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Tópico: Implicacion Fiscal y legal importar material de otra empresa
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 22, 2007 Asunto: Re: Implicacion Fiscal y legal importar material de otra emp
Gracias enrique9727 y a los demás colegas por su apreciación es justamente lo que estoy buscando que me ayuden a ver lo que yo no veo, por tratarse de una operación nueva y extraordinaria y así poder encontrar los pros y contras, ya que estoy en proceso de análisis de la situación para ver si es factible o no realizarla sin perjudicar a la compañía X.
Tópico: Implicacion Fiscal y legal importar material de otra empresa
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 22, 2007 Asunto: Re: Implicacion Fiscal y legal importar material de otra emp
Esta es una operación totalmente extraordinaria, no se busca un lucro si no simplemente servir como puente para la importación de los materiales y hacerlos llegar a la empresa"Y". Vabdo: el margen de utilidad que comentas es algo asi como indispensable? pienso que seria lo ideal para que la autoridad no me observe que estoy haciendo operaciones que pudieran prestarse a juicios erroneos.
Tópico: Implicacion Fiscal y legal importar material de otra empresa
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 19, 2007 Asunto: Implicacion Fiscal y legal importar material de otra empresa
Buen día colegas, Espero me puedan orientar en lo siguiente: Yo trabajo para una maquiladora "X" ubicada en Baja California, hay una empresa "Y" en el interior de la república que es como hermana es decir pertenece al mismo grupo corporativo pero directamente no hay relación entre ambas. Pues bien esta empresa tiene problemas para importar ciertos materiales por un problema aduanero, entonces nos estan pidiendo que importemos ese material bajo el nombre de mi compañía "X" y posteriormente vendersela a la otra compañía "Y", pero tengo mis dudas en que me podría repercutir esa transacción ya que el material no es de mi propiedad pero el pedimento estaría a mi nombre y el hecho de verdersela para recuperar lo que gasté en la importación y traslado. espero haber sido claro.
Tópico: COMPRA DE ACTIVO FIJO 2008
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 08, 2007 Asunto: Re: COMPRA DE ACTIVO FIJO 2008
PARA EFECTOS DE ISR SI, TOMANDO EN CUENTA LOS LIMITES Y PORCENTAJES QUE MARCA LA LEY. PARA IETU SERA DEDUCIBLE AL 100% PERO DEBES CONSIDERAR LOS REQUISITOS DE ISR.
Tópico: QUE SE CONSIDERA INGRESO PARA MAQUILADORA SEGUN EL IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 02, 2007 Asunto: QUE SE CONSIDERA INGRESO PARA MAQUILADORA SEGUN EL IETU
Saludos, Tengo la duda de que se va a considerar como ingreso para una maquiladora, ya que para el cálculo del IETU los ingresos son en base a flujo de efectivo y las maquiladoras consideran para ISR los ingresos por maquila calculados por safe harbor o mediante un estudio. algunos colegas piensan que los ingresos se consideraran en base a las remesas de dinero recibidas otros que será en base a precios de transferencia. ustedes que opinan?
Tópico: IDE: persona con varias cuentas bancarias
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 01, 2007 Asunto: Re: IDE: persona con varias cuentas bancarias
Y por si fuera poco ya estando depositado el dinero en cada uno de los bancos se puede hacer una transferencia electrónica y concentrar todo el dinero en una sola, y no me cobrarian el impuesto porque se haría por transferencia electrónica.......
Tópico: Pago de deducible persona moral
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 24, 2007 Asunto: Pago de deducible persona moral
Saludos, Resulta que se robaron una camioneta SUBURBAN de la compañía que se usaba para transportar personal VIP, pues bien la camioneta fue recuperada pero la quitaron los asientos, le banalizaron los interiores con spray negro, uno que otro choque y todo eso solo en dos días. Pues bien como estaba asegurada la aseguradora pagó los daños y nosotros ( persona moral) solo pagamos el deducible que fue de alrededor de 44,000 pesos. Mi duda es si el pago del deducible que se hizo la persona moral es deducible o debería capitalizarlo? como ven?
Tópico: IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 24, 2007 Asunto: Re: IETU
Tambien puedes aplicar lo siguiente: " Es por ello que estas Comisiones estiman conveniente establecer la posibilidad de que los contribuyentes puedan aplicar un crédito fiscal contra el impuesto empresarial a tasa única del ejercicio, por las erogaciones efectivamente pagadas por los contribuyentes por los conceptos a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como por las aportaciones de seguridad social a cargo del contribuyente pagadas en el mismo ejercicio. El referido crédito se calculará multiplicando el monto de las aportaciones de seguridad social efectivamente pagadas en México en el ejercicio fiscal y los ingresos gravados que sirvan de base para calcular el impuesto sobre la renta de cada persona a la que le paguen los mencionados conceptos, por el factor de 0.175. Con lo anterior, se logra que la no deducibilidad de las erogaciones efectuadas por las empresas por concepto de salarios y asimilables a éstos, así como por aportaciones de seguridad social a su cargo, no cause efecto negativo alguno, pues bajo el esquema que se propone el contribuyente siempre estará en posibilidad de acreditar de la base del tributo una cantidad equivalente al 17.5% del total de las erogaciones que realiza por concepto de pago de salarios y asimilables a éstos, así como por las aportaciones de seguridad social."
Tópico: Avisos de compensación ¿obligado a presentar compl.?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 12, 2007 Asunto: Re: Avisos de compensación ¿obligado a presentar compl.?
Estimado BR1, Yo estuve en un caso similar, pero yo ya había presentado 17 compensaciones por que era un saldo a favor muy fuerte, ya estaba por presentar la ultima cuando por "X" razon se presenta complementaria de la declaración anual, tuve varias platicas con el SAT para tratar de convencerlos que era mucha talacha por un monto muy pequeño pero al final me hicieron que presentará complementaria de todas las compensaciones, esa fue mi terrible experiencia.
Tópico: Aprueban dictamen de Impuesto Empresarial a Tasa Única
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 12, 2007 Asunto: Aprueban dictamen de Impuesto Empresarial a Tasa Única
Economía - Miércoles 12 de septiembre (04:45 hrs.) Tendrá una tasa progresiva de 16.5 a 17.5 % El documento aprobado en lo general, establece que los gastos e inversiones de operación son deducibles Fija un esquema de transición para las inversiones que se hayan realizado a finales de este año México, 12 de septiembre.- La Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) en 16.5 por ciento para su primer año de aplicación que será en 2008; 17.0 por ciento, en 2009, y 17.5 por ciento a partir de 2010. Estas tasas son menores a la propuesta por el Ejecutivo en su iniciativa de reforma fiscal, en la que planteó que la Contribución Empresarial a Tasa énica (CETU), que cambió de nombre a IETU, tendría una tasa de 16 por ciento para 2008, y 19 por ciento a partir de 2009. Al término de una sesión que se prolongó hasta cerca de las 01:30 horas de este miércoles, el presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, Jorge Estefan Chidiac, informó que con este nuevo impuesto recaudarán cerca de 100 mil millones de pesos en su primer año de aplicación. El documento aprobado en lo general, establece que los gastos e inversiones de operación (gastos de administración, producción, comercialización y distribución) son deducibles, y fija un esquema de transición para las inversiones que se hayan realizado a finales de este año. El costo de esta medida representa 0.35 por ciento del PIB en los próximos tres años, considerando una tasa del IETU del 19 por ciento anual a estas nuevas inversiones, que ahora serán aplicables. También son deducibles los terrenos e intangibles, pues tendrán el tratamiento de inversiones, así como las contribuciones a cargo del contribuyente pagadas en México, sean locales o federales, entre otros. Estefan Chidiac dijo que en la aprobación de este dictamen no se agregó ninguna deducción adicional, y precisó que por el momento no se aceptó la deducción de vales de despensa, pero "se va a buscar alguna solución con algún tema de gasto y subsidio en el caso de los obreros y trabajadores del país, vía gasto". (Con información de Notimex/APB)

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