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Tópico: PAGOS DE VOUCHERS DUPLICADOS, ¿cómo los registro?
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 14, 2009 20:47:47 Asunto: Re: PAGOS DE VOUCHERS DUPLICADOS, ¿cómo los registro?
No tengo datos 'personales' de cliente. La factura está a Público en General, y su nombre y firma en el Voucher, pero no se tienen datos de contacto.
Tópico: PAGOS DE VOUCHERS DUPLICADOS, ¿cómo los registro?
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 14, 2009 15:46:12 Asunto: PAGOS DE VOUCHERS DUPLICADOS, ¿cómo los registro?
Buen día a todos: Tengo una empresa que recibe pagos de clientes con tarjetas. En el estado de cuenta regularmente cuando el banco hace un abono erroneo (a veces duplican algún pago del mes) también aparece el cargo para contrarrestarlo. Pero ahora aparece un abono (es decir, me depositan $) pero nunca hicieron el cargo. El cliente preguntó a un ejecutio del banco y le dijeron que si no había reclamo de quien hubieran duplicado el pago pues que ahi se quedaría y q el tiempo para reclamos tiene un límite. Que le recomiendan esperar a ver si hay reclamo. ¿Cómo clasifico ese $? ¿lo debo reportar para ISR, para IETU, para IVA y cuándo? Porque si pasa el plazo límite y no hay reclamos, pues ya se queda como deposito definitivo de tarjetazo en la empresa sin estar relacionado con venta/factura alguna. De antemano gracias por la ayuda que puedan brindarme. Erika
Tópico: Registro en contabilidad de la compra de un equipo de transporte a plazos
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 07, 2009 14:28:44 Asunto: Re: Registro en contabilidad de la compra de un equipo de transporte a plazos
Es importante ver también qué dice el contrato de crédito otorgado, pues puede haber diferentes panoramas. Yo he tenido 2 casos de compras de Activo fijo y los dos se han manejado diferente. Espero no estar diciendo disparatadas (ya los colegas me desengañarán), pero en una de ellas se aplicó: que si lo compras a Cia 'X' y ésta es pagada al 100% una parte por tu enganche y otra porque otra Cia 'Y' le da el pago complementario, mientras tu adquieres el adeudo con ésta última, como la Cía X se da por pagada al momento de la compra, tu puedes hacer deducible el 100% del IVA al momento de la compra y sólo te quedas con el adeudo de la YCia. Y los intereses+IVA que mensualmente se generen por el crédito, pues serían lo dedubible mientras q el resto del pago sólo cancelan adeudo. Y eso me lo confirmaron en un chat con el SAT. En el otro caso que tuve, hablé a la Cia del crédito para preguntar alguna duda, y me dijeron que por alguna regla de ISR no cobraban IVA (estaba excento) por los intereses generados por el préstamo a la PM que lo adquirió, pero que el IVA del auto correspondiente a la proporción del préstamo otorgado, sería deducible Hasta que se liquidara el crédito. En aquel momento me dió la justificación legal en Reglamento, pero no la tengo presente. No sé si alguien pueda comentar si esto sigue vigente y cuál es el argumento legal. Espero te ayude en algo el comentario.
Tópico: PF ¿puede decir Estudios de Maestría?
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 07, 2009 14:16:09 Asunto: Re: PF ¿puede decir Estudios de Maestría?
Acabo de checar, según consejo de CP Hugo Cejo, por la actividad en SAT que se dió de alta fue 'Otros servicios de apoyo a los negocios' por no existir la descripción exacta de reclutamiento y selección de personal.
Tópico: PF ¿puede decir Estudios de Maestría?
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 07, 2009 14:05:46 Asunto: Re: PF ¿puede decir Estudios de Maestría?
Ahh... y entonces si para ISR se considera deducible, puede también aplicarse la deducibilidad para IETU ¿correcto?
Tópico: PF ¿puede decir Estudios de Maestría?
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 07, 2009 13:24:25 Asunto: Re: PF ¿puede decir Estudios de Maestría?
Perdón el título debió ser DEDUCIR, no 'decir'... error mío.
Tópico: PF ¿puede decir Estudios de Maestría?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 07, 2009 13:23:01 Asunto: PF ¿puede decir Estudios de Maestría?
Hola! Pido su ayuda para despejar esta duda: PF reg intermedio de la activ empresarial, que se dedica a reclutamiento, selección, capacitación de personal, consultoria en desarrollo organzacional, y actividades de ese perfil. Recientemente empezó a estudiar una maestría en escuela autorizada (UVM) en el area administración. ¿Puede hacerse deducibles los pagos de las materias curriculares? ¿Cuál es/sería el respaldo en ley? De antemano, gracias por sus comentarios.
Tópico: ¿Cómo se declara a SAT el acreditamiento de IVA?
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 18, 2009 15:07:58 Asunto: ¿Cómo se declara a SAT el acreditamiento de IVA?
Buen dia a todos. Expongo a ustedes esta situación que salta nuevamente a mi atención a partir de ciertos eventos/comentarios recientes que recibí. Creo yo que debiera aplicar igual para PFisca que para PMoral, pero si no fuera asi, les pido aclaramelo. Cuando en un X mes el resultado del IVA trasladado - IVA acreditado = IVA por pagar, ese saldo puede dejarse de pagar, acreditando IVA a favor que tenga aun sin aplicar de meses anteriores. Hace algunos años q pregunté x tel en 01800infosat me dijeron que el proceder es declarar eso a través de la pag electrónica bancaria de la sig forma: Ej.: IVA por pagar: $400 Compensación: $400 Impuesto pagado: $ 0 ceros. Les argumenté que no era compensación lo que aplicaría y dijeron que ya en la anual se aclaraba la aplicación correcta. Luego por otros colegas contadores me dicen que metiera declaración en Ceros, y que pusiera en 'otras' la razón de que fue acreditado el impuesto a cargo del periodo. Ahora que una persona va pedir en devolución el IVA a favor de c/periodo de 2008, otro CP dice que para que lo devuelvan debió haberse declarado en ceros pero la opción de que está ya preescrita en el menu de opciones de IVA, que dice que el IVA acreditable es igual al IVA a cargo. ¿Cuál es la forma correcta de hacer esa declaración entonces de acuerdo a sus experiencias y conocimientos? De antemano gracias por su ayuda.
Tópico: IVA+IETU ¿Es
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 27, 2009 09:21:22 Asunto: Re: IVA+IETU ¿Es
Aahh... Ok, eso lo deja mucho más claro... muchas gracias.
Tópico: IVA+IETU ¿Es
erikaglezriv

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 26, 2009 08:43:42 Asunto: Re: IVA+IETU ¿Es
Yo creía que se consideraba 'efectivamente pagado' cuando se pagaba/liquidaba el adeudo de la TDCredito. Con esa explicación me queda claro. Gracias!! Leyendo el art. 6, V LIETU, me entró la duda de, cuando habla de ser pago en parcialidades, y aplicando lo nuevo que estoy aprendido con esta explicación: *Si pago con TD Credito a meses sin intereses, como el proveedor se da por pagado al 100% es deducible/acreditable al 100%, aunque mi deuda la pague a lo largo de varios meses. *Si llegara a pagar con TD Débito, x ej, y sólo me hacen el cargo correspondiente a c/mes, ahi la deducción/acreditamiento sería sólo por la fracción de $ que está siendo cargada a la Tarjeta. ¿Esta aplicación sería la correcta?

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