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Tópico: FELICIDADES CONTADORES!!!!
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 25, 2010 10:32:50 Asunto: Re: FELICIDADES CONTADORES!!!!
BUENO, PUES FELICIDADES A TODOS LOS CONTADORES AUNQUE SOLO NOS FELICITEMOS ENTRE NOSOTROS MISMOS, PERO SIN DUDA QUE SON DIAS PARA RECORDAR A AQUELLOS PROFESORES QUE SE EMPEÑARON EN MOSTRARNOS LA ETICA Y EL PROFESIONALISMO [b][color=blue]' ARRIBA Y ADELANTE'[/color][/b] [i]Editado: Mayo 25, 2010 10:33:55[/i]
Tópico: Deducible del seguro por siniestro de auto es deducible para isr e ietu???
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 25, 2010 09:29:26 Asunto: Re: Deducible del seguro por siniestro de auto es deducible para isr e ietu???
pues supones muchas cosas, y entra de muchas maneras como deducible te expongo una el bien asegurado era deducible???' extrictamente indispensable??? si, si no lo pagas no te reembolsan el seguro, y se necesita de ese ingreso para solventar las operaciones, o adquirir otro bien que permita la realizacion de las mismas. saludos
Tópico: Deducible del seguro por siniestro de auto es deducible para isr e ietu???
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 24, 2010 15:07:17 Asunto: Re: Deducible del seguro por siniestro de auto es deducible para isr e ietu???
te dieron el comprobante?' saludos
Tópico: Vigencia de la factura
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 24, 2010 12:26:27 Asunto: Re: Vigencia de la factura
buenos dias compañero [primer dia del mes que [b][color=navy]se imprima en el comprobante[/color][/b] entiendo que no se refiere al primer dia del mes en que se expidieron si no a cualquier dia del mes en que se expidieron ( puede ser 12,15 etc ) , ese se tomara como primero por que es el inicial de los comprobantes entonces conforme a regla , solo se tomaria el mes y el año, lo que nos daria el plazo maximo al ultimo dia de ese mes dos años despues si no cual seria el beneficio de la citada regla saludos [i]Editado: Mayo 24, 2010 12:30:12[/i]
Tópico: Intereses Pagados por SOFOM E.N.R. ¿IETU?
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 24, 2010 11:35:04 Asunto: Re: Intereses Pagados por SOFOM E.N.R. ¿IETU?
buenos dias, me podrias decir de que son exactamente los intereses que pagas en gastos? y por que no deduces los gastos que generan esos intereses? saludos
Tópico: Vigencia de la factura
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 24, 2010 11:29:12 Asunto: Re: Vigencia de la factura
hola compañero lobo 2.10.16.Para los efectos del artículo 29-A, fracción Vlll y antepenúltimo párrafo del CFF, se estará a lo siguiente: I.Se podrá optar por considerar únicamente el mes y año, como fecha de impresión -sin incluir el día- en el entendido de que [b][color=red]el plazo de vigencia se calculará a partir del primer día del mes que se imprima en el comprobante. [/color][/b] quisiera entender con esto , que el comprobante tiene fecha digamos del 10- de mayo 2008 al 10 de mayo 2010, peroo el primer dia que se plasmo en el primer comprobante utilizado fue el 14 de junio 2008 ?entonces la vigencia seria hasta el 14 de junio 2010? o como comenta el compañero lobo ¿seria el 31 de mayo 2010? gracias chavalon, resulto interesante el topico saludos [i]Editado: Mayo 24, 2010 11:30:57[/i]
Tópico: Sociedad Civil y cargas fiscales
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 24, 2010 09:47:10 Asunto: Re: Sociedad Civil y cargas fiscales
Que tal, buenos dias en realidad tu pregunta ya causa honorarios, lo que puedes hacer es buscar en que fracc. entraria del art 95 LISR y el 93 art 4 LIETU Para IVA no veo manera de exentarlo, depende tambien en que % presta servicios a terceros por ultimo pueden entrar en la aplicacion del SAT para llenar el cuestionario y poder ver al final que obligaciones te marca SALUDOS AHHH, POR ULTIMO, como es tu primer msj favor de ultizar el buscador. esa tecnica del minimo esfuerzo ya no se aplica
Tópico: Vigencia de la factura
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 24, 2010 08:56:50 Asunto: Re: Vigencia de la factura
Buenos dias ok, art 29-a CFF Vigencia de los comprobantes impresos [2] Los comprobantes autorizados por el Servicio de Administración Tributaria deberán ser utilizados por el contribuyente, [b][color=red]en un plazo máximo de dos años[/color][/b], [b][color=red]dicho plazo podrá prorrogarse cuando se cubran los requisitos que al efecto señale la autoridad fiscal de acuerdo a reglas de carácter general que al efecto se expidan[/color][/b]. La fecha de vigencia deberá aparecer impresa en cada comprobante. Transcurrido dicho plazo se considerará que el comprobante quedará sin efectos para las deducciones o acreditamientos previstos en las Leyes fiscales. Reformado DOF 7 Diciembre 2009 Entrará en vigor el 1 de Enero 2011. Vigencia de los comprobantes impresos [2] Los dispositivos de seguridad referidos en la fracción VIII de este artículo que no hubieran sido utilizados por el contribuyente en un plazo de dos años contados a partir de la fecha en que se hubieran adquirido, deberán destruirse y los contribuyentes deberán dar aviso de ello al Servicio de Administración Tributaria, en los términos que éste establezca mediante reglas de carácter general. OK compañero, quizas algun otro compañero pueda opinar en que caso aplica la ampliacion de vigencia, y cuales son los requisitos que establece el SAT pero salvo esa excepción, serian 2 años, cumplidos saludos
Tópico: Factura de Compra
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 24, 2010 08:12:12 Asunto: Re: Factura de Compra
buenos dias por olvido??? querrar decir q no provisiono la compra , pero fue pagada en 2010??? por el importe tan pequeño podria tomarse como no deducible, sin embargo el la venta si seria acumulable. como comenta el contador anterior, en contabilidad no hay nada que no se pueda solucionar, se presentan correcciones, complementarias, etc saludos
Tópico: Ide retenido menor al dictamen
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 21, 2010 11:43:46 Asunto: Re: Ide retenido menor al dictamen
Pueden ser varios supuestos si buscas la regla .1.11.14 y 1.11.21 tambien 1.11.17, 1.11.18, 1.11.24 es pasa los bancos pero por acciones de los contribuyentes comenta saludos

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