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Tópico: ¿Hay Tope para deducir prestamos a Empleados?
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 01, 2009 19:02:58 Asunto: Re: ¿Hay Tope para deducir prestamos a Empleados?
Gracias mil!! definitivamente las referncias y aclaraciones son lo que andaba buscando. Muy agradecida.
Tópico: ISR-IETU ANUAL URGENTE
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 01, 2009 16:20:19 Asunto: Re: ISR-IETU ANUAL URGENTE
Hola: El lunes que fui al SAT en Puebla con esta duda, ¿como reflejar en el cálculo de ISR que el impuesto terminaban siendo superiores al IETU resultante y pagado?. Lo que me dijeron es que, basado en la referencia que ya entes te dieron: I.4.8, en el renglon de ISR ya pagado sumara los efectivamente pagado de ISR (que en mi caso si habia pagos provs) y los pagos efectamente pagados del IETU. Las demás referencias estan en renglones x separado, q en mi caso eran retenciones de ISR y la aplicacion de IDE. De esa forma cuando pusiera los datos del cálculo de IETU, en el renglón de pagos de ISR efectivamente pagado, pondría un monto que no podría ser superior al IETU determinado, para que quedara entonces ya en ceros. Saludos,
Tópico: ¿Hay Tope para deducir prestamos a Empleados?
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 01, 2009 16:08:24 Asunto: ¿Hay Tope para deducir prestamos a Empleados?
Hola compañeros y colegas: Tengo una empresa que le va otorgar unos préstamos de $ a sus empleados, a los cuales semanalmente se les irán descontando de sus nóminas. 1.- ¿Es mejor si el préstamo lo dan con un cheque por separado al pago de nómina o es indistinto si se agrega a los conceptos de nómina (sin gravarlo o tipoficarlo como ingreso, pues lo pagarán depués)? ¿alguno tiene mayor conveniencia que el otro? Supongo que el respaldo para no tipificarlo a ingreso es anexar copia de pagarés ¿qué opinan? 2.- Creo recordar que existe un tope de descuentos a las nóminas, pero no recuerdo bien dónde esta eso en ley. que cuando se descuentan montos a trabajadores no pueden ser mayores a X% de lo que se les paga. ¿alguien tiene esa referencia que me facilite? ¿o eso es respecto a otra cosa y no afecta al pago de préstamos? No tengo presente el dato. Gracias por su ayuda. Erika
Tópico: IETU, acreditarmiento Inventarios a Pers Fisicas
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 26, 2009 16:44:45 Asunto: IETU, acreditarmiento Inventarios a Pers Fisicas
Hola compañeros: Quisiera confirmar con ustedes esta duda que me asalta respecto a la aplicación del estímulo fiscal de acreditamiento de Inventario Final de 2007. ¿sólo pueden aplicar este estímulo Personas Morales? Excepto por un texto que encontré en una publicación que dice que sólo es para personas morales respecto al costo de lo vendido, lo demás que he leído menciona la aplicación sin hacer distinción de Persona moral o física. ¿Es correcto que solo pueden aplicarlo PM?
Tópico: Obligaciones de Veterinaria
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 21, 2009 11:50:35 Asunto: Obligaciones de Veterinaria
Hola colegas y compañeros foristas: Me acaba de llegar el caso de una persona que está poniendo una Veterinaria. Honestamente no me había tocado antes un perfil de este tipo, por lo que solicito su guía y consejos, pues no sé cuáles son sus obligaciones. *Esta persona quiere ser dada de alta como Repeco, ¿será el régimen más conveniente? *¿Dónde puedo encontrar las obligaciones que tienen que cumplir este tipo de negocios antes Salubridad (o autoridad similar) en el Edo de Puebla? *Aparte de Salubridad hay alguna autoridad más que debiera yo contemplar en mi investigación para la alta y apertura del negocio y los permisos a tramitar? Les agradezco de antemano su apoyo y comentarios. Erika
Tópico: tablas para calculo de irs
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 15, 2009 12:57:40 Asunto: Re: tablas para calculo de irs
Precisamente yo andaba en las misma... y noto que los montos reflejados en fiscalia son los mismos para la tabla aplicable de 2008 y 2009. Igualmente busqué en pag. SAT y solo tienen ahi reflejados los montos hasta 2008. Y entonces estoy ASUMIENDO que no existe publicadión en DOF de estas actualizaciones. ¿que la autoridad no los actualizó? Recuerdo que en años anteriores Fiscalia había hace los cálculos de actualización de las tablas aunque no hubiesen aun sido publicados x la autidad, aclarando obviamente que no eran oficiales, y diciendo en qué se habían basado para esa conclusión. Lo que no sé es, hoy calcularé nóminas con las mismas tablas que las aplicables para 2008, ¿y si se publican en los prox dias las tablas,hay que hacer el cálculo de diferencias en forma retroactiva, o cómo se considera en ese caso? Saludos, Erika
Tópico: Nueva version de Informativa IETU ??
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Software Enviado: Octubre 14, 2008 12:37:31 Asunto: Re: Nueva version de Informativa IETU ??
Lo que sí logré fue por lo menos no tener que volver a dar de alta a TODOS los clientes que tenía, con sus datos de RFC, nombres, etc. Antes de instalar la nueva versión, respaldé el folder de IETU que tenía toda la información. Lo borré, para poder instalar la nueva versión. Una vez instalada la nueva versión copie del respaldo que inicialmente había hecho el archivo llamado 'contrib.dat', y lo pegué en el folder de la nueva versión IETU recién instalada. De esa forma no tuve que dar de alta a todos nueeevamente. Espero les sirva el 'tip'. Saludos.
Tópico: Nueva version de Informativa IETU ??
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Software Enviado: Octubre 13, 2008 12:35:06 Asunto: Re: Nueva version de Informativa IETU ??
Parte de lo que me parece extraño es que en esta ocasión no hay DIFUSIÓN del cambio de sistema, desde cuándo se hace obligatorio, o qué motivo hacer el cambio de versión a 3/4 avanzado el año fiscal.. Generalmente SAT se toma la molestia (por decir lo menos de lo q es su obligación) de avisar ' a partir de X fecha obligatorio uso de nueva versión... no se aceptarán con versiones anteriores... blablabla' y en esta ocasión no hay nada de eso...
Tópico: Nueva version de Informativa IETU ??
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Software Enviado: Octubre 12, 2008 19:34:50 Asunto: Nueva version de Informativa IETU ??
Hola Compañeros foristas: A inicios de este mes Octubre, hice y mandé por internet 5 declaraciones de Listado de IETU para 2 cliente diferentes con la v.1.0.0 que es la q se publió por SAT desde inicio de año. Cuando fueron enviadas las declaraciones, de la de un cliente recibí nota de 'acuse de RECHAZO', y el concepto que pudieron fue: 'Su información no pudo ser procesada por las siguientes posibles inconsistencias: El valor de la materia en la declaración, no existe o es distinto al que contiene el catalogo de versiones' Curiosamente las declaraciones del 2do cliente, fueron Aceptadas todas. ¿entonces para unos si y otros no? o cómo es eso? Fui a la página del SAT y descubrí que la versión ahora publicada es la v.1.1.0 Pero esta versión no me permitió la instalación por existir ya una versión instalada. Pero esto me implica que todo lo hecho en todo el año con la v. 1.0.0. no pueda ser consultado!! Pues no encontré manera de 'actualizarlo' ¿qué saben al respecto? ¿Alguien ha podido solo Actualizarlo para q la v. 1.0.0 lea todo lo ya hecho con la v.1.0.0 ?? Saludos, Erika
Tópico: RETENCIONES VS IETU
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 01, 2008 16:14:07 Asunto: Re: RETENCIONES VS IETU
Como yo lo entiendo, en el ejemplo que planteas, de ISR no pagaste nada. Por lo tanto, cuando calculas el IETU, dirías: $1,200 - ISR pagado $0 - Retenciones de ISR $3,200 = ietu a cargo es cero, porque retenciones son superiores al ietu calculado. Como el IETU se calcula de forma acumulativa, este supuesto de isr pagado Ceros, es siempre y cuando de Enero a Agosto (suponiendo q calcularas Septiembre) no hubieras pagado EFECTIVAMENTE algo de ISR a lo largo de los meses. Pues si en algún mes hubieras pagado algo, eso tendrías que acreditarlo en IETU también. Ej. ISR a cargo 100 - retención 50 = ISR a pagar $50. En este caso El monto a pagar de impuesto es aquel que resulte MAYOR entre el impto del ISR y el IETU (no la suma de ellos!). Obviamente existe un orden y reglas para su declaración, pero para fines de explicación, y como yo lo entiendo, comentaré que al ser el IETU un impuesto COMPLEMENTARIO (no ADICIONADO) al ISR, en el ejemplo que se plantea, el monto de ISR a pagar el mayor que el de IETU, por lo que no hay monto de IETU que pagar. Y no lo hay porque los acreditamientos resultan mayores al monto a pagar. En mi humilde opinión, ambas declaraciones, ISR y IETU son ceros: En ISR retenciones superiores a imptos a cargo, y en IETU, acreditamientos son superiores a impto a cargo.

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