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Tópico: METODO DE PAGO EN RECIBOS DE NOMINA
JABUS

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 15, 2016 15:08:38 Asunto: Re: METODO DE PAGO EN RECIBOS DE NOMINA
Hola: CONTATOR La dispersión de fondos es una transferencia masiva. El banco es el que paga según usted? Le sugiero que por favor lea la siguiente liga y nos comparta sus comentarios http://www.chamlaty.com/2014/04/29/pago-de-salario-por-transferencia-bancaria-electrnica-o-depsito-valido/ Saludos
Tópico: METODO DE PAGO EN RECIBOS DE NOMINA
JABUS

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 14, 2016 11:19:58 Asunto: Re: METODO DE PAGO EN RECIBOS DE NOMINA
Buenos días: El método de pago es transferencia, toda vez que la empresa deposita a una cuenta que lo mismo podría ser de cheques Espero le sirva mi comentario Saludos
Tópico: QUE CRITERIO SERA PARA EL METODO DE PAGO
JABUS

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 13, 2016 12:28:20 Asunto: Re: QUE CRITERIO SERA PARA EL METODO DE PAGO
Hola: En la sección de preguntas frecuentes del SAT se encuentra la siguiente: 2. ¿Ha cambiado la manera de señalar el método de pago en una factura? ​A partir del 15 de julio debes asentar en el apartado Método de pago en lugar del concepto (cheque, efectivo, transferencia, tarjeta, etc.) la clave correspondiente, conforme al siguiente catálogo: ​Clave ​Descripción 01​ ​Efectivo ​02 ​Cheque nominativo ​03​ Transferencia electrónica de fondos ​04 ​Tarjeta de crédito ​05 ​Monedero electrónico ​06 ​Dinero electrónico ​08 Vales de despensa ​28​ Tarjeta de débito ​29​ Tarjeta de servicio ​99 ​Otros Fundamento legal: (1.13 MB) artículo 29-A, fracción VII, inciso c, del Código Fiscal de la Federación y (619 KB) regla 2.7.1.32, tercer y cuarto párrafos de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016. A mi entender solo se pondrá la clave Saludos [i]Editado: Julio 13, 2016 12:30:14[/i] [i]Editado: Julio 13, 2016 12:31:13[/i] [i]Editado: Julio 13, 2016 12:32:19[/i]
Tópico: comprobantes de dividendos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 07, 2016 14:19:02 Asunto: Re: comprobantes de dividendos
Hola: Nosotros trabajamos con FEL Pero si ya emite sus CFDI de facturas con alguno, le sugiero pregunte primero con su proveedor ya que en nuestro caso también es nuestro proveedor de CFDI para facturar Saludos [i]Editado: Julio 07, 2016 14:22:20[/i]
Tópico: RFC PERSONA FISICA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2016 18:14:44 Asunto: Re: RFC PERSONA FISICA
Buenas tardes : Puede intentar la inscripción con CURP, al momento de capturarla el sistema le indica si ya está inscrito y le proporciona el RFC . Si el sistema le permite seguir el tramite quiere decir que no está dado de alta en el RFC y lo, podrá dar de alta https://rfc.siat.sat.gob.mx/PTSC/RFC/menu/index.jsp?opcion=4 Saludos [i]Editado: Junio 24, 2016 18:17:09[/i]
Tópico: Multa reincidencia expedición comprobante fiscal
JABUS

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 22, 2016 18:23:35 Asunto: Re: Multa reincidencia expedición comprobante fiscal
Hola: Me llama la atención que usted comenta que fue multa por reincidencia de hace diez años , le copio la parte del art 75 cff que se refiere al respecto I. SE CONSIDERARA COMO AGRAVANTE EL HECHO DE QUE EL INFRACTOR SEA REINCIDENTE. SE DA LA REINCIDENCIA CUANDO: A). TRATANDOSE DE INFRACCIONES QUE TENGAN COMO CONSECUENCIA LA OMISION EN EL PAGO DE CONTRIBUCIONES, INCLUYENDO LAS RETENIDAS O RECAUDADAS, LA SEGUNDA O POSTERIORES VECES QUE SE SANCIONE AL INFRACTOR POR LA COMISION DE UNA INFRACCION QUE TENGA ESA CONSECUENCIA. B). TRATANDOSE DE INFRACCIONES QUE NO IMPLIQUEN OMISION EN EL PAGO DE CONTRIBUCIONES, LA SEGUNDA O POSTERIORES VECES QUE SE SANCIONE AL INFRACTOR POR LA COMISION DE UNA INFRACCION ESTABLECIDA EN EL MISMO ARTICULO Y FRACCION DE ESTE CODIGO. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 31 DE DICIEMBRE DE 1998) PARA DETERMINAR LA REINCIDENCIA, SE CONSIDERARAN UNICAMENTE LAS INFRACCIONES COMETIDAS DENTRO DE LOS ULTIMOS CINCO AÑOS. (ADICIONADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 31 DE DICIEMBRE DE 1998) Saludos
Tópico: copropiedad cuenta bancaria
JABUS

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 20, 2016 13:51:21 Asunto: Re: copropiedad cuenta bancaria
Hola: ART 92 LISR 92. Cuando los ingresos de las personas físicas deriven de bienes en copropiedad, deberá designarse a uno de los copropietarios como representante común, el cual deberá llevar los libros,expedir los comprobantes fiscales y recabar la documentación que determinen las disposiciones fiscales,así como cumplir con las obligaciones en materia de retención de impuestos a que se refiere esta Ley.Cuando dos o más contribuyentes sean copropietarios de una negociación, se estará a lo dispuesto en el artículo 108 de esta Ley. Artículo 108. Cuando se realicen actividades empresariales a través de una copropiedad, el representante común designado determinará, en los términos de esta Sección, la utilidad fiscal o la pérdida fiscal, de dichas actividades y cumplirá por cuenta de la totalidad de los copropietarios las obligaciones señaladas en esta Ley, incluso la de efectuar pagos provisionales. Para los efectos del impuesto del ejercicio, los copropietarios considerarán la utilidad fiscal o la pérdida fiscal que se determine conforme al artículo 109 de esta Ley, en la parte proporcional que de la misma les corresponda y acreditarán, en esa misma proporción, el monto de los pagos provisionales efectuados por dicho representante. En mi opinión la cuenta debe estar abierta a nombre del representante de la copropiedad Saludos
Tópico: Declaraciones Mensuales
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 17, 2016 11:51:18 Asunto: Re: Declaraciones Mensuales
Hola: ART 12 CFF ultimo párrafo No obstante lo dispuesto en los párrafos anteriores, si el último día del plazo o en la fecha determinada, las oficinas ante las que se vaya a hacer el trámite permanecen cerradas durante el horario normal de labores o se trate de un día inhábil, se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil. Lo dispuesto en este Artículo es aplicable, inclusive cuando se autorice a las instituciones de crédito para recibir declaraciones. También se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil, cuando sea viernes el último día del plazo en que se deba presentar la declaración respectiva, ante las instituciones de crédito autorizadas. Las autoridades fiscales podrán habilitar los días inhábiles. Esta circunstancia deberá comunicarse a los particulares y no alterará el cálculo de plazos. Espero le sirva
Tópico: Error en Datos fiscales al dar de alta cuenta bancaria
JABUS

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 14, 2016 11:56:46 Asunto: Re: Error en Datos fiscales al dar de alta cuenta bancaria
Buen día: Sí , le ocasiona problemas, por ejemplo en la devolución de un saldo a favor o en nuestro caso que por no coincidir la constancia de retenciones del banco con el RFC de una persona física , no se pudo acreditar el ISR retenido para la declaración anual Le recomiendo que acuda al banco a realizar la corrección Saludos
Tópico: Regreso de Capitales de inversion del extranjero al pais.
JABUS

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 13, 2016 14:36:36 Asunto: Re: Regreso de Capitales de inversion del extranjero al pais.
Hola: En la siguiente liga encontrará un articulo que habla al respecto: http://imcp.org.mx/wp-content/uploads/2016/02/Fiscoactualidades_febrero_n%C3%BAm_21.pdf Espero le sirva

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