Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de candelario

Autor Mensaje
Tópico: por què me cambiaron el RFC?
candelario

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 25, 2005 Asunto: Re: por què me cambiaron el RFC?
Se me ocurriò preguntar esto por lo siguiente: Al realizar tràmites ante el sat siempre he presentado el acta de asamblea de 1980, que es cuando se cambiò a SA de CV y cuando el sat modificò el RFC, incluso para una devoluciòn y si procediò pero fue hace años. Pero ahora me doy cuenta que el sat pone miles de travas cuando se trata de un tràmite de devoluciòn, entonces que serìa correcto presentar el acta constitutiva de 1971 y su modificaciòn en 1980? Los compañeros que tienen un caso similar que actas presentan? Saludos
Tópico: por què me cambiaron el RFC?
candelario

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 25, 2005 Asunto: por què me cambiaron el RFC?
Compañeros. Al empezar a trabajar, en una persona moral estuve revisando los papeles de avisos ante el sat, la empresa se diò de alta en 1971, por lo tanto se le asignò un RFC donde aparece el año (71) mes (01) dia (17). Al seguir revisando me encuentro un acta de asamblea donde se cambia de SA a SA de CV, me encuentro un aviso de cambio de nombre, donde aparece ya SA de CV, pero se le asigna otro RFC el cual es año (80) mes (10) dia (20). Mi pregunta es, se debiò cambiar el RFC? yo considero que no, pero no se si existìa alguna disposiciòn en aquel tiempo, no le ha pasado a algunos de ustedes? yo empecè a laborar en esta empresa en 1997. Saludos.
Tópico: RETENCION POR SALARIOS
candelario

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 22, 2005 Asunto: Re: RETENCION POR SALARIOS
Perdòn omitì en mi respuesta que si debe pagar la diferencia al realizar el càlculo anual, si el ingreso por que se cometiò el error de retener de menos es por sueldos, pues que el trabajador hable con el patròn para que corrija los càlculos futuros, si a ti te retuvo mal lo mas seguro es que se les haya retenido mal a todos los demas empleados, recordemos que las nòminas para ser deducibles deben estar bien hechas. Saludos
Tópico: RETENCION POR SALARIOS
candelario

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 21, 2005 Asunto: Re: RETENCION POR SALARIOS
El patròn es responsable de retener y enterar el isr por salarios de manera correcta, asì como de expedir las constancias. El empleado en este caso solo es responsable de realizar su càlculo anual de manera correcta, y debe hacerlo utilizando la informaciòn que su patròn le diò, el del problema puede ser el patròn. Saludos.
Tópico: Comentario actualizacion sdos a favor...
candelario

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 21, 2005 Asunto: Re: Comentario actualizacion sdos a favor...
La verdad nunca habìa escuchado sobre la opciòn 2, siempre he utilizado la opciòn 1. Las calculadoras fiscales que he visto utilizan la opciòn 1. Nunca me han rechazado compensaciones por utilizar la opciòn 1, si utilizas la 2 serìa afavor del sat, ya que el factor de actualizaciòn serìa menor, creo que si el sat acepta los dos criterios puès vamonos por el que conviene al contribuyente y que en su caso nunca ha sido rechazado algùn tràmite al utilizarlo. Opciòn 1 Saludos.
Tópico: perdidas en det. de inv. acumulable ayuda
candelario

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 21, 2005 Asunto: Re: perdidas en det. de inv. acumulable ayuda
3.4.29. [b:b2c24cf8f7]Para los efectos de determinar el inventario acumulable [/b:b2c24cf8f7]a que se refiere la fracción V del Artículo Tercero de las Disposiciones Transitorias de la Ley del ISR, publicadas en el DOF del 1 de diciembre de 2004, se estará a lo siguiente: El saldo de las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de disminuir al 31 de diciembre de 2004, se actualizará en los términos del cuarto párrafo del artículo 61 de la Ley del ISR, [b:b2c24cf8f7]incluyendo[/b:b2c24cf8f7] las pérdidas fiscales del ejercicio de 2004, hasta el último mes del ejercicio de 2004. La verdad compañero creo que la regla es clara, saludos
Tópico: perdidas en det. de inv. acumulable ayuda
candelario

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 21, 2005 Asunto: Re: perdidas en det. de inv. acumulable ayuda
cpcezar Nos comentaron en un curso que son todas las pèrdidas, asì como sus remanentes actualizadas a diciembre del 2004, este criterio se ha estado manejando en los cursos, y las puedes disminuir en el càlculo del inventario , no creo que tengamos que presentar complementaria de las anuales manifestando la actualizaciòn de las pèrdidas hasta dic-2004, creo que con la regla el sat entenderà hasta donde actualizamos y dònde las aplicamos, si no lo tendrìan que haber establecido en la misma regla. Saludos.
Tópico: perdidas en det. de inv. acumulable ayuda
candelario

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 21, 2005 Asunto: Re: perdidas en det. de inv. acumulable ayuda
Se me presentò otra cuestiòn, al interpretar la regla un compañero me dice que el entiende que las pèrdidas anteriores a la del 2004 se actualizan a jun-2004 y la del 2004 a dic-2004. Què opinan?
Tópico: perdidas en det. de inv. acumulable ayuda
candelario

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 21, 2005 Asunto: Re: perdidas en det. de inv. acumulable ayuda
Ya lo encontrè compañeros: 3.4.29. Para los efectos de determinar el inventario acumulable a que se refiere la fracción V del Artículo Tercero de las Disposiciones Transitorias de la Ley del ISR, publicadas en el DOF del 1 de diciembre de 2004, se estará a lo siguiente: El saldo de las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de disminuir al 31 de diciembre de 2004, se actualizará en los términos del cuarto párrafo del artículo 61 de la Ley del ISR, incluyendo las pérdidas fiscales del ejercicio de 2004, [b:a8a477a9f6]hasta el último mes del ejercicio de 2004.[/b:a8a477a9f6]
Tópico: perdidas en det. de inv. acumulable ayuda
candelario

Mensajes: 8
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 21, 2005 Asunto: perdidas en det. de inv. acumulable ayuda
Alguien me podrìa decir donde encuentro lo siguiente: Resulta que un expositor en un curso nos comentò que las pèrdidas para determinar el inventario acumulable para pagos provisionales 2005, en donde el procedimiento me marca que puedo disminuir las pèrdidas que tengo al 31-dic-2004, si èstas las puedo actualizar a dic del 2004 o tendrìa que ser a junio-2004? gracias de antemano.

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40