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Tópico: Pago de IETU e ISR en declaraciones provisionales mensuales: los 2 o solo 1?
Zanzke

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 07, 2010 09:46:57 Asunto: Re: Pago de IETU e ISR en declaraciones provisionales mensuales: los 2 o solo 1?
Buenos días, pueden ser las dos, ejemplo: Pago Provisional de ISR $ 100,000 IETU Determinado $ 300,000 ISR P. Provisional ($ 100,000) IETU a Pagar $ 200,000 De esta forma estarías pagando el Monto maximo, que serían los $ 300,000, ISR $ 100,000 y el IETU $ 200,000 Saludos
Tópico: Otra duda en asociacion civil
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 07, 2010 09:41:54 Asunto: Re: Otra duda en asociacion civil
Buenos días, en mi opinión: 1. Por la aportación inicial que realicen los socios deberas de entregar un Certificado de Partes Sociales. Su percepción pueden ser cuotas o donativos, en el caso de cuotas, estas serían aportaciones que se comprometen a cubrir los asociados en forma periodica, unicas o extraordinaras. Se deben de usar recibos impresos y foliados, llevando impreso la cedula fiscal, indicando el destino o fin especifico de la cuota o donativo y serán deducibles solo los donativos otorgados por los causants del ISR a asociaciones autorizadas por la SHCP. 2. Eso como bien lo comentarón, cuidando el limite del artículo 93 LISR. 3. Correcto, simempre y cuando se trate del punto '1' por las cuotas a sus miembros, en el caso del punto '2' estarían afectas al IVA. 4. En cuanto al IETU, es igual que el punto '3', si solo son cuotas a sus miembros, no estan afectos al IETU, si son por servicios del punto '2' si están afectos al IETU. Espero te sea de utilidad. Salus
Tópico: compense ietu contra isr en dec. anual 2009 debo presentar aviso de compensacion?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 07, 2010 09:14:24 Asunto: Re: compense ietu contra isr en dec. anual 2009 debo presentar aviso de compensacion?
Buenos días, efectivamente debes de presentar el aviso de compensación, Art. 23 CFF: Artículo 23. Los contribuyentes obligados a pagar mediante declaración podrán optar por compensar las cantidades que tengan a su favor contra las que estén obligados a pagar por adeudo propio o por retención a terceros, siempre que ambas deriven de impuestos federales distintos de los que se causen con motivo de la importación, los administre la misma autoridad y no tengan destino específico, incluyendo sus accesorios. Al efecto, bastará que efectúen la compensación de dichas cantidades actualizadas, conforme a lo previsto en el artículo 17-A de este Código, desde el mes en que se realizó el pago de lo indebido o se presentó la declaración que contenga el saldo a favor, hasta aquel en que la compensación se realice. [u][b]Los contribuyentes presentarán el aviso de compensación, dentro de los cinco días siguientes a aquél en el que la misma se haya efectuado, acompañado de la documentación que al efecto se solicite en la forma oficial que para estos efectos se publique[/b][/u]. (....) En cuanto al formato 41, debes de propocrionar los dos datos: 3. Información de la Declaración en que se compenso 6. Datos de Origen de los importes compensados Salud2
Tópico: Constancias Duda
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 13, 2010 13:03:40 Asunto: Re: Constancias Duda
Buenas tardes, la obligación es de la persona moral, favor de leer el Artículo 86 de la LISR: CAPÍTULO VIII DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS MORALES Artículo 86. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Título, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes: (....) III. Expedir constancias en las que asienten el monto de los pagos efectuados que constituyan ingresos de fuente de riqueza ubicada en México de acuerdo con lo previsto por el Título V de esta Ley o de los pagos efectuados a los establecimientos en el extranjero de instituciones de crédito del país, en los términos del artículo 51 de la misma y, en su caso, el impuesto retenido al residente en el extranjero o a las citadas instituciones de crédito. (....) Salu2
Tópico: INCENDIO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 13, 2010 12:59:08 Asunto: Re: INCENDIO
Buenas tardes, no nos das más información para poder ayduarte, dices 'no nos permitieron asentar esto'....a que te refieres? Regularmente en el acta que se levanta ante el ministerio público detallas lo acontecido y si perdiste documentación, etc., normalmente, solicitas copia certificada del acta y la acompañas en un escrito que presentas ante el SAT, para dejar evidencia de lo acontecido y de lo que te pudo afectar, etc. Ya depende de que perdiste o que es lo que estas tratando de hacer. Salud2
Tópico: MANTENIMIMIENTO DE EDIFICIO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 08, 2010 08:27:29 Asunto: Re: MANTENIMIMIENTO DE EDIFICIO
Pudieras fundamentarte en: Reglamento LISR Artículo 68. Para los efectos de la fracción I del artículo 42 de la Ley, se consideran como reparaciones o adaptaciones que implican adiciones o mejoras al activo fijo, las que aumentan su productividad, su vida útil o permiten darle al activo de que se trate un uso diferente al que originalmente se le venía dando. Salu2
Tópico: Declaracion Anual Personas Fisicas 2009
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 08, 2010 08:09:38 Asunto: Re: Declaracion Anual Personas Fisicas 2009
Buenos días, en días pasados me compartieron una presentación de la Reunión de Sindicos del Contribuyente, donde se hace un comparativo del DeclaraSAT del año anterior y este, así como la explicación del llenado de algunos campos, dentro del cual esta el de 'ISR PROPIO DEL EJERCICIO', sobre el cual, textualmente se comenta lo siguiente: ACREDITAMIENTO DEL ISR CAUSADO Se recomienda ingresar el monto despues de capturar todos los datos para obtener el monto de la pantalla: 'Detalle de Calculo' en el campo 'IMPUESTO SOBRE LA RENTA CAUSADO' Salu2
Tópico: PAGO GASOLINA SIN IEPS ??????
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 08, 2010 07:55:10 Asunto: Re: PAGO GASOLINA SIN IEPS ??????
Buenos días, probablemente es la razón de la siguiente regla: Estado de cuenta como comprobante fiscal I.2.10.18. Para los efectos del artículo 29-C, quinto párrafo del CFF, no se considerará que se trasladan impuestos distintos del IVA, cuando el traslado no se efectúe en forma expresa y por separado. CFF 29-A, 29-C, 30, IVA 1, 2, RCFF 29, 45, 51 Salu2
Tópico: RETENCIONES I.S.R. PARA IETU ANUAL 2009
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 22, 2010 09:57:20 Asunto: Re: RETENCIONES I.S.R. PARA IETU ANUAL 2009
Buenos días, tengo el mismo caso comentado, pero si dentro del campo de 'ISR del Ejercico' incuimos el importe del ISR Retenido, el Declara SAT me determina el siguiente calculo: IETU Anual $ 2,265 ISR Retenido $ 4,105 IETU A cargo $ 0 Ahora bien, en cuanto al ISR me determina de la siguiente manera: ISR Causado $ 5,818 Retenciones Salarios $ 7,974 Servicios Prof. $ 2,526 Arrendamiento $ 1,579 Total Retenciones $ 12,079 Saldo a Favor $ 6,261 IETU $ 2,265 ISR Propio del Ejercicio $ 2,265 Impuesto a Cargo $ 0 De esta forma como mentan, estaría considerando el ISR a Cargo Anual menos todas mis retenciones, siendo, que una parte de las mismas se acredito contra el IETU, por lo que el saldo a favor, no debería de ser $ 6,261, si no $ 3,996 (ISR $ 6,261 - $ 2,265 = $ 3,996) Así que la forma en que en mi opinión se deberá de estar manejando, es incluir en la celda 'ISR del Ejercico', solamente el ISR Pagado, sin incluir el ISR Retenido, de hacerlo de esta manera, el Declara SAT te determina el siguiente resultado en la Caratula del Formulario: ISR Pagado en Exceso: $ 6,261 ISR Pagado en Exceo Aplicado contra el IETU: $ 2,265 ISR a Favor del Ejercico $ 3,996 Que en mi opinión es lo correcto. ¿Que opinan?
Tópico: Compensacion de IVA en mismo mes
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 17, 2010 00:13:04 Asunto: Re: Compensacion de IVA en mismo mes
Solamente recuerda que primero debes manifestar el Saldo a Favor del IVA, antes de presentar las compensaciones via portal bancario. Salu2

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