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Tópico: PICK UP
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 09, 2008 Asunto: Re: PICK UP
Según yo, si eso le ayuda a desarrollar su actividad, sí.
Tópico: venta esporádica de libros
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 09, 2008 Asunto: venta esporádica de libros
Hola!! Tengo una clienta PF Act empr Reg Interm, que se dedica a comprar papelería y ella la transforma en cajas para regalos, compra y vende regalos también. Hace un par de meses compró unos libros para vender en su negocio. Los registré como compra excenta de IVA y ya no le dí mayor atención. Recien ya vendió uno. Según yo los libros están catalogados en excentos, pues no aplica el 0% porque no están editados por ella misma (LIVA art.2a fracc II, i). Ahora bien, cuando se calcula el IVA acreditable ¿es en este caso que debo calcular y aplicar el % mencionado en el art. 5 LIVA, fracc V, c ? Donde tomo el total de las ventas que NO son excentas y las divido entre el total de ventas, y el % que salga es el % que aplico al IVA del mes y sólo esa proporción es acreditable?´ ¿los meses cuando no venda algo excento, aplico un factor de 100%? ¿o es que acaso debí hacer algo más o diferente cuando se hizo originalmente la compra de esa mercancía?
Tópico: Licenciatura el Nutriologia
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 09, 2008 Asunto: Re: Licenciatura el Nutriologia
En mi opinión SI debe cobrar IVA en sus recibos de honorarios, pues el argumento que da cp_pavon es contundente. Nutriología no esta catalogado como carrera del área de medicina, pues tengo una conocida que también estudió eso y así lo maneja.
Tópico: Para deducir un boleto de avion ¿qué se necesita?
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 09, 2008 Asunto: Para deducir un boleto de avion ¿qué se necesita?
Hola! Tengo un cliente que viajó en avión. Lo que me dió como comprobante del viaje fue (aparte del cargo que se ve reflejado en el Edo de Cta bancario) fue una hoja blanca impresa que está casi toda en inglés, sin tener RFC previamente impreso por impresor autorizado, que tiene reflejado todos los itinerarios del viaje, y un numero de boleto, en el texto dice "*boleto electrónico*"; en los montos tiene: air fare USD $3888 fare-equivalent MXN $4195.00 TAX: MXN $991.46 total air fare: MXN $5186.46 ahora bien, el $991.46 no representa el 15% de los 4195. es un monto mayor. No tiene reflejado en ningún lugar el RFC del cliente que viaja, sólo en el Edo de Cta está el RFC de la agencia de viajes que lo cobró. Yo sabía que el boleto de avión era la prueba que lo hacía deducible, pero no sé si esto es ahora el comprobante correcto!! ¿o qué sería?
Tópico: DECLARACION COMPLEMENTARIA IETU + LISTADO
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 09, 2008 Asunto: Re: DECLARACION COMPLEMENTARIA IETU + LISTADO
A mi me pasó exáctamente lo mismo que a tí en marzo. Consulté con el SAT por internet (chat uno a uno) y me dijeron que tenía que presentar en banco o por portal bancario una declaración complementaria, donde señalo la cantidad a cargo, la pagada antes y con ello se obtiene obviamente el saldo a favor. El saldo a favor es un "pago de lo indebido" así que pude compensarlo contra el pago de cualquier otro impuesto o el mismo el siguiente periodo. Y después de compensarlo al siguiente mes, tuve que presentar en el SAt directamente el aviso de compensación. Yo decidí compensarlo contra el mismo IETU, pero después supe que podría haber compensado contra ISR también. Coincido con Enrique en que supoción 2 es menos lío y con otro cliente opté por esa (pero no era un acreditamiento de pago de ISR lo que ocasionaba la diferencia, sino la aplicación de uno de los acreditamientos de inversiones), pero en el caso que la diferencia era por impuesto pagado acreditable, a mí, en lo particular, me pareció más conveniente aplicar la opción 1, donde compensé después. Ahora respecto a que si presentas de la declaración del listado normal x la declaración normal y luego otra complementaria x la complementaria, yo te recomendaría que simplifiques el trabajo. Yo lo que hice fue presentar la declaración normal, haciendo referencia al folio complementario del pago hecho. digo! somos humanos y nos podemos equivocar y como sea el listado nos ayuda a darnos cuenta precisamente de algún cabo suelto que al descubirilo "amarramos". Además tu listado tiene por resultado un monto de pago que en una declaración hiciste (cualquiera que sea el tipo de declaración con que se pagó ese mismo monto que da la operación del listado). Eso en mi humilde opinión.
Tópico: Pedir devolución de Impuestos
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 07, 2008 Asunto: Re: Pedir devolución de Impuestos
Gracias mil a todos por sus comentarios. Me aclaran mucho más las dudas que tenía yo.
Tópico: Pedir devolución de Impuestos
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 07, 2008 Asunto: Pedir devolución de Impuestos
Hola a todos: Espero me puedan ayudar en una duda que tengo. De las declaraciones anuales que hice este marzoy Abril, unas P.Morales y fisicas tienen saldo a favor de ISR. Normalmente para obtener la devolución habría que llenar el formato correspondiente y entregarlo al SAT con copias que correspondan. Ahora bien, según entiendo entre las reformas aplicables para este año había algo que mencionaba que las devoluciones de impuestos sólo podrían hacerse/pedirse a través de contador publico registrado ¿es correcto esto? ¿o aplica a partir de algún monto en específico? ¿aplica para PM y PF? No sé dónde está esto escrito en Ley. ¿me podrían ayudar a despejar dudas de devoluciones de impuestos? Gracias de antemano por su invaluable apoyo.
Tópico: ARRENDAMIENTO INMUEBLE CASA-HAB
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 19, 2008 Asunto: Re: ARRENDAMIENTO INMUEBLE CASA-HAB
Gracias mil a todos.
Tópico: ARRENDAMIENTO INMUEBLE CASA-HAB
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 19, 2008 Asunto: Re: ARRENDAMIENTO INMUEBLE CASA-HAB
alore, lo que comenté de la deducibilidad de intereses reales es aplicable a ISR, a pesar de leer que aclarabas para IETU, lo pasé por alto y lo relacioné con deduciones que he efvamente aplicado, que es la del ISR. Disculpa la confusión.
Tópico: ARRENDAMIENTO INMUEBLE CASA-HAB
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 19, 2008 Asunto: Re: ARRENDAMIENTO INMUEBLE CASA-HAB
Hola lcruizuscanga, supongo que querías decir que iva es deducible para las personas que SI realizan activ exentas (si entiendo bien, el iva sería parte del gasto deducible para ISR para esa activ pues no les aplica iva alguno), pues lo que aclaras de las activ gravadas al 0% en relaicón a las del 15% me deja en claro que ellos deben llevar su IVA "pagado" VS el IVA "cobrado" y entonces No juega para nada en el ISR. ¿es correcto mi interpretación?

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