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Autor | Mensaje |
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Tópico: Salario base con comisiones variables | |
Miriam Mensajes: 9 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 01, 2005 Asunto: Re: Salario base con comisiones variables |
Sí, pero también les tienes que pagar aguinaldo y prima vacacional sobre la parte variable, es decir, sobre las comisiones; insisto, hay que leer el art. 289 de LFT. Saludos | |
Tópico: Salario base con comisiones variables | |
Miriam Mensajes: 9 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 01, 2005 Asunto: Re: Salario base con comisiones variables |
Porque estas prestaciones se PAGAN con base en el promedio percibido en el último año; es decir, no son de cuantía previamente conocida. Fundamento: art. 289 LFT. Saludos | |
Tópico: Salario base con comisiones variables | |
Miriam Mensajes: 9 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 31, 2005 Asunto: Re: Salario base con comisiones variables |
Ojo con el aguinaldo y la prima vacacional; en los avisos bimestrales que se deben presentar por la parte variable, esas prestaciones únicamente afectarán el bimestre posterior a aquél en que efectivamente se pagaron. Saludos | |
Tópico: ¿DEDUCIBLES LOS GASTOS DE GASOLINA EN CONTRATO DE COMODATO? | |
Miriam Mensajes: 1 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 31, 2005 Asunto: Re: ¿DEDUCIBLES LOS GASTOS DE GASOLINA EN CONTRATO DE COMODA |
Sí son deducibles; para mayor seguridad, en el propio contrato de comodato, establece la obligación, para el comodante, de pagar todos los gastos relacionados con el vehículo. Saludos | |
Tópico: FACTURA DE ACTIVO ENDOSADA...DEDUCIBLE? | |
Miriam Mensajes: 26 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 31, 2005 Asunto: Re: FACTURA DE ACTIVO ENDOSADA...DEDUCIBLE? |
Con gusto. DOCUMENTACIÓN QUE AMPARA LA ENAJENACIÓN DE AUTOMÓVILES Y CAMIONES USADOS.- REQUISITOS PARA SU DEDUCIBILIDAD.- Conforme al artículo 24, fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta, las deducciones autorizadas deberán reunir entre otros requisitos, que la documentación señale la identidad y domicilio de quien las expida, así como de quien adquirió el bien de que se trate o recibió el servicio; sin embargo, conforme al artículo 9 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en la enajenación de bienes muebles usados, no se paga el referido impuesto, y al no trasladarse, no se expide documentación con los requisitos exigidos por el artículo 24, fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta. No obstante lo anterior, en los casos de enajenación de automóviles y camiones usados, adquiridos de personas físicas, para que el comprador pueda deducir la adquisición, deberá reunir los requisitos regulados en el artículo 20 del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, los cuales consisten en: I.- Efectuar el pago correspondiente mediante cheque nominativo y II.- Conservar copia de la factura y demás documentos en los que conste el nombre y en su caso, el Registro Federal de Contribuyentes del enajenante, la marca, tipo, año, modelo, el número de motor y el de serie de la carrocería, del vehículo, requisitos éstos, sin los cuales no se podrá llevar a cabo la deducción referida. Juicio No. 1248/02-04-01-4.- Resuelto por la Sala Regional del Norte Centro I del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 8 de agosto de 2003, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: Pablo Chávez Olguín.- Secretaria: Lic. Afrodita María de Jesús Perales Torres. Saludos | |
Tópico: FACTURA DE ACTIVO ENDOSADA...DEDUCIBLE? | |
Miriam Mensajes: 26 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 30, 2005 Asunto: Re: FACTURA DE ACTIVO ENDOSADA...DEDUCIBLE? |
Échenle un vistazo a la tesis aislada V-TASR-XXIX-941 del TFJFA, en la Revista No. 36 de diciembre de 2003; el rubro es el siguiente: "DOCUMENTACIÓN QUE AMPARA LA ENAJENACIÓN DE AUTOMÓVILES Y CAMIONES USADOS.- REQUISITOS PARA SU DEDUCIBILIDAD.-" Saludos | |
Tópico: Vales de Gasolina | |
Miriam Mensajes: 9 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 30, 2005 Asunto: Re: Vales de Gasolina |
¿Y a poco muchísimos contribuyentes no hacen lo mismo con el consumo de gasolina de los autos de la familia? Saludos | |
Tópico: PAGA IMPTOS X REMANENTE DIST. | |
Miriam Mensajes: 22 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2005 Asunto: Re: PAGA IMPTOS X REMANENTE DIST. |
Para este año, les debes retener el 30% sobre la cantidad que le corresponda a cada miembro. Saludos | |
Tópico: IVA en franja fronteriza | |
Miriam Mensajes: 9 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2005 Asunto: Re: IVA en franja fronteriza |
¿Dónde se efectúa la entrega del bien? Saludos | |
Tópico: SEPTIMO DIA | |
Miriam Mensajes: 14 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2005 Asunto: Re: SEPTIMO DIA |
En el art. 62, fracc. II, del RACERF, menciona la parte proporcional del séptimo día. Saludos |