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Tópico: Declaración Anual 2012 por liquidación para pagar al banco lleva línea de captura
vag

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 13, 2012 08:41:17 Asunto: Re: Declaración Anual 2012 por liquidación para pagar al banco lleva línea de captura
Hola. Por los portales bancarios se puede pagar sin la línea de captura. Por lo que comentas, me imagino que trataste de realizar el pago en ventanilla. Saludos
Tópico: GASTOS MÉDICOS, DENTALES, HOSPITALARIOS, ETC, PODRÁN SEGUIR PAGÁNDOSE EN EFECTIVO
vag

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 13, 2012 08:29:05 Asunto: Re: GASTOS MÉDICOS, DENTALES, HOSPITALARIOS, ETC, PODRÁN SEGUIR PAGÁNDOSE EN EFECTIVO
Hola. Esa es una muy buena noticia, gracias por compartirla. Esperemos que pronto llegue la noticia de que la tasa de ISR no sigue en 30%. Saludos.
Tópico: COMO SE DETERMINA LA CONCILIACIÓN CONTABLE FISCAL
vag

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 13, 2012 08:26:04 Asunto: Re: COMO SE DETERMINA LA CONCILIACIÓN CONTABLE FISCAL
Hola. En términos muy sencillos, la conciliación contable fiscal se elabora partiendo del resultado contable, de la siguiente manera: RESULTADO CONTABLE (+) INGRESOS FISCALES NO CONTABLES (+) DEDUCCIONES CONTABLES NO FISCALES (-) INGRESOS CONTABLES NO FISCALES (-) DEDUCCIONES FISCALES NO CONTABLES (=) RESULTADO FISCAL Muchos creen que elaborando la conciliación contable fiscal es suficiente para tener un soporte de su resultado fiscal, sin embargo, yo creo que es sólo una herramienta para comprobar que el resultado fiscal está correctamente determinado, por lo que te recomiendo que elabores tu papel de trabajo en el que determines tu resultado fiscal partiendo de los ingresos acumulables, restando las deducciones autorizadas, etc. Saludos y espero haberte podido ayudar.
Tópico: Duda partes relacionadas
vag

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 12, 2012 08:58:41 Asunto: Re: Duda partes relacionadas
Hola. Tal vez sea más fácil si verificas el artículo 106 de la ley del Impuesto sobre la Renta, el cual en su décimo párrafo señala quienes se consideran partes relacionadas. Dicho dispositivo señala: [quote][i][b]Artículo 106[/b]... [b]Se considera que dos o más personas con partes relacionadas[/b], cuando una participa de manera directa o indirecta en la administración, control o capital de la otra, o cuando una persona o grupo de personas participe, directa o indirectamente, en la administración, control o en el capital de dichas personas, o cuando exista vinculación entre ellas de acuerdo con la legislación aduanera...[/quote][/i] La Ley Aduanera por su parte en el artículo 68 establece: [i][quote][b]Artículo 68[/b]. Se considera que existe vinculación entre personas para los efectos de esta Ley, en los siguientes casos: I. Si una de ellas ocupa cargos de dirección o responsabilidad en una empresa de la otra. II. Si están legalmente reconocidas como asociadas en negocios. III. Si tienen una relación de patrón y trabajador. IV. Si una persona tiene directa o indirectamente la propiedad, el control o la posesión del 5% o más de las acciones, partes sociales, aportaciones o títulos en circulación y con derecho a voto en ambas. V. Si una de ellas controla directa o indirectamente a la otra. VI. Si ambas personas están controladas directa o indirectamente por una tercera persona. VII. Si juntas controlan directa o indirectamente a una tercera persona. VIll. Si son de la misma familia.[/quote][/i] Tu respuesta, analizando los dos dispositivos legales citados, sería a [i]contrario sensu[/i] Saludos y espero haberte podido ayudar.
Tópico: Ayuda..Nuevos Contratos Laborales
vag

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Diciembre 05, 2012 13:01:43 Asunto: Re: Ayuda..Nuevos Contratos Laborales
Hola. [quote] A partir de cuando entra en vigor las reformas a la Ley Federal del Trabajo.[/quote] Según entiendo, es correcto, es decir, al día siguiente de su publicación. Saludos
Tópico: RECIBOS DE HONARIOS EN CBB
vag

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 05, 2012 09:02:48 Asunto: Re: RECIBOS DE HONARIOS EN CBB
Hola. También, como forma de control o para distinguir los comprobantes impresos por impresor autorizado y los que imprimas con CBB lo que podrías hacer es solicitar una serie y comenzar con el folio 01, es decir, que los comprobantes con CBB sean por ejemplo A-001 al A-100. Saludos.
Tópico: ¿Que nos deja Calderón?
vag

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 04, 2012 17:13:28 Asunto: Re: ¿Que nos deja Calderón?
[quote]En mi opinión. No debemos criticar al presidente. Al final la historia lo juzgara.[/quote] Completamente de acuerdo con el compañero ALLENDE. Saludos
Tópico: COMPROBANTES DE SERVICIOS
vag

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 04, 2012 17:09:39 Asunto: Re: COMPROBANTES DE SERVICIOS
Hola. Es obligación de quien expide siempre que el cliente le proporcione el RFC. El fundamento para la inclusión del RFC del cliente es el 29-A fracción IV del Código Fiscal de la Federación. Para la deducibilidad el artículo 31 fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Saludos
Tópico: Problemas con la FIEL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 04, 2012 11:25:10 Asunto: Re: Problemas con la FIEL
Hola. Algo que suele suceder es que tengas bloqueadas las mayúsculas al momento que teclear la clave. Saludos
Tópico: Reclasificación de salarios. Nuevas zonas económicas
vag

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 26, 2012 18:44:31 Asunto: Re: Reclasificación de salarios. Nuevas zonas económicas
Muchas gracias por la información compañero. Ya somos de la 'A' jejeje. Saludos

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