y se puede demostrar claro que tiene un efecto legal, pero sobre todo eso deja ver la poca calidad moral y humada del patrón. Saludos :)
Tópico: problema con secretaria de finanzas
CPVICENTEMM

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2005 Asunto: Re: problema con secretaria de finanzas
A caray, ¿no te recibieron tus pagos? estos si que se volaron la barda, la verdad es que el personal de finanzas (del estado que sean) siempre ha dejado mucho que desear. Si no te reciben tus declaraciones, en lo particular te aconsejo que vayas a otra oficina de finanzas de tu estado y ahi las presentes. :D
Tópico: CONTRIBUYENTES MENORES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2005 Asunto: Re: CONTRIBUYENTES MENORES
Estos contribuyentes existieron hasta 1997, puesto que 1998 nace el regimen de pequeños (a donde se fueron todos) :)

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