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Tópico: 3 CONTRIBUYENTES EN UN MISMO DOMICILIO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 12, 2008 09:25:03 Asunto: Re: 3 CONTRIBUYENTES EN UN MISMO DOMICILIO
Pues yo precisamente acudí la semana pasada al SAT a querer dar de alta a una persona fisica, y ahí me dijeron que no se podía porner su domicilio por que ya otro contribuyente tenia ese domicilio y no podía haber dos contribuyentes con un mismo domicilio fiscal. eso fue lo que me dijeron en el SAT.
Tópico: Necesito presentar decl. informativa de clientes y proveedores 2006
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 07, 2008 09:36:23 Asunto: Re: Necesito presentar decl. informativa de clientes y proveedores 2006
Muchas gracias, ya lo bajé. Que tengan un excelente día.
Tópico: Necesito presentar decl. informativa de clientes y proveedores 2006
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 06, 2008 12:51:40 Asunto: Necesito presentar decl. informativa de clientes y proveedores 2006
Saludos, Necesito presentar una declaracion informativa complementaria de clientes y proveedores por el ejercicio fiscal 2006, pero no encunetro en la pagina del SAT el sofware para hacerla, solo la forma impresa, me pueden ayudar a orientarme como puedo presentar esa complementaria. Gracias.
Tópico: Formato de compensación F3241 no logro llenarlo
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2008 13:38:31 Asunto: Re: Formato de compensación F3241 no logro llenarlo
Te aconsejo que preguntes al SAT personalmente, si puedes ya que ese programa tiene muchos errores, y ellos ya saben donde estan y que ponerle. Buena suerte.
Tópico: IETU y deducción de inversiones usadas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 11, 2008 11:06:40 Asunto: Re: IETU y deducción de inversiones usadas
Retomando este comentario, ya estamos a casi un año desde que se hizo la pregunta inicial, Yo tengo el caso de que se quieren adquirir bienes usados en este mes de septiembre de 2008 y no veo limitante de poderlos deducir para IETU ya que el art. 6to de deducciones solo me indica que cumplan con lo requisitos de la ley de ISR. la limitante de bienes nuevos usados por primera vez en mexico solo es para la deduccion adicional del art 5to transitorio, como la ven?
Tópico: CLAVES EN AVISO DE COMPENSANCION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 29, 2008 Asunto: Re: CLAVES EN AVISO DE COMPENSANCION
barreto asesoria, En mi caso tambien se trata de maquiladora pero yo puse en otros " art. 29 fracc. IV b) LIVA" ya que el 2-A fracc IV te remite al art 29.
Tópico: Error al enviar listado de conceptos para maquiladora
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 21, 2008 Asunto: Re: Error al enviar listado de conceptos para maquiladora
erikaG, Es lo mismo que yo hice presentarlo bajo el programa anterior ya que el nuevo no funcionó, que nuevas !!!
Tópico: Error al enviar listado de conceptos para maquiladora
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 21, 2008 Asunto: Re: Error al enviar listado de conceptos para maquiladora
erikaG, Lo enviaste bajo el nuevo programa de maquiladoras? me puede sdecir los pasos que seguiste ya que no lo puede enviar bajo el programa nuevo y lo consulté con las maquiladoras vecinas y tenian el mismo problema, en el SAT me dijeron que estaban trabajando para reparar el error.
Tópico: Error al enviar listado de conceptos para maquiladora
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 17, 2008 Asunto: Re: Error al enviar listado de conceptos para maquiladora
Creo que ya tienes las bases y la información, te recomiendo leer para que entiendas correctamente el procedimiento para evitar errores.
Tópico: Error al enviar listado de conceptos para maquiladora
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 17, 2008 Asunto: Re: Error al enviar listado de conceptos para maquiladora
ErikaG. El Credito para maquiladora seria así: Utilidad fiscal a junio para PP 13,000,000 Tasa 16.5% monto = 2,145,000 P.P. de IETU acumulado 15,000,000 P.P. de ISR acumulado 12,000,000 suma = 27,000,000 La suma de impuestos (IETU E ISR) le restas el resultado de que te dio al multiplicar la utilidad fiscal por la tasa de IETU. Es decir 27,000,000 - 2,145,000= 24,855,000 tu credito maquiladora es por $ 24,855,000 Este estimulo lo podrás aplicar siempre y cuando: Los contribuyentes podrán acreditar el estímulo previsto en este artículo contra los pagos provisionales del impuesto empresarial a tasa única, siempre que el monto que se obtenga de multiplicar el factor de 0.175 por la utilidad fiscal para pagos provisionales determinada conforme al artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre la Renta del periodo de que se trate, resulte inferior al monto que se obtenga de sumar el pago provisional del impuesto empresarial a tasa única a cargo del contribuyente calculado conforme al artículo 10 de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única y el pago provisional del impuesto sobre la renta propio por acreditar, correspondientes al mismo periodo.

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