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Tópico: Nombre Diferente en DART
AlxTorres

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 28, 2017 13:10:10 Asunto: Re: Nombre Diferente en DART
Excelente, gracias!
Tópico: ¿ Se debe de pagar lo proporcional de ptu en finiquito?
AlxTorres

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Febrero 28, 2017 13:09:05 Asunto: Re: ¿ Se debe de pagar lo proporcional de ptu en finiquito?
Qué tal CPJoseph, Según mi experiencia en el área de nóminas no se pagan proporcionales de PTU [u]en finiquito[/u], se pagan una vez hecho el calculo de PTU que se hace entre los meses de mayo y junio [u]por medio de cheque[/u], pero el ex-trabajador tiene que solicitarlo a la empresa. Saludos!
Tópico: Cambio de razón social en donde liquidan a todo el personal
AlxTorres

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Febrero 28, 2017 13:00:38 Asunto: Cambio de razón social en donde liquidan a todo el personal
Buenas tardes compañeros, La presente es para solicitarles de favor su valiosa opinion acerca de la siguiente situación que le está ocurriendo a otra persona: La empresa 'X sa de cv' está cambiando de razón social a 'Y sapi de cv' (notese el cambio de tipo de sociedad) - Está liquidando a todo el personal con los siguientes conceptos en finiquito: Prima de antigüedad. Proporcional vacaciones y prima vacacional. Proporcional Aguinaldo. - Indican que se estará respetando la antigüedad a todo el personal. - Se rumora que hay gente de conciliación en la empresa al momento de firmar y recibir el finiquito. - Les están proporcionando una carta no membretada donde [u]la empresa anterior [/u]les reconoce la antigüedad firmada por el director. Mis preguntas serían las siguientes: - ¿Se está actuando de forma legal? - ¿Existe la posibilidad de que una persona firme , no se le respete el seguir laborando y la empresa se pueda eximir de toda responsabilidad dado que ya firmó y estuvo de acuerdo en que se le pagaran proporcionales. - ¿Es posible que en una futura indemnización en la nueva empresa no les respeten la antigüedad desde la empresa anterior dado que ya se las pagaron? De antemano les agradezco sus comentarios. Saludos!!
Tópico: Nombre Diferente en DART
AlxTorres

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 24, 2017 14:50:04 Asunto: Nombre Diferente en DART
Buen día compañeros, La presente es para preguntarles si ustedes crees que haya problemas con lo siguiente: La empresa que llevo recientemente se cambió de nombre, hicimos los tramites correspondientes y tenémos un Afil 01 con el nuevo nombre sellado por el IMSS, sin embargo, el nuevo nombre cuenta con 59 caracteres y el SUA solo me permite ingresar 50 en el campo de Razón Social. Mi pregunta es, creen que haya problemas técnicos o legales a causa de esto con la DART? Ya recibimos el acuse con el nombre registrado en SUA y si la aceptó, tendría que esperarme a Abril para ver que esté reflejado en la cedula? Saludos!
Tópico: UMA y Infonavit
AlxTorres

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 17, 2017 09:05:15 Asunto: Re: UMA y Infonavit
Muchas gracias.
Tópico: UMA y Infonavit
AlxTorres

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 16, 2017 12:21:04 Asunto: UMA e Infonavit
Buenas tardes compañeros, El día de hoy por mera curiosidad realizé un calculo oportuno bimestral con el nuevo pata SUA versión 3.4.8, a lo que me llamó la atención que las amortizaciones estaban calculadas en VSM (80.04), como todos nos dimos cuenta en el pago mensual de Enero todos los pagos a las cuotas obrero patronales del IMSS se estaba calculado correctamente con el UMA de 73.04 de Enero, pero qué pasará en Febrero con el Infonavit? Creen que habrá una nueva actualización para que el SUA calcule las amortizaciones con diferentes factores por cada mes? Y saben si el Infonavit ha enviado algún comunicado acerca de las retenciónes de Infoanvit con el UMA? De antemano les agradezco sus comentarios. Saludos. [i]Editado: Febrero 16, 2017 12:21:59[/i]
Tópico: Duda sobre requisitos de subcontratación
AlxTorres

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Enero 27, 2017 12:56:03 Asunto: Re: Duda sobre requisitos de subcontratación
Gracias por la respuesta enrique9727 Si entiendo el hecho que de no cumplir aunque sea con 1 de los 3 puntos el personal que tienes por outsourcing sería considerado personal propio. Disculpa la insistencia pero pudieras darme una explicación con tus propias palabras del punto 1? Slds!
Tópico: Duda sobre requisitos de subcontratación
AlxTorres

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Enero 24, 2017 11:30:52 Asunto: Duda sobre requisitos de subcontratación
Qué tal compañeros, La duda es especificamente sobre los requisitos para la contratación de personal por medio de outsourcing o subcontratación. El artículo 15-A define el outsourcing de la siguiente manera: “Es aquél por medio del cual un patrón denominado [b]contratista[/b] ejecuta obras o presta servicios [b]con sus trabajadores, baja su dependencia[/b] a favor de un [b]contratante[/b], persona física o moral, la cual [b]fija las tareas del contratista y lo supervisa[/b] en el desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras contratadas.” De igual manera, especifica los siguientes requisitos: 1.- [b]No podrá abarcar la totalidad de las actividades[/b], iguales o similares en su totalidad, que se desarrollen en el centro de trabajo. 2.- Deberá justificarse por su carácter [b]especializado[/b]. 3.- No podrá comprender[b] tareas iguales o similares[/b] a las que realiza el resto de los trabajadores al servicio del contratante. Al final el artículo agrega lo siguiente: De no cumplirse con todas estas condiciones el contratante sería considerado patrón para todos los efectos de la Ley Federal del Trabajo, incluyendo las obligaciones en materia de suguridad social. El punto número 2 es muy claro, se puede tomar como ejemplo las empresas especializadas en limpieza, seguridad o incluso en tecnologias de la información o recursos humanos, siempre y cuando exista SUPERVISIÓN, mas no SUBORDINACIÓN. Mi duda es respecto a los puntos 1 y 3 ya que son algo parecidos, les doy mi interpretación y si pueden corregirme se los agradecería bastante. El punto 1 lo veo relacionado con la dirección de la empresa, es decir, si la empresa se dedica especificamente a la elaboración de productos automotrices, no puedes tener personal contratado por outsourcing elaborando directamente los productos ya que estaría abarcando la totalidad de las actividades del centro de trabajo. El punto 3 lo interpreto a que no puedes tener personal contratado por outsourcing si ya existe un puesto con tareas iguales o similares en el centro de trabajo. En este supuesto, entiendo que es posible, por ejemplo, tu como empresa tener un área de Recursos Humanos y tener un 'Inplant' subcontratado de igual manera en Recursos Humanos bajo la 'especialidad de reclutamiento operativo,' ambos están en recursos humanos pero tienen tareas diferentes. Y basandonos en el ejemplo anterior, que pasaría en el supuesto que tuvieses personal contratando personal 'administrativo' y por outsourcing a alguien contratando personal 'operativo', ya sería mucha la similitud? a pesar que no haya subordinación y haya especialización? Es lo malo de las leyes se abre mucho a interpretaciones. Ojala puedan apoyarme con mis dudas. Gracias!!

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