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Tópico: Pago refernciado: P.Fisica
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 11, 2011 12:17:31 Asunto: Re: Pago refernciado: P.Fisica
AQUI TIENE [url]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/e_sat/oficina_virtual/108_15130.html[/url] [i]Editado: Mayo 11, 2011 12:37:52[/i]
Tópico: Solicitud de devolución de impts. Por internet
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 10, 2011 09:26:55 Asunto: Re: Solicitud de devolución de impts. Por internet
[b]solo tienes q encripar los archivos en zip. salu2[/b]
Tópico: CFD EN 2011
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 09, 2011 14:53:46 Asunto: Re: CFD EN 2011
es complicado el caso, tecnicamente el SAT tiene razon podria , realizar su consulta en la opcion de MI PORTAL, o mediante escrito al SAT, esto con la finalidad de conocer la postura juridica de su departamento de auditoria , y no quede en solo palabras SALU2
Tópico: OBTENER CIECF POR INTERNET
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 09, 2011 11:09:40 Asunto: Re: OBTENER CIECF POR INTERNET
[b]Tendria q volver a generarla, yo tengo un caso de una CIEF que solo sirve para MI PORTAL y para las demas aplicaciones no, en consulta SAT piden volver a generarla SALU2[/b]
Tópico: Nomina pagada en efectivo...es DEDUCIBLE
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 05, 2011 14:23:11 Asunto: Re: Nomina pagada en efectivo...es DEDUCIBLE
[quote]VENTAS NO REPORTADAS[/quote] [b]PUES ESO YA ES OTRA COSA,[/b]
Tópico: Nomina pagada en efectivo...es DEDUCIBLE
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 05, 2011 14:20:52 Asunto: Re: Nomina pagada en efectivo...es DEDUCIBLE
[quote]Según yó ese es mi criterio[/quote] [b]MMM Q MAS EXPLICACION QUE LA Q TE DIO CP. PACO, Y APARTE ESTA EL MISMO ART 31 FRACC V Los pagos que a la vez sean ingresos en los términos del Capítulo I del Título IV, de esta Ley, se podrán deducir siempre que se cumpla con las obligaciones a que se refiere el artículo 118, fracciones I, II y VI de la misma, así como las disposiciones que, en su caso, regulen el subsidio para el empleo y los contribuyentes [color=red]cumplan con la obligación de inscribir a los trabajadores en el Instituto Mexicano del Seguro Social [/color]cuando estén obligados a ello, en los términos de las leyes de seguridad social[/b].
Tópico: Nomina pagada en efectivo...es DEDUCIBLE
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 05, 2011 13:58:30 Asunto: Re: Nomina pagada en efectivo...es DEDUCIBLE
[b]QUE ONDA CON ESAS NOMINAS CON EL IMSS...SAR..INFONAVITA [/b] [b]por q no serian deducibles? en cuanto a CUOTAS OBRERO-PATRONALES. fueron a cargo del patro , y tambien serian deducibles. creo q le faltaron datos, ¿ estan dados de alta esos trabajadores al IMSS? SALU2[/b]
Tópico: INVITACION DEL SAT SOBRE INCONSISTENCIAS SOBRE INGRESOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 05, 2011 13:48:50 Asunto: Re: INVITACION DEL SAT SOBRE INCONSISTENCIAS SOBRE INGRESOS
[quote]QUE HAY UNA FRASE QUE DICE QUE SEGUN LAS FACULTADES DELAS AUTORIDADES PRESCRIBE CUANDO SE PRESENTO O DEBIO HABER PRESENTADO LA DECLARACION[/quote] [b]vaya, no sera el art 67 CFF Las facultades de las autoridades fiscales para determinar las contribuciones o aprovechamientos omitidos y sus accesorios, así como para imponer sanciones por infracciones a las disposiciones fiscales, se extinguen en el plazo de [color=red]cinco años contados a partir del día siguiente a aquél en que[/color]............................:[/b] [b]PD BANDIDO la declaracion 2006 se presento en 2007 y 2008 cuenta como primer año para el computo del plazo salu2[/b]
Tópico: Devoluciones de Ide para no dictaminados...
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 04, 2011 11:12:37 Asunto: Re: Devoluciones de Ide para no dictaminados...
[b]Vaya tal nivel de asesoria ya debe incurrir en honorarios DEC FAC ADM ARTÍCULO CUARTO.- Los contribuyentes que de conformidad con lo establecido en el artículo 8, cuarto párrafo de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, soliciten la devolución de la diferencia de dicho impuesto que resulte después de aplicar los procedimientos de acreditamiento y compensación a que se refieren los tres primeros párrafos del mencionado artículo, podrán optar [color=red]por no presentar el dictamen [/color]a que se refiere el cuarto párrafo del artículo citado, siempre que presenten la información en los plazos y medios que, mediante reglas de carácter general, establezca el Servicio de Administración Tributaria. Y aqui tiene los requisitos[/b] [url]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/tramites_fiscales/registro_t/101_11636.html[/url]
Tópico: Acreditamiento por Sueldos y Salarios en IETU Mensual
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 04, 2011 08:28:06 Asunto: Re: Acreditamiento por Sueldos y Salarios en IETU Mensual
[b]en la declaracion anual , hay creditos que se actualizan con diferentes INPC que en pagos provisionales, ( y aparte ya cuentas con un ISR del periodo por acreditar diferente) no siempre te dara lo mismo que en los listados[/b] [b]PD esa fue tu conclusion? y que paso, ¿ acumulas sueldos o no?[/b] [i]Editado: Mayo 04, 2011 11:02:57[/i]

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