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Tópico: COEFICIENTE DE UTLIDAD DESPUÉS DE 5 AÑOS
oziel

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 25, 2021 13:08:41 Asunto: COEFICIENTE DE UTLIDAD DESPUÉS DE 5 AÑOS
Buenas tardes, recurro al foro nuevamente para exponer lo siguiente Me queda la duda con respecto al Art 14 de la LISR que refiere al coeficiente de utilidad que dice: [i]'Cuando en el último ejercicio de doce meses no resulte coeficiente de utilidad conforme a lo dispuesto en esta fracción, se aplicará el correspondiente al último ejercicio de doce meses por el que se tenga dicho coeficiente, [b]sin que ese ejercicio sea anterior en más de cinco años a aquél por el que se deban efectuar los pagos provisionales.[/b] '[/i] Por ejemplo Si una empresa inicio sus actividades en 2014 ¿genera coeficiente? OBLIGADO A PP´s AÑO 2014 inicia NO NO 2015 SI SI 2016 NO SI 1 2017 NO SI 2 2018 NO SI 3 2019 NO SI 4 2020 NO SI 5 2021 NO ¿NO? Aquí es donde me queda la duda si a partir del 2021 ya no estoy obligado a efectuar pagos provisionales puesto que ya pasaron los 5 años que señala el referido artículo Agradecería sus comentarios al respecto y lo que puedan adicionar
Tópico: IVA PENDIENTE DE ACREEDITAR ¿AL AJUSTE POR INLFACIÓN?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 03, 2021 09:28:57 Asunto: IVA PENDIENTE DE ACREEDITAR ¿AL AJUSTE POR INLFACIÓN?
Buenas tardes colegas, recurro al foro para exponer lo siguiente Me queda la duda en cuanto al IVA pendiente de acreditar por retenciones de IVA por honorarios y arrendamiento, ya que la Ley señala que para que este IVA sea acreditable debe ser pagado, entonces este sería un IVA pendiente de acreditar y no se si considerarlo como un crédito Agradecería sus comentarios al respecto .
Tópico: DIFERENCIA ENTRE SUELDO Y SALARIO
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Marzo 02, 2021 12:19:46 Asunto: DIFERENCIA ENTRE SUELDO Y SALARIO
Buenas tardes, recurro al foro nuevamente para exponer lo siguiente Desde hace un tiempo tengo dudas al usar estos conceptos ya que he visto que se utilizan indistinta como diferenciadamente , por lo que pido por favor compartan sus opiniones Gracias
Tópico: DEJO DE PAGAR SUS PARCIALIDADES ¿NOTIFICACIÓN DEL SAT?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 09, 2021 09:10:06 Asunto: DEJO DE PAGAR SUS PARCIALIDADES ¿NOTIFICACIÓN DEL SAT?
Buenos días, recurro al foro nuevamente para exponer una duda Una persona física opto por pagar su ISR de la declaración anual del 2019 en parcialidades, solo pago las primeras y las últimas 'se le olvido' Al revisar su opinión de cumplimiento y adeudos fiscales obvio aparece ya señalado el crédito, mi duda es la siguiente,: 1.- ¿No debió haber notificación o requerimiento del SAT por Buzón Tributario ? ¿o en el caso de parcialidades no aplica ? 2.-El SAT requiere el pago total no considera los pagos de la primeras parcialidades ¿es correcto? Agradezco sus aportes al respecto
Tópico: Cancelación de CFDI de nómina ¿se debe relacionar?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 07, 2020 11:36:48 Asunto: Cancelación de CFDI de nómina ¿se debe relacionar?
Buenas tardes al foro, expongo lo siguiente Voy a cancelar varios recibos de nómina que contienen errores y obvio a hacer nuevos ya con datos correctos. Mi duda es la siguiente ¿en los nuevos recibos de nómina debo relacionar el UUID que previamente se cancelaron? Checando la guía de complemento de pagos dice 'se puede expesar la información de cfdi que sustituya' pero la nómina no es propiamente una CFDI al que se le incorpore este complemento, agradecería sus comentarios
Tópico: PENSIÓN IMSS PRIMER PAGO
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 19, 2020 20:02:12 Asunto: Re: PENSIÓN IMSS PRIMER PAGO
Pero en este caso ¿qué tipo de pensión se trata? Jubilación, Viudez, Riesgo Cada tipo de pensión tiene sus tiempos y montos Estamos en contacto
Tópico: Código Agrupador para retención IVA 6%
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 19, 2020 19:53:30 Asunto: Código Agrupador para retención IVA 6%
Buenas tardes al foro, recurro a ustedes para exponer lo siguiente Tenemos una duda al efectuar el registro contable de la retención de IVA al 6% al momento de asignar el código agrupador del SAT para contabilidad electrónica, según mi punto de vista iría en la 216 de IMPUESTOS RETENIDOS, agradecería sus comentarios y opiniones al respecto.
Tópico: Uso de CFDI
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 21, 2020 08:37:42 Asunto: Re: Uso de CFDI
Concuerdo con el compañero Nicolás el cliente puede pedir el CFDI y poner el concepto que guste, tu obligación es emitirlo, ya sería problema de el si lo considera como deducción personal, el Artículo 151 de ISR te señala cuales son las deducciones personales, más aparte las colegiaturas particulares que también puedes deducir Saludos
Tópico: Reforma fiscal - depositos de 5 mil pesos se deben declarar
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 21, 2020 08:33:42 Asunto: Re: Reforma fiscal - depositos de 5 mil pesos se deben declarar
Buen día Mientras no se publique mediante Decreto en el Diario Oficial de la Federación o Periódico Oficial del Estado, no pueden exigirte nada, todo queda en 'intención de la autoridad' aún así los bancos reportan todos los movimientos en efectivo al SAT esto no es nuevo. Saludos
Tópico: Aplicación 'MI CONTABILIDAD 2020'
oziel

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 20, 2020 15:49:44 Asunto: Aplicación 'MI CONTABILIDAD 2020'
Amables foristas recurro a ustedes nuevamente para exponer lo siguiente hasta el año pasado la regla 2.8.1.24 de la RM hacía mención a que las personas físicas que tributaban como Actividad Empresarial y Profesional siempre que sus ingresos no excedan de 4 millones y usen la aplicación de 'MI CONTABILIDAD' quedarán exceptuados de enviar contabilidad electrónica y presentar la DIOT Bien para 2020 la regla aparte de cambiar de numeración cambia y cita : Facilidades para los contribuyentes personas físicas 2.8.1.21. Las personas físicas que tributen conforme a la Sección I, Capítulo II y Capítulo III del Título IV de la Ley de ISR, cuyos ingresos totales del ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de 4 millones de pesos o que inicien actividades en el ejercicio y estimen que sus ingresos obtenidos en el mismo no excederán de la cantidad señalada, quedarán relevados de cumplir con las siguientes obligaciones: I. Enviar la contabilidad electrónica e ingresar de forma mensual su información contable en términos de lo señalado en el artículo 28 del CFF. II. Presentar la Información de Operaciones con Terceros (DIOT) a que se refiere el artículo 32, fracción VIII de la Ley del IVA. CFF 28, LIVA 32 RMF 2020 No hace mención la regla a la aplicación o concepto de 'MI CONTABILIDAD' o que deba emplearse para tener derecho a esta facilidad. Por otra parte en la opinión del cumplimiento, de cualquier forma señalan como pendiente de presentar la DIOT del periodo de que se trate, entiendo que se debe de presentar una aclaración o presentar la DIOT Agradecería sus comentarios al respecto.

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