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Tópico: DEDUCCIONES PERSONALES
candelario

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 23, 2005 Asunto: Re: DEDUCCIONES PERSONALES
Alguna constancia emitida por la empresa de percepciones y retenciones. La alta como empleado ante el sat por parte de la empresa. etc
Tópico: ES NO DEDUCIBLE???????
candelario

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 23, 2005 Asunto: Re: ES NO DEDUCIBLE???????
Y por què no lo deducen ellos y te lo facturan como servicio? O son auditores internos?
Tópico: premios acumulables o no??
candelario

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 23, 2005 Asunto: Re: premios acumulables o no??
Yo pienso que no se debe acumular como ingreso para los trabajadores. Te recomiendo que elabores constancias sobre los movimientos que van a hacer, un escrito donde diga por què y a quines se les otorgan, asì como sus firmas de recibido. El sueldo es irrenunciable y no se puede cambiar el sueldo por productos, por eso creo que no procede su acumulaciòn. Escuchemos comentarios.
Tópico: liquidador de sociedades
candelario

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 23, 2005 Asunto: Re: liquidador de sociedades
Es cierto, tienes razòn. Entonces solo el liquidador tiene facultades para realizar los tràmites correspondientes?
Tópico: FOLIOS CONSECUTIVOS? O NO NECESARIO
candelario

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 23, 2005 Asunto: Re: FOLIOS CONSECUTIVOS? O NO NECESARIO
folio [b:daf9f09ce3]0051 con fecha 22 de agosto 05 [/b:daf9f09ce3]y el no [b:daf9f09ce3]0052 con fecha 05 de abril 05[/b:daf9f09ce3] ¿qué problemas o complicaciones podría derivar esto? Como planteas el problema, se supone que el recibo 52 que tiene fecha de abril, teniendo el 51 con fecha de agosto, supongo que el 50,49,48,47 etc , tambien tienen fecha de agosto. Entonces se podrìa alegar que hubo un error al anotar la fecha de elaboraciòn simplemente, es decir contabilìzalo en agosto, y si es persona fìsica pues acumula cuando cobres. Saludos.
Tópico: liquidador de sociedades
candelario

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 23, 2005 Asunto: liquidador de sociedades
Compañeros, alguien sabe si el liquidador de una empresa puede ser alguien que tenga poder legal? Es decir existe alguna limitante en cuanto a quien puede y quien no puede ser el liquidador? Saludos.
Tópico: Es deducible una quemadora de DVD?
candelario

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 22, 2005 Asunto: Re: Es deducible una quemadora de DVD?
Entiendo. Saludos. Lo que pasa es que me gusta mucho el cine, soy coleccionista de pelìculas en dvd, solo saco copias para mi, no para vender, realmente la tecnologìa de las pelìculas de dvd està de colecciòn. Creo que si la copia es para uso personal, no hay lucro, ademàs que nunca podrìa adquirir las pelìculas originales al precio en que estàn. Poe ejemplo: El aviador, cuesta como 260 o 280 pesos original, no se si serà negocio para la indiustria del cine manejar estos precios en Mèxico, la veredad estàn fuera de las posibilidades de la mayorìa de los mexicanos como yo. Veo que la industria del disco està bajando un poco sus precios no asì la del cine. Saludos.
Tópico: DUDA FACTURAS VENCIDAS. SI DECLARADAS
candelario

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 22, 2005 Asunto: Re: DUDA FACTURAS VENCIDAS. SI DECLARADAS
Compañero [b:61cbf6bd1b]corteslce[/b:61cbf6bd1b] Me puedes decir donde aparece la vigencia como requisito para hacer deducibles los gastos? No he checado tal vez el expositor estaba equivocado, pero no lo encuentro. Saludos.
Tópico: Es deducible una quemadora de DVD?
candelario

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 22, 2005 Asunto: Es deducible una quemadora de DVD?
Es deducible una quemadora de DVD? nota: saca copias muy nìtidas. (es broma)
Tópico: DUDA FACTURAS VENCIDAS. SI DECLARADAS
candelario

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 22, 2005 Asunto: Re: DUDA FACTURAS VENCIDAS. SI DECLARADAS
[b:54272b25eb]cantuja19[/b:54272b25eb] En cursos que he asistido nos comenta enfàticamente que la vigencia es para expedir no para deducir. Mencionaba el expositor que dentro de las obligaciones que marca la ley menciona como requisito para los que expiden no asì para los que deducen, la caducidad de la facturas. què opinan?

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