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Tópico: COMPENSACION DE IVA
ISAKI86

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 02, 2010 12:17:14 Asunto: Re: COMPENSACION DE IVA
si ya estas segura que definitivamente fue un error desistete procederia lo siguiente presenta tu complementaria del saldo a favor... e reinicia tu compensacion la actualizacion siempre es desde el origen desde que lo manifestaste la primera vez... existe jurisprudencia de ello y en caso de requerimiento ya lo tendras integrados.. ¡Saludos!
Tópico: AYUDA URGENTE GASTOS PAGADOS EN EFECTIVO
ISAKI86

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 02, 2010 12:03:41 Asunto: Re: AYUDA URGENTE GASTOS PAGADOS EN EFECTIVO
Buen dia... Primero sugiero que te pelees con los de hacienda para que te den esa facilidad, posteriormente ya tu iras analizando la eficiencia de realizar los pagos a tus proveedores o esperara a que mejore la infraestructura de tu comunidad, mientras tanto tendras la tranquilidad de deducir tus gastos hasta que la autoridad te señala que por contar con los servicios sufientes ya no puedes seguir pagando en efectivo... ¡Saludos!
Tópico: Diferencia entre Depreciacion Contable y Depreciacion Fiscal
ISAKI86

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 01, 2010 10:58:41 Asunto: Re: Diferencia entre Depreciacion Contable y Depreciacion Fiscal
La depreciacion contable es para efectos financieros es decir, montos historicos, que no se ven afectados por los efectos de inflacion, a menos que se este reconociendo estos efectos a traves de la NIF-B10 Ahora la depreciacion fiscal, se refiere a que la autoridad te establece un monto maximo de depreciacion por cada bien que adquieras durante el ejercicio (año) Ejemplo Computadoras 30% de depreciacion anual despues de ello para efectos de presentacion de la declaracion anual y de conocer cuanto es lo que puedes deducir como deducciones fiscales, tienes que ajustar esa depreciacion anual, usando los indices del INPC Mes de adquisicion/ Ultimo mes de la primera mitad del ejercicio en que se adquiera si le das una leida al articulo 37 de la ley del impuesto sobre la renta quizas te nazcan mas dudas y puedes plantearlas Ejemplo Monto original de Inversion 150 depreciacion contable 10% 15 Depreciacion fiscal 10% 16 Reconociendo los efectos de la inflacion aumenta la depreciacion ¡saludos!
Tópico: IDE NO ACREDITADO EN EL EJERCICIO.......SINO EN OTRO
ISAKI86

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 01, 2010 10:35:50 Asunto: Re: IDE NO ACREDITADO EN EL EJERCICIO.......SINO EN OTRO
MMMM yo creo que aplicaria el hecho de que que fue primero el huevo o la gallina.. si decidieras aplicar primero el IDE para no perderlo, acaso no perderias las perdidas? ahora el IDE al ser contribucion sabemos que es factible su recuperación ya que en la RMF para 2009 señala lo siguiente [b] Acreditamiento, compensación y devolución del IDE[/b] [b]I.11.27.[/b] Para los efectos del artículo 8 de la Ley del IDE, los contribuyentes que en el mes de que se trate no tengan ISR a su cargo contra el cual puedan acreditar el IDE efectivamente pagado en dicho mes, en virtud de haber realizado el pago provisional del ISR correspondiente, [b]de encontrarse disminuyendo pérdidas fiscales de ejercicios anteriores[/b], o bien, de haber efectuado el acreditamiento de otras cantidades a que tengan derecho conforme a las disposiciones de la Ley del ISR, podrán considerar que el acreditamiento del IDE se realiza contra una cantidad equivalente a $0.00 pesos, con lo cual la diferencia que subsista a su favor [b]pueda ser susceptible de acreditarse contra el ISR retenido a terceros en dicho mes[/b]. Del mismo modo, los contribuyentes que en el mes de que se trate no tengan ISR retenido a terceros, o bien, habiéndolo tenido hayan efectuado el entero correspondiente o hayan acreditado contra éste otras cantidades a que tengan derecho conforme a las disposiciones de la Ley del ISR, podrán considerar que el acreditamiento de la diferencia de IDE se realiza contra una cantidad equivalente a $0.00 pesos, [b]permitiendo así la generación de una diferencia susceptible de ser compensada contra otras contribuciones federales en términos del artículo 23 del CFF.[/b] Si después de efectuar los acreditamientos a que se refiere el artículo 8 citado, subsistiere alguna diferencia susceptible de compensarse, los contribuyentes que no hayan causado otras contribuciones federales, o bien, que hayan extinguido sus obligaciones de pago por cualquier medio permitido por las leyes fiscales, podrán considerar que la compensación de dicha diferencia se realiza contra una cantidad equivalente a $0.00 pesos, generando una diferencia susceptible de solicitarse en devolución. La opción anteriormente señalada no releva al contribuyente de dictaminar la solicitud de devolución del IDE establecida en el artículo 8, cuarto párrafo de la citada Ley. Lo anterior resulta aplicable en lo conducente a los mecanismos de acreditamiento, compensación y, en su caso, devolución a que se refiere el artículo 7 de la Ley del IDE. LIDE 7, 8, CFF 23 por lo mencionado anteriormente colegas primero se deben aplicar las [b]perdidas[/b] y pagos provisionales y posteriormente el IDE recaudado, luego compensar y por ultimos solicitar devolucion Saludos y creo que tema concluido.
Tópico: 10% de retencion de iva para honorarios
ISAKI86

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 01, 2010 10:13:51 Asunto: Re: 10% de retencion de iva para honorarios
jajaja confundi vabdo con vado sale jejeje es que pense que eran el mismo jajaja ¡Saludos!
Tópico: ANTE PROYECTO 4RMF 2010 ¿YA SE PUBLICO?
ISAKI86

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 01, 2010 10:00:38 Asunto: ANTE PROYECTO 4RMF 2010 ¿YA SE PUBLICO?
Alguien sabe si el anteproyecto de la 4 RMF para 2009 ya fue publicada? ya que no he vuelto a saber noticias al respecto aquella que aclaraba la no presentacion de la informativa de clientes y proveedores y donde otorgaba el beneficio de no presentar la DIM a los repecos, solo a requerimiento de la autoridad. Si saben algo avisen... saludos
Tópico: Listados de conceptos version 1.2.0 CORREGIDO
ISAKI86

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 01, 2010 09:55:29 Asunto: Re: Listados de conceptos version 1.2.0 CORREGIDO
Que tal colegas... Bueno pues como vieron el problema del programa ya fue subsanado y no es necesario respaldar nada, solo instalarlo donde instalaste el anterior... eso no amerita la falla de los del SAT que por hacer las cosas rapidas salen mal.. bueno a cualquiera le pasa XD
Tópico: 10% de retencion de iva para honorarios
ISAKI86

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 26, 2010 17:37:44 Asunto: Re: 10% de retencion de iva para honorarios
Estimado colega Vabdo no es un error Resulta que al aumentar la tasa del 15% al 16% cambia el importe a retener, ya que la ley del IVA hace referencia en su reglamento a retener 2/3 del IVA luego entonces cuando la tasa era del 15 la retencion era del 10% ahora al modificarse por el aumento la retencion, da como resultado un importe de 10.66667 y para efecto de zona fronteriza 7.33333 en fin la cuestion es multiplicar el IVA por el factor .66667 ¡Saludos!
Tópico: Listados de conceptos version 1.2.0 CORREGIDO
ISAKI86

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 26, 2010 17:31:13 Asunto: Listados de conceptos version 1.2.0 CORREGIDO
Colegas el SAT informa a traves de su pagina Se informa que ya se encuentra disponible la actualización al Listado de conceptos del impuesto empresarial a tasa única, IETU, misma que calcula de manera correcta los campos “INGRESOS GRAVADOS (TOTAL ACUMULADO)” y “BASE GRAVABLE DEL PAGO PROVISIONAL (TOTAL ACUMULADO )”, en caso de tener dificultades en el llenado de esta aplicación, deberá obtener el ejecutable respectivo en esta página y realizar la instalación correspondiente en la ruta DEM10-IETU, a fin de que las declaraciones anteriores se conserven y se subsanen las inconsistencias de cálculo. Por lo cual ya pueden descargar la nueva version corregida. ahora bien la duda que deja al menos asi lo veo Sera que haya que presentar alguna complementaria por la presentada anteriormente? desde mi punto de vista creo que no. pero habra que esperar si sale algo al respecto por lo pronto a descargar la nueva version colegas ¡SALUDOS!
Tópico: creditos fiscales 1998-2007
ISAKI86

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 26, 2010 09:02:19 Asunto: Re: creditos fiscales 1998-2007
Estimado colega enrique respeto su opinion aunque sin realmente no dice nada ni propone nada que no se haya mencionado no se trata de criticar si no opinar colega por favor considere que la ley del IETU es anual

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