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Tópico: Automovil PF reg arrendamiento ¿deducible?
ISAKI86

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 25, 2010 10:57:32 Asunto: Re: Automovil PF reg arrendamiento ¿deducible?
Como aportacion a lo comentado por todos los demas colegas... Checate el criterio normativo 60/2009/ISR En el cual te dice que los vehiculos denominados pick up no son automoviles si no camiones de carga... Puedes deducirlo al 100% pero tendrias que demostrar podria ser a traves del contrato de arredamiento que se usa para equipar la casa local con muebles y trasladarlos de lugar a lugar digo puede ser una opcion de todos modos checalo y saca tus propias conclusiones colega, saludos
Tópico: Devolucion de retenciones de IVA
ISAKI86

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 25, 2010 09:19:04 Asunto: Re: Devolucion de retenciones de IVA
Seria bueno que lo intentes de nuevo Al presentar tu complementaria de IVA retenido debes manifestar cero para poder reflejar el pago de lo indebido, ahora si dices que no t deja hazlo como tu lo haces... habra que ver si forzosamente tienes q mencionar recargos y actualizaciones... pero no veo mal lo que nos comentas...
Tópico: Una de IETU...
ISAKI86

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 23, 2010 17:03:33 Asunto: Re: Una de IETU...
Estimada Eyma es indispensable presentar el el aviso de compensacion, ya que la misma regla a la que hace referencia el colega no deja claro. presentas tu pago de ISR y compensas los pagos provisionales de IETU del ejercicio la regla habla de Aviso de compensacion, por ende formato 41 y los anexos del IETU que correpondan usando el programa f3241 ¡Saludos!
Tópico: CREDITO FISCAL POR SALARIOS Y SEGURIDAD SOCIAL
ISAKI86

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 23, 2010 16:55:51 Asunto: Re: CREDITO FISCAL POR SALARIOS Y SEGURIDAD SOCIAL
jajaja no no me refiero a ti lobozac pero lo que quiero decir en mi comentario es que cuando vas calculando los provisionales de IETU el credito por SyS es acumulativo por ejemplo si tienes IETU para enero por 50 y SyS por 200 SUPONIENDO entonces no pagas IETU es cierto que en tu listado reflejas 50 de los 200 pero el papel de trabajo en realidad tienes 200 de los cuales aplicaste 50 y te quedan 150 por aplicar en el siguiente mes... espero con esto dejar claro esta parte... ahora en la anual esto no sucede como bien sabemos si tienes IETU anual de 100 y credito por SyS de 150 aplicas 100 y los 50 los pierdes al no considerar la ley de IETU como remanente para seguir aplicando en el siguiente ejercicio... creo que esta vez estaras deacuerdo comigo ¡ Saludos !
Tópico: Aviso del SAT para corregir situacion Fiscal del Contribuyente.....
ISAKI86

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 23, 2010 15:48:15 Asunto: Re: Aviso del SAT para corregir situacion Fiscal del Contribuyente.....
CABO No haga caso al correo hace unas semanas el sat emitio un cominicado donde señalaba que estaban enviando correos solicitando datos de los contribuyentes luego señalaba un link en donde te pedia que llenes tus datos pero el correo no era enviado por la autoridad... Entonces tiene que decir SAT.GOB.MX oki doki ¡Saludos!
Tópico: Mensaje de Error .....
ISAKI86

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 23, 2010 15:38:50 Asunto: Re: Mensaje de Error .....
jajaja si no manches se la volo el colega estuvo genial... la marca de tu compu ahh ta cañon hasta eso saben los del SAT no pues si esta cañon !!! Jajaja saludos mi General !!
Tópico: CREDITO FISCAL POR SALARIOS Y SEGURIDAD SOCIAL
ISAKI86

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 23, 2010 13:14:55 Asunto: Re: CREDITO FISCAL POR SALARIOS Y SEGURIDAD SOCIAL
No confundas gimnasia con magnesia Colega... si tienes IETU 100 y credito fiscal por Sueldos y salarios 200 Solo puedes aplicar 100, los otros 100 los pierdes para la anual, en cambio en PP´S t pueden servir al ser acumulativos... ¡Saludos!
Tópico: Mensaje de Error .....
ISAKI86

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 23, 2010 13:07:30 Asunto: Re: Mensaje de Error .....
entonces si llegare a tener el mismo problema, me saldria ¿Error Sony Vaio time-out ? jojojojo
Tópico: PARA EXPERTOS FISCALES: CREDITO FISCAL IETU 2008
ISAKI86

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 23, 2010 13:04:28 Asunto: Re: PARA EXPERTOS FISCALES: CREDITO FISCAL IETU 2008
Te propongo la siguiente... No pagues el IETU de Enero Cuando reflejes el saldo a favor en tu anual de UETU en ese Momento compensa tu IETU de enero la desventaja es que pagarias ACT y RECARGOS hasta el mes en que compenses... pero cuando mas puede ser? y de esta manera no realizas ningun desembolso y puedes seguir aplicando el remanente, pero eso si la opcion que tu planteas no es para nada buena ya que te quedarias sin nada al perder el CREDITO ¿ok? Saludos
Tópico: creditos fiscales 1998-2007
ISAKI86

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 23, 2010 12:17:30 Asunto: Re: creditos fiscales 1998-2007
Gracias CP hugo al coincidir en criterio aunque igual estaba analizando la posibilidad de aplicarlo durante todo el año dicho credito aunque se haya vendido el bien durante el mismo ejercicio es decir Enajeno el bien en junio y de todos modos lo sigo aplicando hasta diciembre, de todos modos en mi calculo anual quitaré esa parte proporcional para pero esto me prepara para estimar una nueva base incluyendo ese importe de Credito IETU ¡Saludos!

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