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Tópico: Compra de auto importado ya legalizado
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 21, 2008 Asunto: Compra de auto importado ya legalizado
Duda: Una persona física le ha comprado a otra (no dada de alta en el RFC) un auto de uso que inicialmente fue importado. Por un lado, el dueño le endosará la factura con la que inicialmente compró el auto (ya varios años atrás) y tiene también la documentación de que fue legalizado aquí en México. ¿Hay documentación adicional que debiera pedirse por esta compra? Supongo que la capacidad de depreciación será en base a los años atrás que tenga la factura: si fue hace 5 años, x ej, ya no hay depreciación posible de aplicar ¿es correcto esto? Gracias por iluminarme!!
Tópico: COMPRA DE SOFTWARE DE ARGENTINA
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 21, 2008 Asunto: COMPRA DE SOFTWARE DE ARGENTINA
Tengo a una persona física que va comprar un software a una empresa de Argentina y ésta se la facturará en dlls y a su vez le hará el cargo en dlls a su tarjeta. ¿Qué complemento se necesita para hacer deducible esa compra? Por ejemplo, cuando es mercancía lo que se importa pues es todo el rollo que en aduana generan de papeleo. ¿Pero cuando es intangible como en este caso (pues una vez hecho el pago sólo tendrá que entrar a una pag internet y bajar el software)? Gracias de antemano por su ayuda!
Tópico: ietu en personas físicas
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 14, 2008 Asunto: Re: ietu en personas físicas
Tienes que tener en claro que: *Cada impuesto se calcula en forma independiente uno de otro. IVA, ISR, IET, IEPS, etc, cada uno tiene sus propias reglas para ser calculado. Por ello como dice Chavalon, Los salarios NO son actividad gravada para IETU. *Para ISR cada actividad que una persona realiza tiene su PROPIA mecánica de cálculo de impuesto. A lo largo del ejercicio y para realizar los pagos provisionales, una persona que realiza varias actividades, calculará cada activ por separado y así la declarará. Ejemplo de una misma persona que realiza las siguientes actividades gravadas: 1.- Salarios la declara su patrón (sólo gravada para ISR); 2.- Activ Empresarial, mensualmente pagará ISR, IVA, IEPS si aplica a sus productos, IETU si su actividad es de las gravadas por dicho impuesto; 3.- Arrendamiento, y pagará mensualmente el ISR y el IVA (excento casa-habitación), y ahora también el IETU. 4.- Supón que se gana un premio!! pues le retendrán el ISR por una sola vez y según lineamientos que dicha ley establece. *La declaración anual sirve para JUNTAR LOS MONTOS de ingresos de TODAS esas ACTIVIDADES GRAVADAS (y las demás que están en ley) y calcular su utilidad y por ende su impuesto a declarar en forma global (Recuerda que a MAYORES utilidades, mayor es el % de impuesto a declarar por una persona FISICA según tablas/tarifas en Ley del ISR). El impuesto definitivo pagado mensualmente es el IVA. Aun en esta declaración anual, el ISR se calcula y paga sólo acumulando y con base a actividades gravadas para ese impuesto, y en forma independiente al del IETU que se calculará solo en base a la acumulación de ingr SOLO de las actividades gravadas para ese impuesto.
Tópico: SERVICIO DE HOTEL....ES ARRENDAMIENTO?
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 14, 2008 Asunto: Re: SERVICIO DE HOTEL....ES ARRENDAMIENTO?
Y ahora que lo re-pienso: Si lo consideran y catalogan como Arrendamiento ¿se tendría entonces el derecho (pues así la ley lo contempla) de declararlo conforme al cap III, Título IV de la LISR, y entonces hago deducción ciega o lo que a mi interés convenga? No puede dársele ese tratamiento, así que no podría catalogársele de esa forma. ¡Bueno, eso digo yo!
Tópico: SERVICIO DE HOTEL....ES ARRENDAMIENTO?
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 14, 2008 Asunto: Re: SERVICIO DE HOTEL....ES ARRENDAMIENTO?
Hola! Yo opino que están mal,pues no hay manera que un servicio de hospedaje sea de Arrendamiento. Precisamente es hospedaje por la brevedad con que la estancia se dá y no existe contrato de por medio que obligue a las partes a prestar el inmueble y exigir pago o tiempo mínimo o máximo de estancia. Yo manejo la contabilidad de un hotel y SAT catalogó la Actividad Económica como "Hotel con otros servicios integrados". Al menos eso es en el plano Federal. A no ser que tus auditores se refieran a algún tipo de catalogar a otro nivel: estatal o municipal ante algún permiso o refrendo de autorizaciones. Saludos,
Tópico: P.F. realiza compras a nombre de una P.M.
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2008 Asunto: Re: P.F. realiza compras a nombre de una P.M.
a) la PF realiza serv de comercio, compra-venta art de cómputo. b) Los dctos son a nombre del PM. La PM apenas obtuvo el permiso de importdor, y la PF ya tiene experiencia, asi que en esta ocasión hicieron la triangulación c) La PF no tiene vela en el entierro, solo es intermediaria. Me ha ocurrido en el pasado que una Pf tiene su negocio, y por las razones que sean, decide abrir un negocio como PM. Luego los proveedores por costumbre le facturan a la PF y no a la PM que es la que pagó (con cheque gralmente). ¿en ese caso se puede aplicar también lo aquí expuesto? Que se tome como una triangulación en tanto las operaciones entre PF y PM sean hechas a través de cheques? Gracias por la ayuda brindada
Tópico: P.F. realiza compras a nombre de una P.M.
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 04, 2008 Asunto: Re: P.F. realiza compras a nombre de una P.M.
Precisamente, no es una agencia aduanal! ¿Sería entonces correcto que la P.F. liste en su factura todos los trámites que realizó a nombre de la PM sin ponerles costo y al final el concepto de honorarios por trámites realizados con el costo que le cobrará? Supongo entonces que la P.M. respaldará la tranferencia electrónica con todos los Documentos de trámites aduaneles que la P.F. pagó en su representación. ¿y con esto no debe haber problema de deducibilidad? Lo que me preocupa y me surgió duda es que la ley maneja que hay que hacer cheques nominativos o transferencias para el pago de gastos sup a $2mil, y como en este caso los pagó un 3ero, me entra la duda de si se puede justificar la deducibilidad a pesar de no haber pagado directamente la PM a aduana. Agradezco sus comentarios.
Tópico: P.F. realiza compras a nombre de una P.M.
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 03, 2008 Asunto: P.F. realiza compras a nombre de una P.M.
Hola a todos y Feliz año nuevo!: Recurro a ustedes para consultar la deducibilidad de la siguiente operación: Una Persona Física recibió $ de otra P. Moral, para que la PF realizara trámites de importación de unas mercancias. Las facturas de mercancías y tramites varios de importación vienen a nombre de P.M., pero las pagó la P. F. desde su cuenta con el $ "recibido" de la P.M. Posteriormente la P.F. se dispone a cobrar honorarios por el servicio de hacer todos los trámites a nombrte de la P.M. 1.- ¿cómo se contabiliza la entrada de ese $? 2.- ¿Cómo justificar la operación para su deducibilidad para la P.M.? Según tengo entendido los Agentes aduanales hacen algo parecido, reciben dinero, pagan trámites a nombre de alguien más y le mandan su factura y comprobantes de regreso al importador ¿pero cómo jusitificar la triangulación para que sean gastos deducibles para el pago de impuestos (pues fueron mayores a 2mil pesos)? Gracias por la ayuda que puedan brindarme. Saludos,
Tópico: PUEBLA SUR- SAT CURSOS DE ACTUALIZACION
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 22, 2007 Asunto: PUEBLA SUR- SAT CURSOS DE ACTUALIZACION
¿Quién los entiende? Hace 3 semanas fui a un curso de Actualización que está imprtiendo gratuitamente en el SAT en Puebla-Sur y nos dicen que no se difunda mucho para que alcancen los lugares a que entre la gente, pues ellos ya habian invitado x mail a un chorro de gente y ahora resulta que les falta cuorum para dar los cursos!! Si no se juntan mínimo 5 personas no dan el curso!! Asi que les informo a los que viven en PUEBLA, PUE: Son 4 módulos en total (el 1 ya pasó inlcuyendo repeticiones): Esta semana al 23/nov, Cursos de 10-12 hrs modulo 3 Solo hasta mañana 23/Nov: 12-14 hrs, repeticion modulo 2. Prox. semana de 10-12 hrs modulo 4, y repeticion de modulo 3 de 12-14 hrs. Saludos,
Tópico: FIN DEL DIA
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 03, 2007 Asunto: Re: FIN DEL DIA
Al parecer FINALMENTE!! el sistema del SAT empieza a enviar acuses de recibos de DIOT, mismos que no emitía desde el pasado jueves. Ahora mi duda es: ¿Qué pasa cuando una declaración de un mismo periodo se envió hasta 3 veces por no obtener respuesta de acuses de recibo y ahora recibo 2 Acuses que se remiten al mismo periodo (mayo/07)?

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