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Tópico: hola, pregunta sobra activo fijo
edgarivanp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 01, 2005 Asunto: Re: hola, pregunta sobra activo fijo
mandalo al gasto y el activo mediante la depreciación esto por la importancia relativa, saludos :evil:
Tópico: ¿Cómo le hago? Arrendam Trim a Mensual
edgarivanp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 01, 2005 Asunto: Re: ¿Cómo le hago? Arrendam Trim a Mensual
ahora mi duda es por que te girarian la multa si es el mismo capitulo, me voy más por el lado de acudir a la ALR, y aclarar con declaraciones en mano o mediante escrito libre, saludos :evil:
Tópico: ISR salarios que grava
edgarivanp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 01, 2005 Asunto: Re: ISR salarios que grava
yo sigo considerando que si aun con la tesis, recordemos que es nuestra opinion y no tengo que pensar igual que ustedes y mi percepción es que con generalidad si aplica y que si es en beneficio de los empleados pues en el concepto de previsión social tambien menciona que , otorgar a los trabajadores beneficios, por eso defiendo mi opinion, y respeto la de los demàs, saludos :evil:
Tópico: Comidas de trabajo deducibles?
edgarivanp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 01, 2005 Asunto: Re: Comidas de trabajo deducibles?
[quote:5518fe983b="ANONIMO2"][quote:5518fe983b="candelario"]Son deducibles los alimentos proporcionados por un reustarant, para una junta de trabajo con clientes y proveedores? 100% o una parte? Saludos.[/quote:5518fe983b] LO QUE SUCEDE QUE PARA QUE SEAN ATENCION A CTES. DEBE SER A TODOS LOS CTES., NO SOLO A UNOS. EN MI PUNTO DE VISTA SERIAN AL 25%, SIEMPRE Y CUANDO CUMPLAS CON REQUISITOS. SALUDOS.[/quote:5518fe983b] Es muy versatil el hablar de todos, y si lo hice para los que audito? solo ellos imaginate gastarte 1500.00 en un cliente repeco que genera 1000 mensuales?, no yo insisto si aplica como atención a clientes. :evil:
Tópico: ANTICIPO
edgarivanp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 01, 2005 Asunto: Re: ANTICIPO
podemos pasarnos todo el día discutiendo de este tema pero al final de cuentas nadie esta mal por que es claro el 1-B de LIVA, pero no asi la ley en si, a que me refiero con esto como ya mencionaron grava actos o actividades las leyes deben tener sujeto objeto base tasa o tarifa estamos, y en la ley se definen 4 actividades 4 no más, en cual esta el anticipo en ninguna por que no se ha consumo como ya bien mencionaron, sin embargo a la hora de leer el articulo 1-b nos encontramos con que el legislador nos dice que los anticipos o como los llames, va mas alla del principio de esta ley, y ahi es donde las opiniones se dividen como ya se menciono, entre mas profundo sea el manejo de las leyes mas huecos encontraras, no demerito a nadie y respeto sus comentarios pero este es el mio y aqui nos quedariamos discutiendo este tema. Por lo cual le comento a birmanrajet si no es importante el efecto de gravar o no el anticipo gravalo y quitate de problemas, ahora bien esa no fue la pregunta pues el pregunto para ISR segun lei y si varia el importe del deposito para isr segun la tasa 3.75 o 15% si varia para isr al dividir esa es la respuesta. saludos :evil:
Tópico: ISR salarios que grava
edgarivanp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 01, 2005 Asunto: Re: ISR salarios que grava
BUENO YO LO CONSIDERARIA EXENTO SIEMPRE Y CUANDO SEA OTORGADOS DE CARACTER GENERAL, YO ASI LE HARIA, LO MALO ES QUE AHORA PARA EXENTARLOS DEBERAS TENR UN PLAN DE PREVISION SOCIAL, Y REPITUI OTORGARLO DE MANERA GENERAL QUE ESO NO SIGNIFICA QUE SEA ATODOS LOS EMPLEADOS, SALUDOS :evil:
Tópico: Cuál es el domicilio fiscal de un arrendador?
edgarivanp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 01, 2005 Asunto: Re: Cuál es el domicilio fiscal de un arrendador?
por costumbre damos de alta el domicilio particular del contribuyente, pero eso de sucursal de cual fuman los del SAT, no dalo de alta con el domicilio particular, si no imaginate que tuviera 30 locales uno en cada estado, saludos :evil:
Tópico: Alguien k m ayude m equivok en depreciacion.
edgarivanp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 01, 2005 Asunto: Re: Alguien k m ayude m equivok en depreciacion.
estoy de acuerdo con mi tocayo edgar, lo correcto es corregir desde 2004 lo demás no es correcto se haga lo que se haga no esta bien, pero realmente no existe un perjuicio tan grave para el fisco estamos hablando del 5% de una deducción asi que solo ajusta en este año esa diferencia no apliques esos 800 y algo que manejas a fin de que en este ejercicio cierres en libros con lo real y solo deduzcas lo real tambien saludos. :evil:
Tópico: Comidas de trabajo deducibles?
edgarivanp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 01, 2005 Asunto: Re: Comidas de trabajo deducibles?
EN APLICACION ESTRICTA A LA LEY DE ISR ART 32 FRACCXX NO SERIAN DEDUCIBLES, PERO SI EN LUGAR DE ESO LO PONES XCOMO ATENCION A CLIENTES EN FORMA GENERAL YO LO HARIA DEDUCIBLE APLICANDO EL 32 FRACC III, NO CREES YO ASI LE HARIA Y HASTA QUE TE FIRMEN LOS CLIENTES Y PROVEEDORES COMO ATENCIÓN A CLIENTES NO COMO CONSUMO, ESPEREMOS OPINIONES SALUDOS. :evil:
Tópico: PERSONA MORAL A PERSONA MORAL HACE RET. IVA????
edgarivanp

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 01, 2005 Asunto: Re: PERSONA MORAL A PERSONA MORAL HACE RET. IVA????
[quote:05fee71e57="Michell"]Que tal! Considero que si es procedente la retencion que te comenta la recolectora tomando en consideración lo establecido en el Articulo 1-A inciso b) ya que en el mismo no se hace aclaracion alguna en si debe ser persona fisica o moral lo unico que establece es que sean como insumo para su actividad y por lo que comentas, pues ese es el fin para lo cual te compraron el desperdicio que mencionas. Saludos! :evil:[/quote:05fee71e57] ya te citaron el fundamento solo te menciono que la retención sera por el total del iva trasladado :evil: checha estas reglas 5.1.3. Para los efectos del artículo 1o.-A, fracción II, inciso b) de la Ley del IVA, la retención en la enajenación de desperdicios adquiridos para ser utilizados como insumos de su actividad industrial o para su comercialización, se deberá efectuar independientemente de que dichos desperdicios se presenten en pacas, placas, piezas fundidas o cualquier otra forma o que se trate de productos que conlleven un proceso de selección, limpieza, compactación, trituración o cualquier tratamiento que permita su reutilización y reciclaje. 5.1.4. Las personas morales que hayan efectuado la retención del IVA y que se les hubiere retenido el IVA, por las operaciones a que se refiere el inciso b), fracción II del artículo 1o.-A de la Ley del IVA, cuando en el cálculo del pago mensual previsto en el tercer párrafo del artículo 5o. de dicha Ley resulte saldo a favor, podrán obtener la devolución inmediata de dicho saldo disminuyéndolo del monto del impuesto que hubieren retenido por las operaciones mencionadas en el mismo periodo y hasta por dicho monto. Las cantidades por las cuales se hubiese obtenido la devolución inmediata en los términos de esta regla, no podrán acreditarse en declaraciones posteriores, ni ser objeto de compensación.

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